2018
172 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Aduana | Otros | Código Tributario | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $7,711,355 Renta - Ene
Monto:
$7,711,355
% del total general:
11.37%
| $696,278 IVA - Ene
Monto:
$696,278
% del total general:
1.03%
| - | - | - | $8,407,634 |
| Feb | $442,279 Renta - Feb
Monto:
$442,279
% del total general:
0.65%
| $3,326,638 IVA - Feb
Monto:
$3,326,638
% del total general:
4.90%
| $2,438 Aduana - Feb
Monto:
$2,438
% del total general:
0.00%
| $287,322 Otros - Feb
Monto:
$287,322
% del total general:
0.42%
| $3,224 Código Tributario - Feb
Monto:
$3,224
% del total general:
0.00%
| $4,061,901 |
| Mar | $944,177 Renta - Mar
Monto:
$944,177
% del total general:
1.39%
| $10,595,377 IVA - Mar
Monto:
$10,595,377
% del total general:
15.62%
| $1,360,255 Aduana - Mar
Monto:
$1,360,255
% del total general:
2.01%
| - | - | $12,899,810 |
| Abr | $1,888,272 Renta - Abr
Monto:
$1,888,272
% del total general:
2.78%
| $165,233 IVA - Abr
Monto:
$165,233
% del total general:
0.24%
| $63,221 Aduana - Abr
Monto:
$63,221
% del total general:
0.09%
| - | - | $2,116,726 |
| May | $2,729,955 Renta - May
Monto:
$2,729,955
% del total general:
4.03%
| $4,716,625 IVA - May
Monto:
$4,716,625
% del total general:
6.95%
| $2,490 Aduana - May
Monto:
$2,490
% del total general:
0.00%
| - | $1,063,590 Código Tributario - May
Monto:
$1,063,590
% del total general:
1.57%
| $8,512,660 |
| Jun | $328,763 Renta - Jun
Monto:
$328,763
% del total general:
0.48%
| - | - | - | $9,217 Código Tributario - Jun
Monto:
$9,217
% del total general:
0.01%
| $337,980 |
| Jul | $4,169,662 Renta - Jul
Monto:
$4,169,662
% del total general:
6.15%
| $798,781 IVA - Jul
Monto:
$798,781
% del total general:
1.18%
| $170,587 Aduana - Jul
Monto:
$170,587
% del total general:
0.25%
| - | $2,265 Código Tributario - Jul
Monto:
$2,265
% del total general:
0.00%
| $5,141,295 |
| Ago | $234,780 Renta - Ago
Monto:
$234,780
% del total general:
0.35%
| - | - | - | $19,039 Código Tributario - Ago
Monto:
$19,039
% del total general:
0.03%
| $253,820 |
| Sep | $2,242,890 Renta - Sep
Monto:
$2,242,890
% del total general:
3.31%
| - | $1,096,834 Aduana - Sep
Monto:
$1,096,834
% del total general:
1.62%
| - | $12,275 Código Tributario - Sep
Monto:
$12,275
% del total general:
0.02%
| $3,351,999 |
| Oct | $3,314,493 Renta - Oct
Monto:
$3,314,493
% del total general:
4.89%
| - | $302,356 Aduana - Oct
Monto:
$302,356
% del total general:
0.45%
| - | $6,101 Código Tributario - Oct
Monto:
$6,101
% del total general:
0.01%
| $3,622,950 |
| Nov | $1,592,047 Renta - Nov
Monto:
$1,592,047
% del total general:
2.35%
| $277,983 IVA - Nov
Monto:
$277,983
% del total general:
0.41%
| $189,614 Aduana - Nov
Monto:
$189,614
% del total general:
0.28%
| - | $19,071 Código Tributario - Nov
Monto:
$19,071
% del total general:
0.03%
| $2,078,715 |
| Dic | $15,982,732 Renta - Dic
Monto:
$15,982,732
% del total general:
23.57%
| $1,051,879 IVA - Dic
Monto:
$1,051,879
% del total general:
1.55%
| $2,437 Aduana - Dic
Monto:
$2,437
% del total general:
0.00%
| - | - | $17,037,048 |
| Total | $41,581,406 | $21,628,796 | $3,190,232 | $287,322 | $1,134,783 | $67,822,539 |
Buscar Sentencias
Un contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una multa de $6,108.48, impuesta por la DGII debido a la presentación tardía del informe de retenciones de IVA. El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso por haber sido presentado de forma extemporánea, ya que se interpuso meses después de haber vencido el plazo legal de quince días hábiles contados desde la notificación.
Lección: Es fundamental cumplir estrictamente con los plazos procesales para impugnar actos de la administración tributaria. El plazo de quince días hábiles para apelar ante el TAIIA es perentorio, y su incumplimiento provoca la inadmisibilidad del recurso, dejando firme la resolución impugnada sin posibilidad de discutir su legalidad.
Una empresa guatemalteca apela una resolución de la Dirección General de Aduanas que determinó que sus fertilizantes no eran originarios de Guatemala, negándoles el beneficio de libre comercio. El Tribunal de Apelaciones declara inadmisible el recurso por haber sido presentado de forma extemporánea, meses después de vencido el plazo legal de 15 días hábiles.
Lección: Es crucial respetar rigurosamente los plazos legales para la interposición de recursos administrativos. El plazo de 15 días hábiles para apelar ante el TAIIA es perentorio, y su incumplimiento provoca la inadmisibilidad del recurso, dejando firme el acto administrativo sin posibilidad de discutir el fondo del asunto.
Un contribuyente apeló una resolución de la DGII que le determinó Impuesto sobre la Renta a pagar, redujo un saldo a favor y le impuso tres multas por diversas infracciones. El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso por haber sido presentado un día después del vencimiento del plazo legal de quince días hábiles, sin analizar los argumentos de fondo del caso.
Lección: Es fundamental calcular y respetar de manera estricta los plazos legales para la interposición de recursos administrativos. El plazo de 15 días hábiles para apelar ante el TAIIA es perentorio, y su incumplimiento, incluso por un solo día, provoca la pérdida definitiva del derecho a la apelación y la firmeza de la resolución de la administración tributaria.
El contribuyente apeló una determinación de Impuesto sobre la Renta por costos objetados de kerosene y otras mercancías. El Tribunal confirmó la objeción del costo del kerosene por falta de prueba de su venta (no había registro de inventario), pero modificó la objeción sobre las otras mercancías al constatar que sí se presentó el control de inventarios para ellas. En consecuencia, se ajustó el impuesto a pagar y la multa por evasión no intencional, confirmando la multa por no proporcionar información.
Lección: Es crucial mantener y presentar oportunamente toda la documentación de respaldo de costos y gastos, especialmente los registros de control de inventarios. La carga de la prueba recae en el contribuyente y la presentación extemporánea de evidencia no es admitida, lo que puede llevar al rechazo de deducciones válidas y la imposición de sanciones.
Un contribuyente interpuso un recurso de apelación ante el TAIIA contra una resolución de la Dirección General de Aduanas. Sin embargo, dos días después, presentó un escrito para desistir del recurso. El Tribunal, aplicando supletoriamente el Código Procesal Civil y Mercantil, aceptó el desistimiento y dio por finalizado el proceso de apelación.
Lección: Un contribuyente tiene el derecho de desistir de un recurso de apelación en cualquier etapa antes de la sentencia final, lo que resulta en que la resolución administrativa impugnada quede firme. Es crucial ser preciso en los datos de los escritos presentados, aunque un error material evidente puede ser obviado por el Tribunal si la intención es clara.