2019
231 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Aduana | Renta | IVA | Código Tributario | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $7,739,282 Aduana - Ene
Monto:
$7,739,282
% del total general:
4.52%
| $3,789,491 Renta - Ene
Monto:
$3,789,491
% del total general:
2.21%
| $919,367 IVA - Ene
Monto:
$919,367
% del total general:
0.54%
| - | $12,448,140 |
| Feb | $62,522 Aduana - Feb
Monto:
$62,522
% del total general:
0.04%
| $16,506,146 Renta - Feb
Monto:
$16,506,146
% del total general:
9.65%
| $299,735 IVA - Feb
Monto:
$299,735
% del total general:
0.18%
| $705 Código Tributario - Feb
Monto:
$705
% del total general:
0.00%
| $16,869,107 |
| Mar | $321,497 Aduana - Mar
Monto:
$321,497
% del total general:
0.19%
| $2,590,934 Renta - Mar
Monto:
$2,590,934
% del total general:
1.51%
| $2,196,707 IVA - Mar
Monto:
$2,196,707
% del total general:
1.28%
| $20,209 Código Tributario - Mar
Monto:
$20,209
% del total general:
0.01%
| $5,129,347 |
| Abr | $6,856,397 Aduana - Abr
Monto:
$6,856,397
% del total general:
4.01%
| $9,514,894 Renta - Abr
Monto:
$9,514,894
% del total general:
5.56%
| $245,427 IVA - Abr
Monto:
$245,427
% del total general:
0.14%
| $14,748 Código Tributario - Abr
Monto:
$14,748
% del total general:
0.01%
| $16,631,466 |
| May | $702,438 Aduana - May
Monto:
$702,438
% del total general:
0.41%
| $15,740,297 Renta - May
Monto:
$15,740,297
% del total general:
9.20%
| - | $1,007 Código Tributario - May
Monto:
$1,007
% del total general:
0.00%
| $16,443,742 |
| Jun | $188,474 Aduana - Jun
Monto:
$188,474
% del total general:
0.11%
| $18,012,130 Renta - Jun
Monto:
$18,012,130
% del total general:
10.53%
| $213,799 IVA - Jun
Monto:
$213,799
% del total general:
0.12%
| - | $18,414,403 |
| Jul | $319,753 Aduana - Jul
Monto:
$319,753
% del total general:
0.19%
| $11,637,602 Renta - Jul
Monto:
$11,637,602
% del total general:
6.80%
| $246,676 IVA - Jul
Monto:
$246,676
% del total general:
0.14%
| $35,065 Código Tributario - Jul
Monto:
$35,065
% del total general:
0.02%
| $12,239,096 |
| Ago | $568,710 Aduana - Ago
Monto:
$568,710
% del total general:
0.33%
| $1,783,512 Renta - Ago
Monto:
$1,783,512
% del total general:
1.04%
| $855,013 IVA - Ago
Monto:
$855,013
% del total general:
0.50%
| - | $3,207,235 |
| Sep | $264,425 Aduana - Sep
Monto:
$264,425
% del total general:
0.15%
| $244,660 Renta - Sep
Monto:
$244,660
% del total general:
0.14%
| - | - | $509,085 |
| Oct | $90,522 Aduana - Oct
Monto:
$90,522
% del total general:
0.05%
| $5,950,848 Renta - Oct
Monto:
$5,950,848
% del total general:
3.48%
| $5,151,138 IVA - Oct
Monto:
$5,151,138
% del total general:
3.01%
| - | $11,192,509 |
| Nov | $352,302 Aduana - Nov
Monto:
$352,302
% del total general:
0.21%
| $19,482,163 Renta - Nov
Monto:
$19,482,163
% del total general:
11.38%
| $7,088,309 IVA - Nov
Monto:
$7,088,309
% del total general:
4.14%
| - | $26,922,775 |
| Dic | $24,892 Aduana - Dic
Monto:
$24,892
% del total general:
0.01%
| $31,000,038 Renta - Dic
Monto:
$31,000,038
% del total general:
18.12%
| $96,965 IVA - Dic
Monto:
$96,965
% del total general:
0.06%
| - | $31,121,895 |
| Total | $17,491,214 | $136,252,716 | $17,313,135 | $71,733 | $171,128,798 |
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La Dirección General de Aduanas determinó impuestos y multas a un contribuyente por subdeclarar el valor de sus importaciones y por no entregar contratos de franquicia en español. El Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación de impuestos, pero modificó las multas aplicando retroactivamente reformas legales más favorables y concediendo una reducción del 50% por los cargos que el contribuyente aceptó, aunque mantuvo la sanción por no entregar la información a tiempo.
