2016
174 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | IVA | Renta | Aduana | Código Tributario | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $908,455 IVA - Ene
Monto:
$908,455
% del total general:
1.25%
| $310,148 Renta - Ene
Monto:
$310,148
% del total general:
0.43%
| $24,385 Aduana - Ene
Monto:
$24,385
% del total general:
0.03%
| $3,658 Código Tributario - Ene
Monto:
$3,658
% del total general:
0.01%
| - | $1,246,646 |
| Feb | $1,526,029 IVA - Feb
Monto:
$1,526,029
% del total general:
2.09%
| $1,315,138 Renta - Feb
Monto:
$1,315,138
% del total general:
1.80%
| - | $2,098 Código Tributario - Feb
Monto:
$2,098
% del total general:
0.00%
| $54,287 Otros - Feb
Monto:
$54,287
% del total general:
0.07%
| $2,897,551 |
| Mar | $2,168,335 IVA - Mar
Monto:
$2,168,335
% del total general:
2.98%
| $226,227 Renta - Mar
Monto:
$226,227
% del total general:
0.31%
| - | - | $4,567 Otros - Mar
Monto:
$4,567
% del total general:
0.01%
| $2,399,129 |
| Abr | $1,467,171 IVA - Abr
Monto:
$1,467,171
% del total general:
2.01%
| $3,409,345 Renta - Abr
Monto:
$3,409,345
% del total general:
4.68%
| $23,002 Aduana - Abr
Monto:
$23,002
% del total general:
0.03%
| $15,979 Código Tributario - Abr
Monto:
$15,979
% del total general:
0.02%
| $4,152 Otros - Abr
Monto:
$4,152
% del total general:
0.01%
| $4,919,649 |
| May | $3,360,591 IVA - May
Monto:
$3,360,591
% del total general:
4.61%
| $4,225,553 Renta - May
Monto:
$4,225,553
% del total general:
5.80%
| - | $7,619 Código Tributario - May
Monto:
$7,619
% del total general:
0.01%
| - | $7,593,763 |
| Jun | $99,267 IVA - Jun
Monto:
$99,267
% del total general:
0.14%
| $10,361,299 Renta - Jun
Monto:
$10,361,299
% del total general:
14.22%
| $3,028 Aduana - Jun
Monto:
$3,028
% del total general:
0.00%
| $33,895 Código Tributario - Jun
Monto:
$33,895
% del total general:
0.05%
| - | $10,497,489 |
| Jul | $227,721 IVA - Jul
Monto:
$227,721
% del total general:
0.31%
| $7,807,145 Renta - Jul
Monto:
$7,807,145
% del total general:
10.71%
| $164,607 Aduana - Jul
Monto:
$164,607
% del total general:
0.23%
| $10,271 Código Tributario - Jul
Monto:
$10,271
% del total general:
0.01%
| - | $8,209,744 |
| Ago | $176,159 IVA - Ago
Monto:
$176,159
% del total general:
0.24%
| $7,772,722 Renta - Ago
Monto:
$7,772,722
% del total general:
10.66%
| $415,947 Aduana - Ago
Monto:
$415,947
% del total general:
0.57%
| $94,609 Código Tributario - Ago
Monto:
$94,609
% del total general:
0.13%
| - | $8,459,437 |
| Sep | $185,252 IVA - Sep
Monto:
$185,252
% del total general:
0.25%
| $9,631,082 Renta - Sep
Monto:
$9,631,082
% del total general:
13.21%
| $38,915 Aduana - Sep
Monto:
$38,915
% del total general:
0.05%
| $43,671 Código Tributario - Sep
Monto:
$43,671
% del total general:
0.06%
| - | $9,898,920 |
| Oct | $374,751 IVA - Oct
Monto:
$374,751
% del total general:
0.51%
| $3,060,211 Renta - Oct
Monto:
$3,060,211
% del total general:
4.20%
| $65,716 Aduana - Oct
Monto:
$65,716
% del total general:
0.09%
| $2,182 Código Tributario - Oct
Monto:
$2,182
% del total general:
0.00%
| - | $3,502,860 |
| Nov | $100,740 IVA - Nov
Monto:
$100,740
% del total general:
0.14%
| $12,692,420 Renta - Nov
Monto:
$12,692,420
% del total general:
17.41%
| $387,467 Aduana - Nov
Monto:
$387,467
% del total general:
0.53%
| - | - | $13,180,627 |
| Dic | - | - | $76,794 Aduana - Dic
Monto:
$76,794
% del total general:
0.11%
| - | - | $76,794 |
| Total | $10,594,471 | $60,811,290 | $1,199,862 | $213,982 | $63,006 | $72,882,610 |
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El Tribunal de Apelaciones confirma las multas impuestas a una firma de auditores por incumplir sus obligaciones legales. La firma no examinó adecuadamente la deducibilidad de ciertos gastos y, crucialmente, no verificó de forma independiente que las transacciones con partes relacionadas se realizaran a precios de mercado, limitándose a aceptar la palabra de su cliente. Esto constituyó una violación de sus deberes de examinar y reportar la situación fiscal del contribuyente, establecidos en el Código Tributario.
