2016
174 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | IVA | Renta | Aduana | Código Tributario | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $908,455 IVA - Ene
Monto:
$908,455
% del total general:
1.25%
| $310,148 Renta - Ene
Monto:
$310,148
% del total general:
0.43%
| $24,385 Aduana - Ene
Monto:
$24,385
% del total general:
0.03%
| $3,658 Código Tributario - Ene
Monto:
$3,658
% del total general:
0.01%
| - | $1,246,646 |
| Feb | $1,526,029 IVA - Feb
Monto:
$1,526,029
% del total general:
2.09%
| $1,315,138 Renta - Feb
Monto:
$1,315,138
% del total general:
1.80%
| - | $2,098 Código Tributario - Feb
Monto:
$2,098
% del total general:
0.00%
| $54,287 Otros - Feb
Monto:
$54,287
% del total general:
0.07%
| $2,897,551 |
| Mar | $2,168,335 IVA - Mar
Monto:
$2,168,335
% del total general:
2.98%
| $226,227 Renta - Mar
Monto:
$226,227
% del total general:
0.31%
| - | - | $4,567 Otros - Mar
Monto:
$4,567
% del total general:
0.01%
| $2,399,129 |
| Abr | $1,467,171 IVA - Abr
Monto:
$1,467,171
% del total general:
2.01%
| $3,409,345 Renta - Abr
Monto:
$3,409,345
% del total general:
4.68%
| $23,002 Aduana - Abr
Monto:
$23,002
% del total general:
0.03%
| $15,979 Código Tributario - Abr
Monto:
$15,979
% del total general:
0.02%
| $4,152 Otros - Abr
Monto:
$4,152
% del total general:
0.01%
| $4,919,649 |
| May | $3,360,591 IVA - May
Monto:
$3,360,591
% del total general:
4.61%
| $4,225,553 Renta - May
Monto:
$4,225,553
% del total general:
5.80%
| - | $7,619 Código Tributario - May
Monto:
$7,619
% del total general:
0.01%
| - | $7,593,763 |
| Jun | $99,267 IVA - Jun
Monto:
$99,267
% del total general:
0.14%
| $10,361,299 Renta - Jun
Monto:
$10,361,299
% del total general:
14.22%
| $3,028 Aduana - Jun
Monto:
$3,028
% del total general:
0.00%
| $33,895 Código Tributario - Jun
Monto:
$33,895
% del total general:
0.05%
| - | $10,497,489 |
| Jul | $227,721 IVA - Jul
Monto:
$227,721
% del total general:
0.31%
| $7,807,145 Renta - Jul
Monto:
$7,807,145
% del total general:
10.71%
| $164,607 Aduana - Jul
Monto:
$164,607
% del total general:
0.23%
| $10,271 Código Tributario - Jul
Monto:
$10,271
% del total general:
0.01%
| - | $8,209,744 |
| Ago | $176,159 IVA - Ago
Monto:
$176,159
% del total general:
0.24%
| $7,772,722 Renta - Ago
Monto:
$7,772,722
% del total general:
10.66%
| $415,947 Aduana - Ago
Monto:
$415,947
% del total general:
0.57%
| $94,609 Código Tributario - Ago
Monto:
$94,609
% del total general:
0.13%
| - | $8,459,437 |
| Sep | $185,252 IVA - Sep
Monto:
$185,252
% del total general:
0.25%
| $9,631,082 Renta - Sep
Monto:
$9,631,082
% del total general:
13.21%
| $38,915 Aduana - Sep
Monto:
$38,915
% del total general:
0.05%
| $43,671 Código Tributario - Sep
Monto:
$43,671
% del total general:
0.06%
| - | $9,898,920 |
| Oct | $374,751 IVA - Oct
Monto:
$374,751
% del total general:
0.51%
| $3,060,211 Renta - Oct
Monto:
$3,060,211
% del total general:
4.20%
| $65,716 Aduana - Oct
Monto:
$65,716
% del total general:
0.09%
| $2,182 Código Tributario - Oct
Monto:
$2,182
% del total general:
0.00%
| - | $3,502,860 |
| Nov | $100,740 IVA - Nov
Monto:
$100,740
% del total general:
0.14%
| $12,692,420 Renta - Nov
Monto:
$12,692,420
% del total general:
17.41%
| $387,467 Aduana - Nov
Monto:
$387,467
% del total general:
0.53%
| - | - | $13,180,627 |
| Dic | - | - | $76,794 Aduana - Dic
Monto:
$76,794
% del total general:
0.11%
| - | - | $76,794 |
| Total | $10,594,471 | $60,811,290 | $1,199,862 | $213,982 | $63,006 | $72,882,610 |
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El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto de IVA impago y múltiples multas a un contribuyente que presentó declaraciones con valor cero a pesar de tener ventas registradas. El Tribunal desestimó los argumentos del contribuyente sobre la culpa del contador y la violación a la presunción de inocencia, estableciendo que la contradicción entre las declaraciones y los registros contables configura la evasión intencional.
