Volver al Dashboard 172 sentencias encontradas

2018

172 sentencias analizadas

DGII gana
82.2%
En disputa
$67,822,539
Filtrar por tipo de fallo:

Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$44,940,384
66.3% del total
Revocatorias
$4,077,477
6.0% del total
Modificatorias
$17,735,905
26.2% del total
Improponibles
$4,927
0.0% del total
Otros
$1,063,846
1.6% del total

Tendencia Mensual

Ene
Feb
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Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Renta IVA Aduana Otros Código Tributario Total Mes
Ene $7,711,355 $696,278 - - - $8,407,634
Feb $442,279 $3,326,638 $2,438 $287,322 $3,224 $4,061,901
Mar $944,177 $10,595,377 $1,360,255 - - $12,899,810
Abr $1,888,272 $165,233 $63,221 - - $2,116,726
May $2,729,955 $4,716,625 $2,490 - $1,063,590 $8,512,660
Jun $328,763 - - - $9,217 $337,980
Jul $4,169,662 $798,781 $170,587 - $2,265 $5,141,295
Ago $234,780 - - - $19,039 $253,820
Sep $2,242,890 - $1,096,834 - $12,275 $3,351,999
Oct $3,314,493 - $302,356 - $6,101 $3,622,950
Nov $1,592,047 $277,983 $189,614 - $19,071 $2,078,715
Dic $15,982,732 $1,051,879 $2,437 - - $17,037,048
Total $41,581,406 $21,628,796 $3,190,232 $287,322 $1,134,783 $67,822,539

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A1612012TM Confirmatoria Aduana 10 abr 2018

El Tribunal confirma la resolución de la Dirección General de Aduanas que ajustó el valor de mercancías importadas para incluir pagos de regalías por uso de marca, lo que resultó en impuestos adicionales y una multa. Adicionalmente, se ratifica una cuantiosa multa administrativa impuesta al contribuyente por no haber entregado información específica sobre precios de venta solicitada durante el proceso de fiscalización.

Lección: Los importadores que pagan regalías o derechos de licencia vinculados a las mercancías que traen al país deben obligatoriamente incluirlos en el valor en aduana declarado. Además, es crucial cumplir de manera precisa y oportuna con todos los requerimientos de información de las autoridades fiscales, ya que el incumplimiento puede acarrear sanciones económicas severas, incluso si el monto del impuesto en disputa es relativamente bajo.

$63,221
en disputa
7 arts. citados
A1611005OA Confirmatoria Aduana 23 mar 2018

El Tribunal confirma la suspensión por 90 días de un agente aduanero, impuesta por la Dirección General de Aduanas. La sanción se debe a que el agente declaró un valor de $625 para un vehículo cuyo valor real era de $3,128, causando un perjuicio fiscal. El Tribunal desestimó la defensa del agente de haber actuado de buena fe, argumentando que su pericia profesional le obligaba a dudar de la veracidad de los documentos ante un precio tan bajo.

Lección: Los agentes aduaneros, como auxiliares de la función pública, tienen un deber de diligencia que va más allá de la simple transcripción de datos. Deben utilizar su experiencia para identificar y cuestionar irregularidades evidentes en la documentación proporcionada por sus clientes, como valores notoriamente bajos, ya que la simple confianza en el cliente no exime de responsabilidad ante la autoridad aduanera si existían razones para dudar.

2 arts. citados
A1702001T Confirmatoria Aduana 23 mar 2018

Se confirma la resolución de la Dirección General de Aduanas que determinó el pago de DAI e IVA complementarios a un importador. La DGA denegó el trato arancelario preferencial a mercancías importadas de Guatemala tras un proceso de verificación que concluyó que no eran originarias de dicho país. El Tribunal desestima los argumentos del contribuyente sobre vicios en el procedimiento de origen (por ser cosa juzgada), irretroactividad de la ley y presunción de inocencia, confirmando la liquidación de impuestos.

Lección: El importador es responsable de asegurarse que las mercancías por las que solicita trato arancelario preferencial cumplan con las reglas de origen y que el exportador pueda proveer toda la documentación probatoria necesaria. La falta de pruebas suficientes por parte del exportador resultará en la pérdida del beneficio para el importador y el cobro de los impuestos omitidos.

$12,088
en disputa
2 arts. citados
A1701022T Confirmatoria Aduana 23 mar 2018

El contribuyente apela una resolución de la Dirección General de Aduanas que le exige el pago de DAI e IVA por la importación de láminas de acero. El contribuyente basa su defensa en supuestas ilegalidades en el procedimiento de verificación de origen que negó el trato preferencial a sus mercancías. El Tribunal confirma la resolución de la Aduana, argumentando que la legalidad del procedimiento de origen ya fue juzgada y confirmada en una sentencia anterior que se encuentra firme, por lo que no puede volver a discutirse.

Lección: Es fundamental agotar todos los argumentos de fondo y forma durante el procedimiento administrativo específico que se está disputando (ej. verificación de origen). Una vez que una resolución sobre ese procedimiento queda firme, sus consecuencias directas, como la determinación de impuestos, no pueden ser impugnadas reabriendo el debate sobre la decisión original, ya que opera la figura de la cosa juzgada administrativa.

$31,511
en disputa
1 arts. citados
A1701009TM Confirmatoria Aduana 23 mar 2018

El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la Dirección General de Aduanas que determina el pago de Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) e IVA por más de $1.3 millones a una empresa importadora. La determinación se origina porque las mercancías importadas (aceites) fueron declaradas como no originarias de Guatemala en un procedimiento de verificación previo, perdiendo así el beneficio de libre comercio. El Tribunal rechaza el argumento de prejudicialidad del importador, estableciendo que el proceso de verificación de origen y el de liquidación de impuestos son independientes y que el acto que denegó el origen es ejecutivo.

Lección: El importador es el responsable final del pago de los tributos aduaneros, y asume el riesgo si la certificación de origen proporcionada por el exportador resulta ser incorrecta. Un proceso judicial contra la resolución que declara una mercancía como no originaria no suspende automáticamente la obligación de pagar los impuestos liquidados como consecuencia de dicha resolución, a menos que se obtenga una medida cautelar específica del tribunal.

$1,316,656
en disputa
1 arts. citados
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