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2018

172 sentencias analizadas

DGII gana
82.2%
En disputa
$67,822,539
Filtrar por tipo de fallo:

Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$44,940,384
66.3% del total
Revocatorias
$4,077,477
6.0% del total
Modificatorias
$17,735,905
26.2% del total
Improponibles
$4,927
0.0% del total
Otros
$1,063,846
1.6% del total

Tendencia Mensual

Ene
Feb
Mar
Abr
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Sep
Oct
Nov
Dic
Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Renta IVA Aduana Otros Código Tributario Total Mes
Ene $7,711,355 $696,278 - - - $8,407,634
Feb $442,279 $3,326,638 $2,438 $287,322 $3,224 $4,061,901
Mar $944,177 $10,595,377 $1,360,255 - - $12,899,810
Abr $1,888,272 $165,233 $63,221 - - $2,116,726
May $2,729,955 $4,716,625 $2,490 - $1,063,590 $8,512,660
Jun $328,763 - - - $9,217 $337,980
Jul $4,169,662 $798,781 $170,587 - $2,265 $5,141,295
Ago $234,780 - - - $19,039 $253,820
Sep $2,242,890 - $1,096,834 - $12,275 $3,351,999
Oct $3,314,493 - $302,356 - $6,101 $3,622,950
Nov $1,592,047 $277,983 $189,614 - $19,071 $2,078,715
Dic $15,982,732 $1,051,879 $2,437 - - $17,037,048
Total $41,581,406 $21,628,796 $3,190,232 $287,322 $1,134,783 $67,822,539

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R1712002TM Confirmatoria Renta 26 oct 2018

El Tribunal confirma la decisión de la DGII de gravar como renta una donación de inmuebles que una contribuyente recibió de sus hermanas. Se establece que la exención fiscal para donaciones del Art. 3 de la Ley de Renta aplica únicamente a relaciones de parentesco en línea recta (ascendientes/descendientes) y no a las colaterales (hermanos), confirmando también la multa por evasión intencional.

Lección: Las donaciones entre hermanos no están exentas del Impuesto sobre la Renta en El Salvador. La exención del artículo 3 numeral 3 de la Ley de Impuesto sobre la Renta es de aplicación estricta y se limita a transferencias entre cónyuges y parientes en línea recta de consanguinidad (padres, hijos, abuelos, nietos), por lo que las donaciones entre parientes colaterales deben ser declaradas como renta gravada.

$44,604
en disputa
16 arts. citados
C1806007M Confirmatoria Código Tributario 26 oct 2018

El Tribunal confirma una multa impuesta a un auditor fiscal por no presentar el dictamen e informe fiscal de un contribuyente para el ejercicio 2014. El argumento del auditor, basado en una renuncia presentada en 2017, fue desestimado por ser extemporáneo, ya que la infracción se había configurado más de dos años antes.

Lección: El auditor fiscal debe renunciar a su cargo antes del vencimiento del plazo para presentar el dictamen si existen impedimentos para realizar su trabajo, como la falta de colaboración del cliente. La renuncia debe ser oportuna y documentada adecuadamente para eximir de responsabilidad por incumplimiento.

$3,020
en disputa
10 arts. citados
A1810019D Improponible Aduana 25 oct 2018

Un contribuyente solicitó a la Dirección General de Aduanas la devolución de $11,274.51 en Derechos Arancelarios a la Importación (DAI). La DGA declaró inadmisible la solicitud y el contribuyente apeló ante el TAIIA. El Tribunal declaró improponible el recurso, argumentando que no tiene competencia para resolver sobre denegatorias de devolución de impuestos, ya que su jurisdicción se limita a casos específicos como liquidaciones de oficio, sanciones, valoración, entre otros, según el artículo 624 del RECAUCA.

Lección: Es crucial identificar la vía procesal correcta para cada tipo de reclamo tributario. Las apelaciones ante el TAIIA en materia aduanera solo proceden contra los actos específicos listados en la ley (Art. 624 RECAUCA). Para impugnar la denegatoria de una solicitud de devolución de impuestos, la vía adecuada es la jurisdicción contencioso-administrativa, no el TAIIA.

3 arts. citados
R1603016TM Confirmatoria Renta 25 oct 2018

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta la deducción del costo de fletes internacionales y determina un impuesto a pagar más una multa a un contribuyente. La empresa importó mercancías bajo la modalidad CIF pero no realizó la retención del 5% de Impuesto sobre la Renta sobre el valor de los fletes pagados a sus proveedores no domiciliados, incumpliendo un requisito para la deducibilidad de dicho costo.

Lección: Al importar bienes bajo términos CIF (Costo, Seguro y Flete), la porción del pago al proveedor extranjero que corresponde al flete internacional es considerada un servicio utilizado en El Salvador y está sujeta a una retención del 5% de Impuesto sobre la Renta. Para poder deducir legalmente este costo, el importador debe obligatoriamente efectuar, declarar y pagar dicha retención.

$118,699
en disputa
22 arts. citados
R1803002M Confirmatoria Renta 25 oct 2018

El contribuyente omitió presentar su declaración de Renta de 2014, no declarando ingresos por la venta de un inmueble. Durante la fiscalización, pagó el impuesto determinado ($71,583.22) pero la DGII posteriormente le impuso multas por evasión intencional y omisión de declaración. El contribuyente apeló, argumentando que debía aplicársele una ley de amnistía fiscal que entró en vigencia después de su pago, pero el Tribunal confirmó las multas al establecer que la ley no es retroactiva y el pago debió hacerse durante su vigencia para obtener el beneficio.

Lección: Los beneficios de las leyes de amnistía fiscal no son retroactivos. Para acogerse a una amnistía, el pago de los tributos adeudados debe realizarse estrictamente dentro del período de vigencia de dicha ley. Pagar la deuda antes de que la amnistía entre en vigor no otorga derecho a sus beneficios, y no exime de las sanciones correspondientes, aunque sí puede dar lugar a atenuantes.

$113,101
en disputa
29 arts. citados
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