2012
240 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Aduana | IVA | Código Tributario | Renta | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $1,001,700 Aduana - Ene
Monto:
$1,001,700
% del total general:
3.47%
| $932,823 IVA - Ene
Monto:
$932,823
% del total general:
3.23%
| $42,268 Código Tributario - Ene
Monto:
$42,268
% del total general:
0.15%
| - | - | $1,976,791 |
| Feb | $15,010 Aduana - Feb
Monto:
$15,010
% del total general:
0.05%
| $420,385 IVA - Feb
Monto:
$420,385
% del total general:
1.45%
| $5,502 Código Tributario - Feb
Monto:
$5,502
% del total general:
0.02%
| $104,139 Renta - Feb
Monto:
$104,139
% del total general:
0.36%
| - | $545,035 |
| Mar | $2,051,273 Aduana - Mar
Monto:
$2,051,273
% del total general:
7.10%
| $2,526,486 IVA - Mar
Monto:
$2,526,486
% del total general:
8.74%
| - | $1,082,177 Renta - Mar
Monto:
$1,082,177
% del total general:
3.74%
| - | $5,659,936 |
| Abr | $312,185 Aduana - Abr
Monto:
$312,185
% del total general:
1.08%
| $878,050 IVA - Abr
Monto:
$878,050
% del total general:
3.04%
| - | $421,018 Renta - Abr
Monto:
$421,018
% del total general:
1.46%
| - | $1,611,252 |
| May | $664,354 Aduana - May
Monto:
$664,354
% del total general:
2.30%
| $194,033 IVA - May
Monto:
$194,033
% del total general:
0.67%
| $9,785 Código Tributario - May
Monto:
$9,785
% del total general:
0.03%
| $4,740,276 Renta - May
Monto:
$4,740,276
% del total general:
16.40%
| - | $5,608,448 |
| Jun | $13,906 Aduana - Jun
Monto:
$13,906
% del total general:
0.05%
| $40,607 IVA - Jun
Monto:
$40,607
% del total general:
0.14%
| - | $1,464,713 Renta - Jun
Monto:
$1,464,713
% del total general:
5.07%
| - | $1,519,226 |
| Jul | $140,755 Aduana - Jul
Monto:
$140,755
% del total general:
0.49%
| $561,772 IVA - Jul
Monto:
$561,772
% del total general:
1.94%
| $2,766 Código Tributario - Jul
Monto:
$2,766
% del total general:
0.01%
| $3,410,425 Renta - Jul
Monto:
$3,410,425
% del total general:
11.80%
| - | $4,115,718 |
| Ago | $51,294 Aduana - Ago
Monto:
$51,294
% del total general:
0.18%
| $319,827 IVA - Ago
Monto:
$319,827
% del total general:
1.11%
| $9,624 Código Tributario - Ago
Monto:
$9,624
% del total general:
0.03%
| - | - | $380,745 |
| Sep | $405,818 Aduana - Sep
Monto:
$405,818
% del total general:
1.40%
| $778,144 IVA - Sep
Monto:
$778,144
% del total general:
2.69%
| - | $40,867 Renta - Sep
Monto:
$40,867
% del total general:
0.14%
| $68,292 Otros - Sep
Monto:
$68,292
% del total general:
0.24%
| $1,293,121 |
| Oct | $41,208 Aduana - Oct
Monto:
$41,208
% del total general:
0.14%
| $112,852 IVA - Oct
Monto:
$112,852
% del total general:
0.39%
| $12,409 Código Tributario - Oct
Monto:
$12,409
% del total general:
0.04%
| $113,166 Renta - Oct
Monto:
$113,166
% del total general:
0.39%
| - | $279,634 |
| Nov | $250,583 Aduana - Nov
Monto:
$250,583
% del total general:
0.87%
| $10,740 IVA - Nov
Monto:
$10,740
% del total general:
0.04%
| $102,032 Código Tributario - Nov
Monto:
$102,032
% del total general:
0.35%
| $3,498,521 Renta - Nov
Monto:
$3,498,521
% del total general:
12.10%
| - | $3,861,876 |
| Dic | $506,112 Aduana - Dic
Monto:
$506,112
% del total general:
1.75%
| $234,427 IVA - Dic
Monto:
$234,427
% del total general:
0.81%
| $116,915 Código Tributario - Dic
Monto:
$116,915
% del total general:
0.40%
| $1,193,608 Renta - Dic
Monto:
$1,193,608
% del total general:
4.13%
| - | $2,051,063 |
| Total | $5,454,196 | $7,010,147 | $301,301 | $16,068,910 | $68,292 | $28,902,846 |
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El contribuyente fue sancionado por la DGII con una multa de $9,623.90 por no presentar el informe de inventario (F-983). El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra dicha sanción, pero el TAIIA lo declaró inadmisible por haber sido presentado de forma extemporánea, es decir, después de vencido el plazo legal de quince días hábiles. En consecuencia, la resolución de la DGII quedó firme.
