2011
213 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Aduana | Otros | Código Tributario | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $3,492,607 Renta - Ene
Monto:
$3,492,607
% del total general:
8.36%
| $137,940 IVA - Ene
Monto:
$137,940
% del total general:
0.33%
| $106,051 Aduana - Ene
Monto:
$106,051
% del total general:
0.25%
| - | - | $3,736,599 |
| Feb | $2,008,693 Renta - Feb
Monto:
$2,008,693
% del total general:
4.81%
| $1,956,775 IVA - Feb
Monto:
$1,956,775
% del total general:
4.68%
| $233,424 Aduana - Feb
Monto:
$233,424
% del total general:
0.56%
| $2,396,247 Otros - Feb
Monto:
$2,396,247
% del total general:
5.73%
| - | $6,595,139 |
| Mar | $1,947,773 Renta - Mar
Monto:
$1,947,773
% del total general:
4.66%
| $1,326 IVA - Mar
Monto:
$1,326
% del total general:
0.00%
| $69,016 Aduana - Mar
Monto:
$69,016
% del total general:
0.17%
| $626,553 Otros - Mar
Monto:
$626,553
% del total general:
1.50%
| - | $2,644,669 |
| Abr | $1,518,083 Renta - Abr
Monto:
$1,518,083
% del total general:
3.63%
| $874,017 IVA - Abr
Monto:
$874,017
% del total general:
2.09%
| $1,486,131 Aduana - Abr
Monto:
$1,486,131
% del total general:
3.56%
| - | - | $3,878,232 |
| May | - | $67,206 IVA - May
Monto:
$67,206
% del total general:
0.16%
| $621,205 Aduana - May
Monto:
$621,205
% del total general:
1.49%
| - | - | $688,411 |
| Jun | $6,232,172 Renta - Jun
Monto:
$6,232,172
% del total general:
14.91%
| $976,950 IVA - Jun
Monto:
$976,950
% del total general:
2.34%
| $495,255 Aduana - Jun
Monto:
$495,255
% del total general:
1.19%
| - | - | $7,704,377 |
| Jul | $3,690,977 Renta - Jul
Monto:
$3,690,977
% del total general:
8.83%
| $325,934 IVA - Jul
Monto:
$325,934
% del total general:
0.78%
| $27,894 Aduana - Jul
Monto:
$27,894
% del total general:
0.07%
| - | - | $4,044,805 |
| Ago | $33,553 Renta - Ago
Monto:
$33,553
% del total general:
0.08%
| $56,048 IVA - Ago
Monto:
$56,048
% del total general:
0.13%
| $3,421,033 Aduana - Ago
Monto:
$3,421,033
% del total general:
8.19%
| - | $3,989 Código Tributario - Ago
Monto:
$3,989
% del total general:
0.01%
| $3,514,623 |
| Sep | $2,174,528 Renta - Sep
Monto:
$2,174,528
% del total general:
5.20%
| $252,159 IVA - Sep
Monto:
$252,159
% del total general:
0.60%
| $32,513 Aduana - Sep
Monto:
$32,513
% del total general:
0.08%
| $24,196 Otros - Sep
Monto:
$24,196
% del total general:
0.06%
| - | $2,483,396 |
| Oct | $670,293 Renta - Oct
Monto:
$670,293
% del total general:
1.60%
| $437,735 IVA - Oct
Monto:
$437,735
% del total general:
1.05%
| $617,819 Aduana - Oct
Monto:
$617,819
% del total general:
1.48%
| $3,477,151 Otros - Oct
Monto:
$3,477,151
% del total general:
8.32%
| - | $5,202,998 |
| Nov | $18,255 Renta - Nov
Monto:
$18,255
% del total general:
0.04%
| $318,685 IVA - Nov
Monto:
$318,685
% del total general:
0.76%
| $392,631 Aduana - Nov
Monto:
$392,631
% del total general:
0.94%
| - | $14,241 Código Tributario - Nov
Monto:
$14,241
% del total general:
0.03%
| $743,813 |
| Dic | $52 Renta - Dic
Monto:
$52
% del total general:
0.00%
| $495,267 IVA - Dic
Monto:
$495,267
% del total general:
1.19%
| - | $56,100 Otros - Dic
Monto:
$56,100
% del total general:
0.13%
| - | $551,419 |
| Total | $21,786,988 | $5,900,042 | $7,502,972 | $6,580,247 | $18,230 | $41,788,479 |
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El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta a pagar y una multa por evasión intencional a una sociedad. Los reparos confirmados incluyen la omisión de ingresos por ganancia de capital en la venta de acciones, y el rechazo de deducciones por obsolescencia de inventario, cuentas incobrables, y otros gastos de operación, debido a que dichos ajustes se basaron en hojas de trabajo extracontables y no estaban debidamente documentados ni registrados en la contabilidad formal.
