C1902007M
ConfirmatorioLección Principal
El cumplimiento de cada obligación tributaria formal debe realizarse a través de los formularios y medios específicos que la ley y la Administración Tributaria establecen. Incluir información en una declaración diferente (como la de Renta) no sustituye la obligación de presentar el informe correspondiente (como el de inventarios F-983), y los beneficios de leyes de amnistía están estrictamente limitados a los plazos y condiciones que estas establecen.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la multa impuesta a un contribuyente por no presentar el informe de inventario (Formulario F-983) en el plazo legal. El contribuyente argumentó haber cumplido al incluir la información en su declaración de Renta y solicitó ampararse en una ley de amnistía, pero el Tribunal determinó que son obligaciones distintas y que el cumplimiento se realizó fuera de la vigencia de la ley transitoria, la cual además no aplicaba para este tipo de obligación formal.
Montos en Disputa
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Multa
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Total
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