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2013

271 sentencias analizadas

DGII gana
74.4%
En disputa
$27,862,425
Filtrar por tipo de fallo:

Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$19,417,350
69.7% del total
Revocatorias
$2,843,673
10.2% del total
Modificatorias
$4,768,178
17.1% del total
Improponibles
0.0% del total
Otros
$833,224
3.0% del total

Tendencia Mensual

Ene
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Oct
Nov
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Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Renta IVA Código Tributario Aduana Otros Total Mes
Ene $6,176,150 $322,058 $12,371 - - $6,510,579
Feb - $378,565 $105,338 $28,194 $80,785 $592,882
Mar - $505,978 $68,069 $389,176 - $963,223
Abr $312,472 $2,112,971 $6,671 $77,589 $2,205,996 $4,715,700
May $339,816 $262,448 $808,231 $222,337 - $1,632,832
Jun $485,720 $365,430 $1,868 $258,211 - $1,111,229
Jul $1,646,443 $245,807 $37,495 $867,212 $54,847 $2,851,804
Ago $214,642 $188,043 $61,483 $1,330,180 $94,594 $1,888,942
Sep $181,551 $260,968 $17,859 $71,541 - $531,919
Oct $3,106 $521,240 $2,913 $3,616,244 - $4,143,504
Nov $891,099 $95,038 $3,121 $1,054,127 - $2,043,385
Dic $114,286 $335,807 - $426,332 - $876,425
Total $10,365,287 $5,594,352 $1,125,419 $8,341,145 $2,436,222 $27,862,425

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A1303009TM Confirmatoria Aduana 18 oct 2013

El contribuyente impugnó la reclasificación arancelaria de dos productos lácteos importados, realizada por la Dirección General de Aduanas, la cual generó impuestos adicionales y multas. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión de la aduana, basándose en análisis de laboratorio que demostraron que en un producto hubo 'adición' y no 'sustitución' de grasas, y en el otro, la presencia de un aditivo (carragenina) estaba permitida dentro del capítulo arancelario de lácteos.

Lección: La correcta clasificación arancelaria de alimentos procesados exige un análisis técnico detallado de su composición, diferenciando conceptos como 'adición' y 'sustitución' de ingredientes. Es fundamental consultar las Notas Explicativas de los capítulos arancelarios para verificar si los aditivos están permitidos, en lugar de asumir que su sola presencia cambia la naturaleza del producto.

$214
en disputa
1 arts. citados
A1208016T Confirmatoria Aduana 17 oct 2013

El Tribunal confirma la determinación de Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) e IVA a un importador de carne de Guatemala, debido a que su proveedor guatemalteco no respondió a un cuestionario de verificación de origen de la Aduana salvadoreña. La falta de respuesta del exportador llevó a la Aduana a declarar la mercancía como no originaria, eliminando el beneficio de exención arancelaria del tratado centroamericano.

Lección: El importador que se acoge a beneficios arancelarios por tratados de libre comercio asume el riesgo y la responsabilidad de que su proveedor extranjero colabore activamente en los procesos de verificación de origen. La falta de cooperación del exportador recae económicamente sobre el importador, quien deberá pagar los impuestos omitidos si el origen no puede ser comprobado a satisfacción de la autoridad aduanera.

$2,378,743
en disputa
5 arts. citados
R1208014TM Confirmatoria Renta 16 oct 2013

La Administración Tributaria objetó deducciones de Impuesto sobre la Renta a una sociedad por depreciación de activos no propios, seguros de salud y vehículos que solo beneficiaban a los accionistas, y honorarios sin documentación adecuada. El Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación de la DGII y la multa por evasión no intencional, al concluir que el contribuyente no logró demostrar que los gastos cumplían con los requisitos de propiedad, generalidad y formalidad documental exigidos por la ley.

Lección: Para que un gasto sea deducible, no basta con que esté registrado contablemente; es crucial que cumpla estrictamente con todos los requisitos legales: el bien debe ser propiedad de la empresa, las prestaciones sociales deben ser generalizadas para todos los trabajadores, y el gasto debe estar respaldado por documentación que cumpla todas las formalidades del Código Tributario. La carga de probar todo esto recae siempre en el contribuyente.

$3,106
en disputa
15 arts. citados
A1207017TM Modificatoria Aduana 16 oct 2013

Un contribuyente reimportó una escopeta reparada en España, pero su agente aduanal utilizó un sub-régimen incorrecto, omitiendo el pago de impuestos. La Aduana determinó el pago de DAI, IVA, un impuesto ad-valorem específico y una multa. El Tribunal confirmó el pago de DAI e IVA sobre el valor de la reparación, pero revocó el impuesto ad-valorem por no configurarse el hecho generador y la multa por una incorrecta tipificación de la infracción por parte de la autoridad.

Lección: Es crucial verificar que el agente aduanal utilice el régimen y sub-régimen aduanero correcto para cada operación, especialmente en casos no rutinarios como la reimportación con perfeccionamiento pasivo. Un error en la declaración puede generar la determinación de impuestos omitidos, y aunque un error de procedimiento de la autoridad pueda anular la multa, no exime del pago de los tributos correctamente calculados sobre el valor real de la operación.

$8,379
en disputa
3 arts. citados
A1209004TM Confirmatoria Aduana 14 oct 2013

Una empresa acogida al régimen de Zonas Francas importó repuestos para maquinaria, pero declaró una cantidad menor a la recibida físicamente. La autoridad aduanera detectó la discrepancia, determinó el IVA omitido sobre la mercancía no declarada y aplicó una multa. El Tribunal confirmó la decisión, argumentando que los beneficios fiscales del régimen solo aplican a las mercancías debidamente declaradas, y el error, aunque no intencional, constituyó una negligencia sancionable.

Lección: Las empresas beneficiarias de regímenes fiscales especiales, como el de Zonas Francas, deben asegurarse de declarar con total exactitud la totalidad de las mercancías importadas. Cualquier omisión o error en la declaración, incluso si es por negligencia o basado en una factura incorrecta del proveedor, anula los beneficios de exención para los bienes no declarados, sometiéndolos al pago de impuestos y sanciones correspondientes.

$166
en disputa
6 arts. citados
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