Lección: Para que los costos y gastos sean fiscalmente deducibles, no basta con que existan financieramente; deben cumplir estrictamente con los requisitos de la ley tributaria: ser necesarios para generar la renta, estar debidamente documentados y, crucialmente, estar registrados en la contabilidad formal del ejercicio. Las normas contables no prevalecen sobre la ley fiscal, y los ajustes extracontables en hojas de trabajo no sustituyen el registro contable ni la documentación de soporte exigida.
El Tribunal confirma una multa impuesta a una contribuyente por no emitir y entregar una factura a un agente fedatario al momento de una compra. La contribuyente argumentó que facturó la venta posteriormente junto con otra para ahorrar costos, pero el Tribunal determinó que la ley exige emitir un documento por cada operación individual en el momento en que esta ocurre, por lo que la infracción formal se configuró.
Lección: Es una obligación legal ineludible emitir y entregar una factura o documento equivalente por cada operación de venta individual, en el preciso momento en que se realiza. Consolidar varias ventas en un solo documento o emitirlo con posterioridad, incluso si se declara y paga el impuesto correspondiente, constituye una infracción sancionable.
El Tribunal confirma una resolución de la DGII contra una empresa de combustibles, validando la objeción a una parte del costo de venta y a gastos de operación. Se determinó que el contribuyente usó incorrectamente facturas de una empresa relacionada para inflar el costo de importación en lugar de los documentos aduaneros, y dedujo indebidamente el alquiler de vivienda de su gerente, al no ser un gasto necesario para generar renta.
Lección: El costo de los bienes importados debe documentarse rigurosamente con la declaración de mercancías y la factura del proveedor original; los acuerdos de precios internos del grupo no pueden prevalecer sobre esta documentación para efectos fiscales. Además, los gastos personales de los ejecutivos, como la vivienda, no son deducibles, ya que la ley exige que el gasto incida directamente en la generación de ingresos para la empresa.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta costos por servicios de construcción y compra de materiales por $3.4 millones, debido a que el contribuyente no pudo demostrar la existencia efectiva (materialidad) de dichas operaciones. A pesar de presentar facturas y contratos, las investigaciones de la DGII revelaron que los proveedores eran ilocalizables y su existencia como empresas operativas era dudosa, lo que llevó a la confirmación del impuesto sobre la renta omitido por $861,096.06 y una multa por evasión no intencional de $215,274.01.
Lección: La simple posesión de documentos formales como facturas, contratos y registros contables no garantiza la deducibilidad de un costo. El contribuyente tiene la carga de probar la materialidad de la operación, es decir, que el servicio se prestó o el bien se entregó realmente. Es crucial mantener documentación de soporte que evidencie la ejecución (informes, controles de recepción, bitácoras, etc.) y realizar una debida diligencia sobre los proveedores para asegurar que son negocios legítimos y localizables.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó una omisión de ingresos por ganancia de capital en la venta de una maquinaria. El contribuyente no pudo probar que el precio de venta fue menor al registrado en la Declaración de Mercancías y, además, intentó deducir una pérdida de capital cuyo plazo legal de amortización ya había vencido, lo que justificó la multa por evasión intencional.
Lección: Es crucial que toda transacción, especialmente las modificaciones a acuerdos originales como una renegociación de precio, esté respaldada por documentación oficial y consistente. En el caso de exportaciones, es indispensable rectificar la Declaración de Mercancías para que refleje el valor final de la operación, ya que este documento tiene un alto valor probatorio para la administración tributaria.