R1809013TM
ModificatorioLección Principal
La falta de cumplimiento de un deber formal, como no llevar registros de inventario, debe ser sancionada únicamente con la multa que la ley establece para esa infracción específica. La Administración Tributaria no puede, sin una base legal expresa, imponer una consecuencia más grave como el rechazo total de una deducción (costo de venta), pues ello vulnera los principios de reserva de ley y legalidad.
Resumen del Caso
El contribuyente apeló una resolución de la DGII que determinó impuesto sobre la renta y multas, principalmente por objetar el 100% del costo de venta debido a la falta de registros de inventario y por una ganancia de capital no declarada. El Tribunal revocó la objeción al costo de venta por violar el principio de reserva de ley, pero confirmó la determinación por la ganancia de capital y las multas por incumplimientos formales, modificando así los montos a pagar.
Montos en Disputa
$20,841.01
Impuesto
$18,762.09
Multa
$39,603.1
Total
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