R1705051TM
ConfirmatorioLección Principal
Para efectos fiscales, la transferencia de propiedad de un bien inmueble mediante donación se materializa en la fecha de la escritura pública, no en la fecha de acuerdos internos o registros contables. Omitir la declaración de una donación como renta gravada, cuando no aplica ninguna exención, resulta en la determinación de impuestos y multas por evasión.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la determinación de Impuesto sobre la Renta y la multa impuesta a una contribuyente que no declaró como ingreso la donación de un inmueble recibido de una sociedad en 2013. La contribuyente argumentó que la donación ocurrió en 2003 basándose en un acta de accionistas, pero el Tribunal estableció que el hecho generador se perfeccionó con la escritura pública en 2013, por lo que la fiscalización de la DGII fue procedente y dentro del plazo legal.
Montos en Disputa
$40,777.16
Impuesto
$20,388.58
Multa
$61,165.74
Total
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