R1803004TM
ConfirmatorioLección Principal
Para que un costo o gasto sea deducible del Impuesto sobre la Renta, debe estar expresamente permitido por la Ley de Impuesto sobre la Renta. El hecho de que una provisión o reserva sea obligatoria según normativas contables o leyes sectoriales (como las de seguros) no garantiza su deducibilidad fiscal, especialmente si existe una prohibición específica en la ley tributaria.
Resumen del Caso
El contribuyente, una compañía de seguros, dedujo de su Impuesto sobre la Renta el incremento de sus reservas técnicas para siniestros no reportados y de previsión, argumentando que son obligatorias por ley. La DGII objetó la deducción, determinó un impuesto complementario y una multa, basándose en que dichas reservas son estimaciones y su deducción está prohibida por el Art. 29-A num. 22 de la Ley de Impuesto sobre la Renta. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión de la DGII, estableciendo que la obligatoriedad de una reserva bajo una ley sectorial no la convierte en deducible si la ley tributaria no lo permite expresamente.
Montos en Disputa
$26,357.93
Impuesto
$6,589.48
Multa
$32,947.41
Total
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