R1705029TM

Confirmatorio
Renta Tasación/Multa Notificada: 8 de noviembre de 2019

Lección Principal

Para aplicar regímenes especiales de gastos como el del Art. 127 LISR, es indispensable declarar y documentar ingresos de fuente extranjera. Además, todos los costos y gastos, especialmente los intercompañía, deben estar respaldados por documentación individual y fehaciente (facturas, contratos, etc.), ya que las notas de débito o resúmenes internos son insuficientes para probar su deducibilidad fiscal.

Resumen del Caso

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un pago de Impuesto sobre la Renta y una multa a una sucursal de aerolínea extranjera. Se rechazó la aplicación del método de prorrateo de gastos del Art. 127 LISR porque la empresa solo declaró rentas de fuente salvadoreña, y se objetaron más de $21 millones en gastos por falta de documentación de soporte idónea, al estar respaldados únicamente por una nota de débito de su casa matriz.

Montos en Disputa

$2,609,087.65

Impuesto

$652,271.91

Multa

$3,261,359.56

Total

$ 566,359.66

Crédito Objetado

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