2018
172 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Aduana | Otros | Código Tributario | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $7,711,355 Renta - Ene
Monto:
$7,711,355
% del total general:
11.37%
| $696,278 IVA - Ene
Monto:
$696,278
% del total general:
1.03%
| - | - | - | $8,407,634 |
| Feb | $442,279 Renta - Feb
Monto:
$442,279
% del total general:
0.65%
| $3,326,638 IVA - Feb
Monto:
$3,326,638
% del total general:
4.90%
| $2,438 Aduana - Feb
Monto:
$2,438
% del total general:
0.00%
| $287,322 Otros - Feb
Monto:
$287,322
% del total general:
0.42%
| $3,224 Código Tributario - Feb
Monto:
$3,224
% del total general:
0.00%
| $4,061,901 |
| Mar | $944,177 Renta - Mar
Monto:
$944,177
% del total general:
1.39%
| $10,595,377 IVA - Mar
Monto:
$10,595,377
% del total general:
15.62%
| $1,360,255 Aduana - Mar
Monto:
$1,360,255
% del total general:
2.01%
| - | - | $12,899,810 |
| Abr | $1,888,272 Renta - Abr
Monto:
$1,888,272
% del total general:
2.78%
| $165,233 IVA - Abr
Monto:
$165,233
% del total general:
0.24%
| $63,221 Aduana - Abr
Monto:
$63,221
% del total general:
0.09%
| - | - | $2,116,726 |
| May | $2,729,955 Renta - May
Monto:
$2,729,955
% del total general:
4.03%
| $4,716,625 IVA - May
Monto:
$4,716,625
% del total general:
6.95%
| $2,490 Aduana - May
Monto:
$2,490
% del total general:
0.00%
| - | $1,063,590 Código Tributario - May
Monto:
$1,063,590
% del total general:
1.57%
| $8,512,660 |
| Jun | $328,763 Renta - Jun
Monto:
$328,763
% del total general:
0.48%
| - | - | - | $9,217 Código Tributario - Jun
Monto:
$9,217
% del total general:
0.01%
| $337,980 |
| Jul | $4,169,662 Renta - Jul
Monto:
$4,169,662
% del total general:
6.15%
| $798,781 IVA - Jul
Monto:
$798,781
% del total general:
1.18%
| $170,587 Aduana - Jul
Monto:
$170,587
% del total general:
0.25%
| - | $2,265 Código Tributario - Jul
Monto:
$2,265
% del total general:
0.00%
| $5,141,295 |
| Ago | $234,780 Renta - Ago
Monto:
$234,780
% del total general:
0.35%
| - | - | - | $19,039 Código Tributario - Ago
Monto:
$19,039
% del total general:
0.03%
| $253,820 |
| Sep | $2,242,890 Renta - Sep
Monto:
$2,242,890
% del total general:
3.31%
| - | $1,096,834 Aduana - Sep
Monto:
$1,096,834
% del total general:
1.62%
| - | $12,275 Código Tributario - Sep
Monto:
$12,275
% del total general:
0.02%
| $3,351,999 |
| Oct | $3,314,493 Renta - Oct
Monto:
$3,314,493
% del total general:
4.89%
| - | $302,356 Aduana - Oct
Monto:
$302,356
% del total general:
0.45%
| - | $6,101 Código Tributario - Oct
Monto:
$6,101
% del total general:
0.01%
| $3,622,950 |
| Nov | $1,592,047 Renta - Nov
Monto:
$1,592,047
% del total general:
2.35%
| $277,983 IVA - Nov
Monto:
$277,983
% del total general:
0.41%
| $189,614 Aduana - Nov
Monto:
$189,614
% del total general:
0.28%
| - | $19,071 Código Tributario - Nov
Monto:
$19,071
% del total general:
0.03%
| $2,078,715 |
| Dic | $15,982,732 Renta - Dic
Monto:
$15,982,732
% del total general:
23.57%
| $1,051,879 IVA - Dic
Monto:
$1,051,879
% del total general:
1.55%
| $2,437 Aduana - Dic
Monto:
$2,437
% del total general:
0.00%
| - | - | $17,037,048 |
| Total | $41,581,406 | $21,628,796 | $3,190,232 | $287,322 | $1,134,783 | $67,822,539 |
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La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) multó a una sociedad por no proporcionar información requerida sobre un tercero. El contribuyente apeló, y el Tribunal de Apelaciones (TAIIA) confirmó que la infracción se había cometido al vencer los plazos iniciales. Sin embargo, el TAIIA modificó la resolución, aplicando una reducción del 30% a la multa, ya que el contribuyente entregó la información durante el plazo de audiencia y pruebas del procedimiento sancionador, lo cual constituye una atenuante.
