2019
231 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Aduana | Renta | IVA | Código Tributario | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $7,739,282 Aduana - Ene
Monto:
$7,739,282
% del total general:
4.52%
| $3,789,491 Renta - Ene
Monto:
$3,789,491
% del total general:
2.21%
| $919,367 IVA - Ene
Monto:
$919,367
% del total general:
0.54%
| - | $12,448,140 |
| Feb | $62,522 Aduana - Feb
Monto:
$62,522
% del total general:
0.04%
| $16,506,146 Renta - Feb
Monto:
$16,506,146
% del total general:
9.65%
| $299,735 IVA - Feb
Monto:
$299,735
% del total general:
0.18%
| $705 Código Tributario - Feb
Monto:
$705
% del total general:
0.00%
| $16,869,107 |
| Mar | $321,497 Aduana - Mar
Monto:
$321,497
% del total general:
0.19%
| $2,590,934 Renta - Mar
Monto:
$2,590,934
% del total general:
1.51%
| $2,196,707 IVA - Mar
Monto:
$2,196,707
% del total general:
1.28%
| $20,209 Código Tributario - Mar
Monto:
$20,209
% del total general:
0.01%
| $5,129,347 |
| Abr | $6,856,397 Aduana - Abr
Monto:
$6,856,397
% del total general:
4.01%
| $9,514,894 Renta - Abr
Monto:
$9,514,894
% del total general:
5.56%
| $245,427 IVA - Abr
Monto:
$245,427
% del total general:
0.14%
| $14,748 Código Tributario - Abr
Monto:
$14,748
% del total general:
0.01%
| $16,631,466 |
| May | $702,438 Aduana - May
Monto:
$702,438
% del total general:
0.41%
| $15,740,297 Renta - May
Monto:
$15,740,297
% del total general:
9.20%
| - | $1,007 Código Tributario - May
Monto:
$1,007
% del total general:
0.00%
| $16,443,742 |
| Jun | $188,474 Aduana - Jun
Monto:
$188,474
% del total general:
0.11%
| $18,012,130 Renta - Jun
Monto:
$18,012,130
% del total general:
10.53%
| $213,799 IVA - Jun
Monto:
$213,799
% del total general:
0.12%
| - | $18,414,403 |
| Jul | $319,753 Aduana - Jul
Monto:
$319,753
% del total general:
0.19%
| $11,637,602 Renta - Jul
Monto:
$11,637,602
% del total general:
6.80%
| $246,676 IVA - Jul
Monto:
$246,676
% del total general:
0.14%
| $35,065 Código Tributario - Jul
Monto:
$35,065
% del total general:
0.02%
| $12,239,096 |
| Ago | $568,710 Aduana - Ago
Monto:
$568,710
% del total general:
0.33%
| $1,783,512 Renta - Ago
Monto:
$1,783,512
% del total general:
1.04%
| $855,013 IVA - Ago
Monto:
$855,013
% del total general:
0.50%
| - | $3,207,235 |
| Sep | $264,425 Aduana - Sep
Monto:
$264,425
% del total general:
0.15%
| $244,660 Renta - Sep
Monto:
$244,660
% del total general:
0.14%
| - | - | $509,085 |
| Oct | $90,522 Aduana - Oct
Monto:
$90,522
% del total general:
0.05%
| $5,950,848 Renta - Oct
Monto:
$5,950,848
% del total general:
3.48%
| $5,151,138 IVA - Oct
Monto:
$5,151,138
% del total general:
3.01%
| - | $11,192,509 |
| Nov | $352,302 Aduana - Nov
Monto:
$352,302
% del total general:
0.21%
| $19,482,163 Renta - Nov
Monto:
$19,482,163
% del total general:
11.38%
| $7,088,309 IVA - Nov
Monto:
$7,088,309
% del total general:
4.14%
| - | $26,922,775 |
| Dic | $24,892 Aduana - Dic
Monto:
$24,892
% del total general:
0.01%
| $31,000,038 Renta - Dic
Monto:
$31,000,038
% del total general:
18.12%
| $96,965 IVA - Dic
Monto:
$96,965
% del total general:
0.06%
| - | $31,121,895 |
| Total | $17,491,214 | $136,252,716 | $17,313,135 | $71,733 | $171,128,798 |
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El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta de $85,393.62 a un contribuyente por un incremento patrimonial no justificado de $284,645.38. Dicho incremento fue detectado a través de depósitos en sus cuentas bancarias personales, incluyendo transferencias del exterior, cuyo origen el contribuyente no pudo documentar ni justificar adecuadamente durante la fiscalización.