Lección: Es fundamental cumplir rigurosamente con los plazos procesales para la interposición de recursos. El plazo de 15 días hábiles para apelar ante el TAIIA es perentorio, y su incumplimiento resulta en la inadmisibilidad del recurso, perdiendo toda oportunidad de defensa en la vía administrativa y consolidando la validez del acto impugnado.
La DGII sancionó a un contribuyente persona natural por no emitir una factura durante una verificación con fedatario. El Tribunal revocó la multa al determinar que existía una duda razonable sobre quién era el verdadero responsable de la obligación, ya que las facturas presentadas como prueba (incluso la aceptada por la DGII para atenuar la sanción) fueron emitidas por una sociedad y no por la persona natural sancionada. El Tribunal aplicó el principio 'in dubio pro reo', al no poder establecer con certeza la culpabilidad del imputado.
Lección: Es crucial mantener la coherencia y exactitud en los registros tributarios. La persona o entidad que opera un negocio debe ser la misma que está registrada en el RUC y la que emite los documentos fiscales. Cualquier discrepancia, como facturar a nombre de una sociedad cuando el negocio está registrado a nombre de una persona natural, puede generar dudas que invaliden una sanción, pero también revela un desorden administrativo que debe ser corregido para evitar futuros problemas.
Un contribuyente apeló una resolución de la DGII que le determinó impuestos de IVA y le impuso múltiples multas por evasión intencional, omisión de declaraciones, errores en registros contables y no llevar control de inventarios. El Tribunal confirmó la mayor parte de la resolución de la DGII, argumentando que el contribuyente no presentó pruebas en la etapa administrativa. Sin embargo, el Tribunal revocó la multa por no llevar control de inventarios al determinar que la DGII utilizó una base de cálculo incorrecta.
Lección: Es fundamental y estratégico para la defensa del contribuyente presentar todos los argumentos y pruebas de descargo durante las etapas de audiencia y aportación de pruebas ante la Administración Tributaria (DGII). Omitir hacerlo impide que el Tribunal de Apelaciones pueda valorar dichas pruebas posteriormente, limitando drásticamente las posibilidades de éxito en la apelación.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto de IVA por $22,616.23 y una multa de $12,252.60. La objeción del impuesto se debió a que el contribuyente no pudo demostrar el registro contable detallado de sus compras ni presentó los comprobantes de crédito fiscal que respaldaran la deducción. La multa fue impuesta por no presentar el informe de retenciones de IVA (F-930).
Lección: Para asegurar la deducibilidad de los créditos fiscales de IVA, es crucial no solo conservar los Comprobantes de Crédito Fiscal originales, sino también garantizar que cada operación de compra esté registrada de forma individual y detallada en la contabilidad formal, incluyendo los libros auxiliares. La falta de un registro contable verificable anula el derecho al crédito fiscal, incluso si la operación se anotó en el Libro de Compras IVA.
El Tribunal confirma una multa impuesta a un contribuyente por no emitir y entregar una factura a un fedatario de la DGII al momento del pago de un servicio. El Tribunal rechaza los argumentos del contribuyente sobre vicios de procedimiento y la falta de responsabilidad de su empleado, estableciendo que la obligación de facturar es inmediata al pago y que el patrono es responsable por las infracciones de sus dependientes.
Lección: Es fundamental que los contribuyentes capaciten a todo su personal sobre la obligación de emitir y entregar la factura o documento equivalente inmediatamente al momento de recibir el pago. La responsabilidad por cualquier omisión recae directamente sobre el patrono, independientemente de las funciones específicas asignadas a cada empleado.