Lección: Es crucial responder a los requerimientos de la administración tributaria y aduanera de forma completa, dentro de los plazos establecidos y en el idioma solicitado (español). Las cláusulas de confidencialidad no son excusa para no entregar información, y la entrega tardía de documentos no subsana la infracción por incumplimiento de deberes formales ya cometida durante la fiscalización.
El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII que le determinó Impuesto Sobre la Renta y le impuso tres multas. El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso por haber sido presentado de forma extemporánea, casi un año después de vencido el plazo legal de quince días hábiles, dejando firme la decisión de la administración tributaria.
Lección: Es crucial respetar los plazos procesales para interponer recursos. El plazo de quince días hábiles para apelar ante el TAIIA es perentorio e improrrogable; su incumplimiento provoca la inadmisibilidad del recurso y la firmeza del acto administrativo, perdiendo la oportunidad de discutir el fondo del caso.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta por ganancia de capital no declarada, derivada de la venta de un inmueble. La DGII calculó la ganancia restando el costo de adquisición (según escritura de 1998) del precio de venta (según escritura de 2014), rechazando las mejoras alegadas por el contribuyente por falta de documentación de respaldo y por no llevar contabilidad en el ejercicio fiscalizado. También se confirman las multas por evasión intencional y por omitir llevar contabilidad.
Lección: Para poder deducir el costo de las mejoras realizadas a un bien inmueble al momento de calcular la ganancia de capital, es indispensable conservar toda la documentación de respaldo idónea (facturas, CCF, contratos) que demuestre fehacientemente dichos costos y registrarlos contablemente en el período correspondiente. Un valúo pericial por sí solo no es suficiente para probar el costo de las mejoras.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta de $17,864.98 y una multa por evasión de $8,932.49 a un contribuyente persona natural. La decisión se basa en la detección de rentas no declaradas, la objeción de costos de venta por no llevar un registro de control de inventarios, y la no deducibilidad de gastos de sueldos por omitir las retenciones de seguridad social y por auto-asignarse un salario.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de costos y gastos, es crucial cumplir con todas las obligaciones formales y sustantivas. Esto incluye llevar un Registro de Control de Inventarios detallado si se transfieren bienes, y realizar y enterar todas las retenciones legales (seguridad social, pensiones) sobre los salarios pagados a empleados. Además, el dueño de un negocio no puede deducir un salario para sí mismo.
La DGII ajustó el Impuesto sobre la Renta de 2013 de un contribuyente, argumentando que sus precios de transferencia no eran de mercado, basando su análisis en las Directrices de la OCDE. El TAIIA revocó la decisión, dictaminando que la DGII actuó ilegalmente al usar una metodología no prevista en la ley salvadoreña vigente en ese año, la cual exigía seguir el procedimiento específico del artículo 199-B del Código Tributario.
Lección: La Administración Tributaria debe ceñirse estrictamente a los procedimientos y metodologías establecidos en la ley vigente para el período fiscalizado. La aplicación de guías o estándares internacionales, aunque sean una referencia técnica, es ilegal si no están formalmente incorporados en la normativa nacional, en virtud de los principios de legalidad y reserva de ley.