2015
159 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | IVA | Aduana | Renta | Otros | Código Tributario | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $326,447 IVA - Ene
Monto:
$326,447
% del total general:
1.00%
| $116,259 Aduana - Ene
Monto:
$116,259
% del total general:
0.36%
| $45,450 Renta - Ene
Monto:
$45,450
% del total general:
0.14%
| - | - | $488,156 |
| Feb | $87,238 IVA - Feb
Monto:
$87,238
% del total general:
0.27%
| $681,710 Aduana - Feb
Monto:
$681,710
% del total general:
2.09%
| $473,111 Renta - Feb
Monto:
$473,111
% del total general:
1.45%
| - | - | $1,242,058 |
| Mar | $1,121,118 IVA - Mar
Monto:
$1,121,118
% del total general:
3.43%
| $340,042 Aduana - Mar
Monto:
$340,042
% del total general:
1.04%
| $4,289,743 Renta - Mar
Monto:
$4,289,743
% del total general:
13.14%
| - | - | $5,750,902 |
| Abr | $62,656 IVA - Abr
Monto:
$62,656
% del total general:
0.19%
| $104,590 Aduana - Abr
Monto:
$104,590
% del total general:
0.32%
| $1,766,003 Renta - Abr
Monto:
$1,766,003
% del total general:
5.41%
| $2,823 Otros - Abr
Monto:
$2,823
% del total general:
0.01%
| - | $1,936,072 |
| May | $105,368 IVA - May
Monto:
$105,368
% del total general:
0.32%
| $556,735 Aduana - May
Monto:
$556,735
% del total general:
1.71%
| $985,283 Renta - May
Monto:
$985,283
% del total general:
3.02%
| - | - | $1,647,387 |
| Jul | $34,028 IVA - Jul
Monto:
$34,028
% del total general:
0.10%
| $27,345 Aduana - Jul
Monto:
$27,345
% del total general:
0.08%
| - | - | - | $61,373 |
| Ago | $1,153,386 IVA - Ago
Monto:
$1,153,386
% del total general:
3.53%
| $631,781 Aduana - Ago
Monto:
$631,781
% del total general:
1.93%
| $233,842 Renta - Ago
Monto:
$233,842
% del total general:
0.72%
| - | $16,765 Código Tributario - Ago
Monto:
$16,765
% del total general:
0.05%
| $2,035,775 |
| Sep | $406,556 IVA - Sep
Monto:
$406,556
% del total general:
1.25%
| $84,383 Aduana - Sep
Monto:
$84,383
% del total general:
0.26%
| $2,281,032 Renta - Sep
Monto:
$2,281,032
% del total general:
6.99%
| - | $3,818 Código Tributario - Sep
Monto:
$3,818
% del total general:
0.01%
| $2,775,789 |
| Oct | $2,360,682 IVA - Oct
Monto:
$2,360,682
% del total general:
7.23%
| $19,712 Aduana - Oct
Monto:
$19,712
% del total general:
0.06%
| $1,432,983 Renta - Oct
Monto:
$1,432,983
% del total general:
4.39%
| - | $3,530 Código Tributario - Oct
Monto:
$3,530
% del total general:
0.01%
| $3,816,906 |
| Nov | $268,816 IVA - Nov
Monto:
$268,816
% del total general:
0.82%
| $486,110 Aduana - Nov
Monto:
$486,110
% del total general:
1.49%
| $8,313,151 Renta - Nov
Monto:
$8,313,151
% del total general:
25.46%
| - | $53,707 Código Tributario - Nov
Monto:
$53,707
% del total general:
0.16%
| $9,121,783 |
| Dic | $271,496 IVA - Dic
Monto:
$271,496
% del total general:
0.83%
| $16,080 Aduana - Dic
Monto:
$16,080
% del total general:
0.05%
| $3,488,040 Renta - Dic
Monto:
$3,488,040
% del total general:
10.68%
| $1,038 Otros - Dic
Monto:
$1,038
% del total general:
0.00%
| - | $3,776,654 |
| Total | $6,197,790 | $3,064,747 | $23,308,638 | $3,861 | $77,820 | $32,652,856 |
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La DGII determinó impuesto sobre la renta y una multa por evasión a un contribuyente por omitir ingresos y no documentar gastos. El contribuyente apeló alegando que sí presentó pruebas y que el procedimiento era ilegal por una delegación de competencia indebida. El Tribunal modificó la resolución, aceptando más gastos deducibles al verificar el pago de cotizaciones, pero confirmó la legalidad del procedimiento y la multa por evasión, aunque ajustando su monto.