Lección: La responsabilidad final por el correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones tributarias recae siempre sobre el contribuyente, no sobre su contador. Presentar declaraciones en cero para diferir el pago de impuestos, existiendo operaciones gravadas, es una conducta que la ley presume como evasión intencional y conlleva severas multas, además del pago del impuesto omitido.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) determinó a una contribuyente Impuesto sobre la Renta no pagado, basado en ingresos no declarados por salarios y gastos sin origen justificado (compra de vehículo y aportes de capital). El Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación del impuesto al considerar que la contribuyente no logró desvirtuar la presunción de renta obtenida, pero revocó las multas por omisión de declaración y evasión intencional, al concluir que la contribuyente no estaba obligada a declarar por sus ingresos salariales.
Lección: Es fundamental que los contribuyentes mantengan documentación de respaldo que justifique el origen de los fondos utilizados para realizar gastos o inversiones significativas. La falta de justificación puede llevar a que la autoridad tributaria presuma que dichos fondos son rentas no declaradas. Sin embargo, también es crucial conocer las excepciones legales a las obligaciones formales, como la de no presentar declaración de renta para asalariados por debajo de ciertos umbrales, lo cual puede anular sanciones asociadas.
El Tribunal confirma la determinación de Impuesto sobre la Renta y la multa impuesta por la DGII a un contribuyente dedicado a la venta de vehículos y combustibles. Los ajustes se originan por la omisión de ingresos provenientes de ventas no registradas, subfacturación y faltantes de inventario, así como por la objeción de costos de venta por duplicidad, falta de titularidad y carencia de documentación de soporte idónea para fletes y seguros de importación.
Lección: Es fundamental que todos los costos y gastos deducibles estén respaldados por la documentación idónea y formal que exige la ley tributaria (ej. facturas a nombre del contribuyente), y no por documentos con otros fines, como las Declaraciones de Mercancías. Un control contable y de inventarios riguroso es indispensable para declarar correctamente los ingresos y evitar presunciones de venta por parte de la autoridad fiscal.
El contribuyente apeló dos multas impuestas por la DGII: una por Evasión Intencional de IVA al no declarar la totalidad de sus operaciones gravadas, y otra por la presentación extemporánea de informes F-930. El Tribunal de Apelaciones confirma ambas sanciones, desestimando el argumento de dificultades económicas del contribuyente y validando la correcta tipificación de la infracción y el cálculo de las multas y atenuantes por parte de la Administración Tributaria.
Lección: Es fundamental declarar la totalidad de las operaciones gravadas y presentar todos los informes tributarios dentro de los plazos legales. Las dificultades económicas no son una excusa válida para no enterar el IVA al fisco, ya que el contribuyente actúa como un simple intermediario que recauda un impuesto que pertenece al Estado. Subsanar incumplimientos después de iniciada una fiscalización solo permite acceder a atenuantes reducidas.