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2017

68 sentencias analizadas

DGII gana
95.3%
En disputa
$47,908,092
Filtrar por tipo de fallo:

Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$44,742,573
93.4% del total
Revocatorias
$2,237,912
4.7% del total
Modificatorias
$880,702
1.8% del total
Improponibles
0.0% del total
Otros
$46,905
0.1% del total

Tendencia Mensual

Ene
Mar
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Ago
Sep
Oct
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Dic
Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes IVA Renta Código Tributario Aduana Total Mes
Ene $109,670 - - - $109,670
Mar $855,574 $9,733 - - $865,307
Jul - $219,750 - - $219,750
Ago $84,717 $38,607 - - $123,325
Sep - $7,382,502 $77,534 $24,391 $7,484,427
Oct - $945,192 $42,841 $33,890 $1,021,922
Nov $88,551 $24,877,362 $2,237,912 - $27,203,824
Dic $688,892 $10,190,975 - - $10,879,867
Total $1,827,404 $43,664,121 $2,358,286 $58,281 $47,908,092

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R1707005TM Inadmisible Renta 29 sept 2017

Un contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII que le determinó Impuesto sobre la Renta y le impuso multas por evasión intencional y omisión de declaración. El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso por haber sido presentado de forma extemporánea, es decir, después de vencido el plazo legal de quince días hábiles.

Lección: Es fundamental cumplir de manera estricta con los plazos legales para la interposición de recursos, ya que tienen un carácter perentorio. La presentación de un recurso fuera de tiempo, incluso por un margen corto, provoca su inadmisibilidad y la firmeza del acto administrativo, impidiendo cualquier discusión posterior sobre su legalidad.

$13,015
en disputa
5 arts. citados
A1603010OA Confirmatoria Aduana 28 sept 2017

Un contribuyente intentó importar seis vehículos del año 2007, presentando las declaraciones de mercancías el 30 de diciembre de 2015. Sin embargo, los vehículos ingresaron físicamente a El Salvador en enero de 2016, momento en el cual ya excedían los 8 años de antigüedad permitidos por ley. La autoridad aduanera denegó la importación, y el Tribunal de Apelaciones confirmó esta decisión, estableciendo que la fecha relevante para verificar el cumplimiento de los requisitos de importación es la del ingreso físico al territorio, no la de la presentación de la declaración electrónica.

Lección: Para la importación de mercancías sujetas a restricciones de antigüedad, como los vehículos usados, es crucial asegurarse de que la mercancía ingrese físicamente al territorio aduanero antes de que venza el plazo legal. La simple presentación de una declaración de mercancías de forma anticipada no 'congela' la normativa aplicable ni garantiza la autorización de la importación si la mercancía llega después de la fecha límite.

1 arts. citados
C1702012M Confirmatoria Código Tributario 28 sept 2017

El Tribunal confirma una multa de $75,992.22 impuesta por la DGII a un contribuyente por la presentación tardía del Formulario F-983 sobre inventarios. El contribuyente alegó que la auditoría era ilegal y que el retraso se debió a un corte de energía el día del vencimiento, pero el Tribunal determinó que esperar hasta el último día fue negligencia y no un caso de fuerza mayor, validando la actuación de la DGII y la sanción.

Lección: No espere hasta el último día para cumplir con sus obligaciones tributarias formales. Los imprevistos de última hora, como fallas técnicas o cortes de energía, generalmente no se consideran excusas válidas (fuerza mayor) si se tuvo un plazo amplio para realizar el trámite, y el incumplimiento será calificado como negligencia, resultando en sanciones.

$75,992
en disputa
17 arts. citados
A1601013TM Confirmatoria Aduana 27 sept 2017

El Tribunal confirma la resolución de la Dirección General de Aduanas contra una empresa que importó textiles de Guatemala. La empresa omitió declarar 51 bultos de mercancía en el Formulario Aduanero (FAUCA), lo que llevó a la determinación de impuestos (DAI e IVA) no pagados y una multa por declaración inexacta, al considerar el Tribunal que los argumentos del contribuyente sobre la nulidad del proceso y la duplicidad del pago de IVA eran infundados.

Lección: Es crucial declarar de forma completa y exacta toda la mercancía en la declaración aduanera (FAUCA). La omisión de bienes, aunque sean de origen centroamericano y potencialmente exentos, anula cualquier beneficio arancelario y resulta en la determinación de impuestos, además de la imposición de severas multas por infracción aduanera.

$24,391
en disputa
5 arts. citados
R1504012TM Confirmatoria Renta 27 sept 2017

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta a una empresa distribuidora de energía la deducción de costos por pérdidas de distribución y de gastos financieros. Se determina que las pérdidas de energía son un riesgo de negocio no deducible y que los gastos financieros no son deducibles porque se aplicó una tasa de retención incorrecta (10% en vez de 25%), al no identificar que el prestamista real era un fideicomiso en un paraíso fiscal.

Lección: Es crucial distinguir entre costos necesarios para generar renta y riesgos inherentes al negocio; las pérdidas de inventario o mermas no son deducibles como costo de venta. Además, en transacciones financieras con no domiciliados, se debe analizar la estructura completa para identificar al beneficiario efectivo de los fondos y aplicar la tasa de retención correcta, especialmente si intervienen fideicomisos o entidades en regímenes fiscales preferentes.

$6,035,059
en disputa
21 arts. citados
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