Lección: Es crucial que todo contribuyente documente y conserve rigurosamente los soportes del origen de todos los fondos que ingresan a sus cuentas bancarias, especialmente si son montos significativos o provienen del exterior. La falta de justificación puede llevar a que la autoridad tributaria presuma que se trata de renta gravada no declarada, invirtiendo la carga de la prueba en contra del contribuyente.
El contribuyente no presentó su declaración de Impuesto sobre la Renta para el ejercicio 2014. La DGII, mediante una auditoría y utilizando información de terceros (compulsas), detectó ingresos no declarados por $269,933.37, liquidando de oficio el impuesto y aplicando múltiples multas por evasión, omisión de declaraciones y no presentar información. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión de la DGII, validando el uso de información de terceros para la determinación sobre base cierta y desestimando los alegatos del contribuyente sobre vicios de procedimiento.
Lección: Es imperativo cumplir con todas las obligaciones tributarias formales, como presentar declaraciones y llevar registros contables, incluso si se considera que no hay impuesto a pagar. La Administración Tributaria tiene la facultad de utilizar información de clientes, proveedores y bancos para reconstruir los ingresos de un contribuyente y determinar impuestos y multas, especialmente cuando este no colabora proporcionando su propia documentación.
La DGII objetó la totalidad del costo de ventas de una contribuyente por no usar medios bancarios en compras mayores a 25 salarios mínimos y por no llevar un registro de control de inventarios. El Tribunal de Apelaciones confirmó la objeción por la falta de bancarización, pero revocó la objeción relacionada con el registro de inventarios debido a que la DGII violó el derecho de audiencia de la contribuyente al no permitirle defenderse de nuevos hallazgos sobre dicho registro. En consecuencia, se modificó el impuesto y la multa a pagar.
Lección: Es indispensable realizar todos los pagos de compras por montos superiores a 25 salarios mínimos a través de medios bancarios (cheque, transferencia, etc.) y conservar pruebas que vinculen inequívocamente el pago con la factura. Además, si la autoridad fiscal encuentra nuevas irregularidades durante el proceso de audiencia, debe garantizar el derecho del contribuyente a defenderse de esos nuevos señalamientos.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta costos de venta por $869,934.08 a una contribuyente, debido a que realizó compras de mercadería por montos superiores a 25 salarios mínimos pagando en efectivo, incumpliendo el requisito de bancarización del Art. 29-A de la Ley de Impuesto sobre la Renta. Consecuentemente, se confirma la determinación de impuesto complementario por $259,150.41 y una multa por evasión no intencional de $64,787.60.
Lección: Toda compra de bienes o servicios por un valor igual o superior a 25 salarios mínimos mensuales debe ser pagada exclusivamente a través de medios bancarios (cheque, transferencia, tarjeta de crédito/débito). El pago en efectivo de dichas operaciones, aunque estén documentadas con facturas y registradas contablemente, provocará que el costo o gasto no sea deducible para efectos del Impuesto sobre la Renta.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta costos de venta por $864,690.30 a un contribuyente, debido a que realizó compras de mercadería pagadas en efectivo que superaban los umbrales legales que exigen el uso de medios bancarizados (25 y 58 salarios mínimos). El Tribunal desestima el argumento de confiscatoriedad del contribuyente, al no probar una afectación sustancial a su patrimonio, y confirma la multa por evasión no intencional al considerar que presentó una declaración incorrecta.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de costos y gastos, es crucial que todas las operaciones de compra de bienes o servicios que superen los 25 salarios mínimos (o que acumuladas con un mismo proveedor en 10 días superen los 58 salarios mínimos) se paguen exclusivamente a través de medios bancarizados como cheques, transferencias bancarias o tarjetas. El pago en efectivo de dichas operaciones, aunque sean reales, provocará el rechazo de la deducción y la consecuente determinación de impuestos y multas.