Lección: Aunque no se cumpla con un requerimiento de información en el plazo inicial, es crucial presentarlo tan pronto como sea posible, especialmente durante el período de audiencia y pruebas del procedimiento sancionador. Hacerlo no elimina la infracción, pero puede calificar como una circunstancia atenuante y reducir significativamente el monto de la multa.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta múltiples deducciones de costos y gastos a una empresa importadora de gas para el ejercicio 2011. Las objeciones se basan en la falta de necesidad y causalidad del gasto (ej. penalidades por demora), la violación al principio de independencia de ejercicios, la falta de documentación de soporte, el incumplimiento de la obligación de retener impuestos y la deducción de gastos correspondientes a terceras empresas del mismo grupo.
Lección: Para garantizar la deducibilidad de un gasto, es crucial que el contribuyente pueda demostrar con documentación idónea que el gasto fue necesario para generar su propia renta, que corresponde al ejercicio fiscal correcto, que fue efectivamente pagado por él y que se cumplieron todas las obligaciones formales asociadas, como las retenciones. Operar dentro de un grupo empresarial no exime a cada entidad de cumplir individualmente con estos requisitos.
El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que objeta la deducción de gastos de operación por servicios de mantenimiento y depreciación a una empresa. La objeción se basa en que la contribuyente no pudo demostrar la existencia efectiva de los servicios contratados ni el costo de las mejoras depreciadas con documentación idónea. En consecuencia, se ratifica la determinación del Impuesto sobre la Renta y la multa por evasión no intencional.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de los gastos, no es suficiente contar con facturas y registros contables. Es crucial mantener un expediente completo que demuestre la realidad y necesidad de la operación, incluyendo contratos, informes de servicio, pruebas de pago y toda la información que permita verificar la capacidad y existencia del proveedor, ya que la carga de la prueba recae enteramente en el contribuyente.
El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII sobre Impuesto sobre la Renta. Posteriormente, presentó un escrito para desistir del recurso, con el objetivo de acogerse a los beneficios de la 'Ley Transitoria para Facilitar el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias y Aduaneras'. El Tribunal aceptó el desistimiento, dando por finalizado el proceso de apelación.
Lección: Un contribuyente puede desistir de un recurso de apelación en cualquier etapa del proceso si surge una alternativa más beneficiosa, como una amnistía fiscal o una ley de facilidades de pago. Es importante evaluar constantemente si continuar con un litigio es la mejor estrategia frente a nuevas disposiciones legales que puedan ofrecer una solución más favorable.
El Tribunal confirma la determinación de impuesto sobre la renta y multas contra una contribuyente por la ganancia de capital obtenida en la venta de un inmueble rústico. La contribuyente no declaró la operación, alegando que no era contribuyente habitual y que el inmueble era su casa de habitación con mejoras. El Tribunal desestimó sus argumentos por falta de pruebas, ya que no demostró que el inmueble fuera habitable ni presentó documentos que respaldaran las supuestas mejoras para su deducción.
Lección: Al vender un bien inmueble, incluso si es una operación única y no se tiene actividad económica habitual, se debe documentar adecuadamente el costo de adquisición y cualquier mejora realizada con facturas y comprobantes de pago. Si se alega que es la casa de habitación para optar a una exención, se debe poder demostrarlo con recibos de servicios y otros documentos que acrediten la residencia, ya que la carga de la prueba recae siempre en el contribuyente.