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2014

206 sentencias analizadas

DGII gana
68.4%
En disputa
$38,580,884
Filtrar por tipo de fallo:

Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$17,652,232
45.8% del total
Revocatorias
$13,831,652
35.9% del total
Modificatorias
$6,799,314
17.6% del total
Improponibles
$47,297
0.1% del total
Otros
$250,390
0.6% del total

Tendencia Mensual

Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sep
Oct
Nov
Dic
Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Renta IVA Aduana Código Tributario Otros Total Mes
Ene $372,111 $288,325 $67,639 $5,897 $326 $734,298
Feb $571,953 $644,213 $30,596 $3,127,230 - $4,373,992
Mar $1,435,481 $209,000 $181,887 $36,849 $326 $1,863,543
Abr $2,587,049 $1,575,607 $73,181 - $443 $4,236,280
May $1,132,515 - $123,110 $149,670 - $1,405,296
Jun $1,308,446 $667,094 $69,513 - $97,390 $2,142,443
Jul $7,765,063 - $767,342 - $2,300 $8,534,705
Ago $227,619 $47,297 $333,637 $794 $63,213 $672,559
Sep $2,837,163 $271,710 $67,480 $1,522 - $3,177,875
Oct $111,047 $386,455 $166,466 - - $663,967
Nov $7,405,520 $636,710 $372,784 - $19,187 $8,434,200
Dic $1,692,409 $206,502 $442,816 - - $2,341,726
Total $27,446,375 $4,932,911 $2,696,452 $3,321,962 $183,185 $38,580,884

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A1302027TM Revocatoria Aduana 9 abr 2014

El caso trata sobre una controversia de clasificación arancelaria del producto 'DAYAMINERAL JARABE'. La autoridad aduanera lo clasificó como complemento alimenticio (Capítulo 21), determinando impuestos y una multa, mientras que el contribuyente lo declaró como medicamento (Capítulo 30). El Tribunal de Apelaciones falló a favor del contribuyente, revocando la resolución de la aduana, al basarse en una opinión técnica del Ministerio de Salud que confirmaba que el producto es un medicamento para tratar la enfermedad de Avitaminosis.

Lección: Para productos en la frontera entre suplementos y medicamentos, la correcta clasificación arancelaria depende de su finalidad terapéutica o profiláctica. Es crucial contar con documentación de respaldo de la autoridad sanitaria competente (Ministerio de Salud) que certifique que el producto está destinado a prevenir o tratar una enfermedad específica, ya que este criterio prevalece sobre los análisis meramente aduaneros.

$1,229
en disputa
1 arts. citados
A1302015TM Revocatoria Aduana 7 abr 2014

El Tribunal revoca una resolución de la Dirección General de Aduanas que determinaba impuestos y multas por una supuesta incorrecta clasificación arancelaria de maltodextrina. La revocatoria se fundamenta en vicios de procedimiento, específicamente la falta de valoración de pruebas de descargo aportadas por el contribuyente y la denegación inmotivada de una diligencia probatoria, lo que vulneró el derecho de defensa del administrado.

Lección: La Administración Tributaria debe motivar adecuadamente sus resoluciones, valorando expresamente todas las pruebas presentadas por el contribuyente. La omisión de valorar pruebas pertinentes o la denegación de diligencias sin una justificación sólida puede invalidar el acto administrativo por vulneración al derecho de defensa, llevando a la revocatoria de los ajustes y sanciones.

$10,614
en disputa
C1302012M Confirmatoria Código Tributario 31 mar 2014

El Tribunal confirma la multa impuesta a un auditor fiscal por incumplir con la ejecución técnica de su trabajo, según el artículo 135 literal b) del Código Tributario. El auditor no documentó adecuadamente en sus papeles de trabajo los procedimientos para verificar las obligaciones de su cliente en materia de inventarios y la deducibilidad de costos y gastos, presentando únicamente cédulas sumarias insuficientes. La falta de evidencia probatoria que respaldara las afirmaciones de su informe fiscal fue la causa principal de la sanción.

Lección: El trabajo del auditor fiscal debe estar meticulosamente documentado en los papeles de trabajo. No basta con afirmar que se realizaron verificaciones; es imperativo dejar constancia detallada de los procedimientos aplicados, las muestras seleccionadas y la evidencia revisada, ya que la Administración Tributaria y el Tribunal consideran que sin este respaldo documental, la opinión del auditor carece de validez y constituye un incumplimiento sancionable.

$830
en disputa
20 arts. citados
I1301016T Confirmatoria IVA 31 mar 2014

El contribuyente vendió vehículos importados a transportistas locales mediante el endoso de los documentos de importación mientras los bienes estaban en un depósito aduanero, declarando la operación como exenta de IVA. También declaró como exportación los servicios de garantía pagados por un fabricante extranjero. El TAIIA confirmó la determinación de la DGII, estableciendo que el endoso de documentos es una transferencia de dominio gravada y separada de la importación, y que los servicios de garantía se utilizaron en El Salvador, por lo que no califican como exportación.

Lección: La exención de IVA en la importación de un bien no se extiende a las transferencias de propiedad de ese mismo bien que ocurran dentro del país antes de la importación. Además, para que un servicio sea considerado una exportación con tasa 0%, el beneficio o consumo del servicio debe ocurrir exclusivamente en el extranjero, independientemente de quién pague por él o desde dónde se pague.

$178,440
en disputa
26 arts. citados
R1205048TM Modificatoria Renta 31 mar 2014

El Tribunal analiza un recurso contra una resolución de la DGII que determinó Impuesto sobre la Renta y una multa por evasión intencional a una empresa constructora. Los principales puntos de controversia son el rechazo de costos por no estar registrados en la contabilidad de la contribuyente, y la reclasificación de un contrato de promesa de venta como arrendamiento gravado. El Tribunal modifica parcialmente la resolución, aceptando la deducibilidad de una pérdida operativa pero confirmando los demás hallazgos de la DGII, ajustando así el impuesto y la multa a pagar.

Lección: Es crucial que los contribuyentes mantengan su contabilidad y toda la documentación de respaldo de costos y gastos de forma individual y ordenada, incluso si operan bajo figuras como consorcios. Además, la denominación de los contratos no prevalece sobre su realidad económica para efectos fiscales; si un contrato otorga el uso y goce de un bien a cambio de pagos periódicos, se considerará un arrendamiento gravado independientemente de su título.

$799,899
en disputa
34 arts. citados
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