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2018

172 sentencias analizadas

DGII gana
82.2%
En disputa
$67,822,539
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Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$44,940,384
66.3% del total
Revocatorias
$4,077,477
6.0% del total
Modificatorias
$17,735,905
26.2% del total
Improponibles
$4,927
0.0% del total
Otros
$1,063,846
1.6% del total

Tendencia Mensual

Ene
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Ago
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Nov
Dic
Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Renta IVA Aduana Otros Código Tributario Total Mes
Ene $7,711,355 $696,278 - - - $8,407,634
Feb $442,279 $3,326,638 $2,438 $287,322 $3,224 $4,061,901
Mar $944,177 $10,595,377 $1,360,255 - - $12,899,810
Abr $1,888,272 $165,233 $63,221 - - $2,116,726
May $2,729,955 $4,716,625 $2,490 - $1,063,590 $8,512,660
Jun $328,763 - - - $9,217 $337,980
Jul $4,169,662 $798,781 $170,587 - $2,265 $5,141,295
Ago $234,780 - - - $19,039 $253,820
Sep $2,242,890 - $1,096,834 - $12,275 $3,351,999
Oct $3,314,493 - $302,356 - $6,101 $3,622,950
Nov $1,592,047 $277,983 $189,614 - $19,071 $2,078,715
Dic $15,982,732 $1,051,879 $2,437 - - $17,037,048
Total $41,581,406 $21,628,796 $3,190,232 $287,322 $1,134,783 $67,822,539

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I1602008TM Modificatoria IVA 21 dic 2018

Una empresa de telecomunicaciones fue fiscalizada por la DGII, que determinó omisión de ingresos de IVA al considerar que la empresa restó indebidamente impuestos de tarifas pactadas como netas, y por no gravar la entrega de bienes promocionales. El TAIIA modifica la resolución, confirmando la mayoría de los hallazgos de la DGII pero ajustando el cálculo del impuesto en los casos donde los contratos no eran explícitos sobre el tratamiento fiscal, aplicando la presunción de que el IVA estaba incluido.

Lección: La redacción de las cláusulas de precios e impuestos en los contratos es crítica. Si se pactan precios netos, el IVA debe calcularse y adicionarse sobre ese valor, no detraerse. Asimismo, toda entrega gratuita de bienes con fines promocionales debe ser tratada como un 'retiro de bienes' gravado con IVA, documentada y declarada correctamente.

$935,462
en disputa
36 arts. citados
R1505017TM Modificatoria Renta 18 dic 2018

El Tribunal de Apelaciones confirmó la mayoría de las objeciones de la DGII a una empresa de telecomunicaciones por su declaración de renta de 2011. Las objeciones incluyeron la incorrecta exclusión de ingresos, la falta de retención de ISR a no domiciliados por servicios 'utilizados' en el país, y la deducción de gastos con partes relacionadas que no se probaron como necesarios o materializados, incluyendo intereses de un préstamo usado para pagar dividendos. El Tribunal modificó parcialmente la resolución, aceptando la deducción de IVA en ingresos de dos clientes específicos donde el contrato no estipulaba precios netos, lo que resultó en un ajuste menor al impuesto y la multa.

Lección: Para deducir costos y gastos por servicios de no domiciliados, especialmente partes relacionadas, es fundamental probar fehacientemente su necesidad y materialización, más allá del contrato y la factura. Los contratos deben ser explícitos sobre la carga de los impuestos, y debe entenderse que los servicios prestados desde el exterior pero 'utilizados' en El Salvador, como la interconexión de llamadas, generan renta de fuente salvadoreña y están sujetos a retención de ISR.

$13,140,459
en disputa
33 arts. citados
R1604003T Modificatoria Renta 18 dic 2018

La DGII determinó un impuesto sobre la renta de $219,437.14 e ingresos omitidos por más de $1 millón, basándose en una presunción por diferencias de inventario (faltantes y sobrantes). El contribuyente apeló, y el TAIIA modificó la resolución, revocando la mayor parte de la determinación sobre los sobrantes al comprobar que la DGII ignoró pruebas documentales (CCF de compras) que justificaban las diferencias, violando el principio de verdad material.

Lección: Es fundamental mantener un control de inventarios (Kardex) preciso y conciliado, registrando oportunamente todas las entradas (compras, bonificaciones) y salidas, con su debido respaldo documental. Los errores de registro pueden generar presunciones de evasión fiscal costosas, y aunque la Administración Tributaria debe buscar la verdad material, la carga de probar los errores recae principalmente en el contribuyente.

$19,337
en disputa
18 arts. citados
R1707003TM Modificatoria Renta 17 dic 2018

El caso trata sobre la objeción de costos de venta por parte de la DGII a un contribuyente por no utilizar medios de pago bancarizados (cheque, transferencia, tarjeta) en compras superiores a 25 salarios mínimos, como exige la Ley de Impuesto sobre la Renta. El Tribunal de Apelaciones modifica la resolución de la DGII, aceptando como deducibles los costos pagados mediante depósitos en efectivo en la cuenta del proveedor al considerarlos una forma de 'transferencia bancaria' con trazabilidad, pero confirma la objeción para otros pagos en efectivo. Consecuentemente, se ajusta el impuesto sobre la renta a pagar y la multa por evasión no intencional.

Lección: Para asegurar la deducibilidad de costos por compras iguales o mayores a 25 salarios mínimos mensuales, es crucial utilizar medios de pago que dejen un rastro en el sistema financiero, como cheques, transferencias bancarias o tarjetas. Aunque el Tribunal aceptó los depósitos directos en cuenta del proveedor al poderse trazar el origen de los fondos, la forma más segura de cumplir con el requisito del Art. 29-A de la Ley de Renta es evitar por completo los pagos en efectivo para estas transacciones.

$709,388
en disputa
17 arts. citados
A1511007TM Modificatoria Aduana 30 nov 2018

La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó impuestos y multas a un contribuyente por la reclasificación arancelaria del producto 'MYCOSORB' de 'levadura muerta' (partida 21.02) a 'preparación para alimentación animal' (partida 23.09). El Tribunal de Apelaciones revocó la determinación de la DGA, no por confirmar la clasificación del contribuyente, sino porque la DGA no motivó adecuadamente su resolución al no explicar por qué descartó la partida más específica (21.02) antes de aplicar una más genérica.

Lección: La Administración Tributaria y Aduanera debe fundamentar exhaustivamente sus actos. Al realizar una reclasificación arancelaria, no basta con indicar la partida que considera correcta; es indispensable justificar por qué las partidas más específicas, especialmente las declaradas por el contribuyente, no son aplicables. La omisión de este análisis puede invalidar todo el ajuste por falta de motivación.

$140,528
en disputa
1 arts. citados
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