Lección: Es crucial no solo registrar contablemente todos los gastos, sino también conservar y presentar oportunamente toda la documentación de respaldo durante una fiscalización, especialmente los comprobantes de diario y las pruebas del cumplimiento de obligaciones formales como el entero de retenciones y cotizaciones sociales, ya que de ello depende la deducibilidad de los gastos.
Un contribuyente importó mercancía mediante una declaración anticipada, pero un error de su proveedor resultó en un 'cruce de embarques'. La Aduana detectó discrepancias entre lo declarado y lo físico, determinando IVA omitido y multas. El Tribunal confirmó la sanción, estableciendo que la responsabilidad de la declaración es del importador y que actuó con negligencia al no utilizar el 'examen previo' para verificar la mercancía.
Lección: El importador es el único responsable de la exactitud de su declaración de mercancías. Ante cualquier duda o indicio de error en un envío, es fundamental utilizar la figura del 'examen previo' para inspeccionar físicamente la mercancía antes de declararla, ya que culpar a un proveedor extranjero no es una defensa válida y el error se considerará evitable.
El Tribunal revoca la objeción de la DGII a créditos fiscales por más de $11 millones a una empresa de telecomunicaciones por servicios intercompañía. La DGII argumentó falta de prueba sobre la 'existencia efectiva' de las operaciones, pero el Tribunal consideró que el contribuyente sí aportó un conjunto de pruebas suficientes (contratos, pagos, inspecciones) y que las exigencias de la DGII eran excesivas y carentes de base legal. También se revoca una multa millonaria por falta de motivación y errores en la tipificación, aunque se mantiene el rechazo de una pequeña parte de los créditos que no cumplían requisitos formales.
Lección: Para defender la materialidad de las operaciones, especialmente entre partes relacionadas, es crucial construir un expediente probatorio robusto que vaya más allá de la factura y el contrato, incluyendo evidencia de la necesidad del servicio, su ejecución (correos, reportes, actas) y su pago. La prueba debe ser valorada en su conjunto, y la Administración Tributaria no puede imponer requisitos probatorios que no estén expresamente previstos en la ley.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta la deducción de costos y gastos a una empresa. Los rechazos se deben a la omisión de retener el 5% de ISR a un proveedor no domiciliado por fletes internacionales, y a la falta de demostración de que diversos gastos de operación (honorarios legales por un juicio penal, asistencia técnica y gastos de tarjeta de crédito) fueran necesarios para generar renta o conservar la fuente.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de un costo o gasto, es fundamental cumplir con todas las obligaciones formales y sustantivas asociadas, como las retenciones de impuestos. Además, el contribuyente debe ser capaz de probar, con documentación completa y pertinente, que cada erogación es indispensable y está directamente vinculada a la generación de ingresos gravables, ya que la simple existencia del gasto no garantiza su aceptación fiscal.
La Dirección General de Aduanas suspendió a un agente aduanero por 90 días, argumentando que había cometido más de dos infracciones tributarias en seis meses, basándose en tres resoluciones sancionatorias contra sus clientes. El Tribunal de Apelaciones revocó la suspensión al determinar que el agente nunca fue parte procesal, oído ni vencido en los procedimientos que generaron dichas sanciones, vulnerando su derecho fundamental de audiencia y defensa.
Lección: Para sancionar a un agente aduanero con la suspensión por acumulación de infracciones, la Administración Aduanera debe demostrar que la responsabilidad del agente fue establecida individualmente en cada uno de los casos previos, garantizándole su derecho a la defensa. No se puede atribuir automáticamente la culpabilidad al agente basándose en sanciones impuestas a sus clientes.