2015
159 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | IVA | Aduana | Renta | Otros | Código Tributario | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $326,447 IVA - Ene
Monto:
$326,447
% del total general:
1.00%
| $116,259 Aduana - Ene
Monto:
$116,259
% del total general:
0.36%
| $45,450 Renta - Ene
Monto:
$45,450
% del total general:
0.14%
| - | - | $488,156 |
| Feb | $87,238 IVA - Feb
Monto:
$87,238
% del total general:
0.27%
| $681,710 Aduana - Feb
Monto:
$681,710
% del total general:
2.09%
| $473,111 Renta - Feb
Monto:
$473,111
% del total general:
1.45%
| - | - | $1,242,058 |
| Mar | $1,121,118 IVA - Mar
Monto:
$1,121,118
% del total general:
3.43%
| $340,042 Aduana - Mar
Monto:
$340,042
% del total general:
1.04%
| $4,289,743 Renta - Mar
Monto:
$4,289,743
% del total general:
13.14%
| - | - | $5,750,902 |
| Abr | $62,656 IVA - Abr
Monto:
$62,656
% del total general:
0.19%
| $104,590 Aduana - Abr
Monto:
$104,590
% del total general:
0.32%
| $1,766,003 Renta - Abr
Monto:
$1,766,003
% del total general:
5.41%
| $2,823 Otros - Abr
Monto:
$2,823
% del total general:
0.01%
| - | $1,936,072 |
| May | $105,368 IVA - May
Monto:
$105,368
% del total general:
0.32%
| $556,735 Aduana - May
Monto:
$556,735
% del total general:
1.71%
| $985,283 Renta - May
Monto:
$985,283
% del total general:
3.02%
| - | - | $1,647,387 |
| Jul | $34,028 IVA - Jul
Monto:
$34,028
% del total general:
0.10%
| $27,345 Aduana - Jul
Monto:
$27,345
% del total general:
0.08%
| - | - | - | $61,373 |
| Ago | $1,153,386 IVA - Ago
Monto:
$1,153,386
% del total general:
3.53%
| $631,781 Aduana - Ago
Monto:
$631,781
% del total general:
1.93%
| $233,842 Renta - Ago
Monto:
$233,842
% del total general:
0.72%
| - | $16,765 Código Tributario - Ago
Monto:
$16,765
% del total general:
0.05%
| $2,035,775 |
| Sep | $406,556 IVA - Sep
Monto:
$406,556
% del total general:
1.25%
| $84,383 Aduana - Sep
Monto:
$84,383
% del total general:
0.26%
| $2,281,032 Renta - Sep
Monto:
$2,281,032
% del total general:
6.99%
| - | $3,818 Código Tributario - Sep
Monto:
$3,818
% del total general:
0.01%
| $2,775,789 |
| Oct | $2,360,682 IVA - Oct
Monto:
$2,360,682
% del total general:
7.23%
| $19,712 Aduana - Oct
Monto:
$19,712
% del total general:
0.06%
| $1,432,983 Renta - Oct
Monto:
$1,432,983
% del total general:
4.39%
| - | $3,530 Código Tributario - Oct
Monto:
$3,530
% del total general:
0.01%
| $3,816,906 |
| Nov | $268,816 IVA - Nov
Monto:
$268,816
% del total general:
0.82%
| $486,110 Aduana - Nov
Monto:
$486,110
% del total general:
1.49%
| $8,313,151 Renta - Nov
Monto:
$8,313,151
% del total general:
25.46%
| - | $53,707 Código Tributario - Nov
Monto:
$53,707
% del total general:
0.16%
| $9,121,783 |
| Dic | $271,496 IVA - Dic
Monto:
$271,496
% del total general:
0.83%
| $16,080 Aduana - Dic
Monto:
$16,080
% del total general:
0.05%
| $3,488,040 Renta - Dic
Monto:
$3,488,040
% del total general:
10.68%
| $1,038 Otros - Dic
Monto:
$1,038
% del total general:
0.00%
| - | $3,776,654 |
| Total | $6,197,790 | $3,064,747 | $23,308,638 | $3,861 | $77,820 | $32,652,856 |
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El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la Dirección General de Aduanas que le determinó el pago de Derechos Arancelarios a la Importación (DAI), IVA y una multa. El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso sin analizar el fondo del asunto, debido a que fue presentado un día después de haber vencido el plazo legal de quince días hábiles.
Lección: Es fundamental cumplir estrictamente con los plazos procesales para la interposición de recursos. El no hacerlo, incluso por un solo día, resulta en la pérdida total del derecho a que la instancia superior revise el caso, dejando firme la decisión de la administración tributaria.
El Tribunal de Apelaciones declara inadmisible un recurso de apelación debido a que el recurrente, quien manifestaba actuar como representante legal de una sociedad, no presentó la documentación que acreditara su personería. A pesar de haber sido prevenido por el Tribunal en dos ocasiones para que subsanara dicha omisión, el recurrente no lo hizo, lo que resultó en el rechazo del recurso por falta de legitimidad.
Lección: Al interponer un recurso administrativo, es indispensable adjuntar desde el inicio la documentación que acredite fehacientemente la personería y representación legal con la que se actúa. No subsanar esta omisión ante una prevención del Tribunal conduce a la inadmisibilidad del recurso, perdiendo la oportunidad de que se discuta el fondo del caso.
El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII que le determinó Impuesto sobre la Renta y una multa. El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso por haber sido presentado de forma extemporánea, es decir, después de vencido el plazo legal de quince días hábiles. El Tribunal desestimó el argumento del contribuyente sobre una supuesta notificación defectuosa, confirmando que el acto de comunicación cumplió con todas las formalidades legales.
Lección: Es fundamental llevar un control riguroso de los plazos legales para interponer recursos. El plazo para apelar es perentorio y su incumplimiento provoca la pérdida definitiva del derecho a la revisión del caso en sede administrativa, haciendo que la decisión de la autoridad tributaria quede firme.
El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII que le determinó Impuesto sobre la Renta y una multa por el ejercicio 2011. El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso por haber sido presentado de forma extemporánea, varios meses después de vencido el plazo legal de quince días hábiles, dejando firme la resolución de la administración tributaria.
Lección: Es fundamental cumplir rigurosamente con los plazos legales para la interposición de recursos. La presentación extemporánea de una apelación, como en este caso, provoca su inadmisibilidad inmediata, perdiendo la oportunidad de que el tribunal revise el fondo de la controversia y consolidando la decisión de la administración tributaria.
Una contribuyente fue multada por la Dirección General de Aduanas por una infracción relacionada con la importación temporal de un vehículo. La contribuyente apeló ante el TAIIA, pero el Tribunal declaró inadmisible el recurso por haber sido presentado fuera del plazo legal de 15 días hábiles, dejando firme la sanción sin analizar el fondo del asunto.
Lección: Es fundamental realizar un cómputo riguroso de los plazos legales para interponer recursos. El incumplimiento del plazo de 15 días hábiles para apelar ante el TAIIA es un error fatal que provoca la inadmisibilidad del recurso y la pérdida de la oportunidad de discutir la legalidad del acto administrativo.