Lección: Los auditores fiscales deben ejercer un escepticismo profesional riguroso y no pueden depender únicamente de las afirmaciones de la gerencia del cliente, sobre todo en áreas complejas y de alto riesgo como los precios de transferencia. Es imperativo realizar y documentar exhaustivamente en los papeles de trabajo los procedimientos de verificación, ya que estos son la principal prueba del cumplimiento de las obligaciones del auditor ante una revisión de la Administración Tributaria.
El Tribunal de Apelaciones modifica una resolución de la Dirección General de Aduanas que denegaba preferencias arancelarias bajo el CAFTA-DR a importaciones de carne. El Tribunal confirma la denegatoria para mercancías amparadas por certificados de un proveedor canadiense, pero revoca las denegatorias contra otros proveedores debido a graves fallas procedimentales de la Aduana, como no iniciar legalmente la verificación contra una empresa y no justificar adecuadamente sus requerimientos durante las visitas de inspección.
Lección: Para asegurar los beneficios de un tratado de libre comercio, es crucial que tanto el importador como sus proveedores extranjeros cumplan rigurosamente con los requisitos de origen. Sin embargo, es igualmente fundamental que la autoridad aduanera siga estrictamente los procedimientos legales establecidos para la verificación, ya que cualquier falla procesal, como no designar formalmente a los auditores para una empresa específica, puede invalidar sus actuaciones y resultar en la concesión de las preferencias a pesar de las dudas sobre el origen.
El contribuyente apeló tres actos de la Dirección General de Aduanas: un auto de inicio de procedimiento, una resolución que determinó impuestos y multa, y una orden de suspensión de despachos. El Tribunal declaró inadmisible el recurso contra la resolución principal por ser extemporáneo, y declaró improponibles los recursos contra los otros dos actos, por ser uno un acto de trámite y el otro un acto de ejecución fuera de su competencia.
Lección: Es crucial cumplir estrictamente con los plazos legales para interponer recursos, ya que son perentorios y su vencimiento impide la defensa. Además, se debe diferenciar entre actos definitivos apelables y actos de trámite o de ejecución que no son impugnables por esta vía, para evitar el rechazo del recurso por improcedente.
El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que objetó al contribuyente una disminución de saldo a favor de IVA por más de $1.1 millones. Las objeciones se basaron en la improcedencia de ajustes al débito fiscal por descuentos no probados, y el rechazo de créditos fiscales por servicios de no domiciliados sin prueba de su existencia efectiva, por gastos de construcción considerados mejoras y por otros gastos no indispensables para el negocio.
Lección: Para respaldar la deducibilidad de créditos fiscales y ajustes al débito, el contribuyente debe ir más allá de la documentación formal (contratos, facturas, registros contables). Es crucial mantener un expediente probatorio robusto que demuestre la realidad material ('existencia efectiva') y la necesidad económica de cada operación, especialmente en transacciones con partes relacionadas no domiciliadas y al justificar descuentos o la naturaleza de una obra.
El Tribunal de Apelaciones confirma dos multas impuestas por la DGII a una empresa. La primera, por llevar registros de control de inventarios que no cumplían con los requisitos legales, específicamente en el cálculo del costo. La segunda, por la presentación tardía del informe de operaciones con sujetos relacionados (F-982). El Tribunal desestimó los argumentos del contribuyente sobre la inexistencia de las infracciones y la incorrecta base de cálculo de la multa.
Lección: Es fundamental no solo cumplir con la obligación de llevar registros contables y presentar informes, sino también asegurar que estos cumplan con todos los requisitos formales y sustantivos de la ley. Un registro de inventario debe reflejar verazmente el costo según el método de valuación elegido, y la identificación de 'sujetos relacionados' debe ser exhaustiva conforme a la ley para determinar correctamente las obligaciones de reporte.