2019
231 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Aduana | Renta | IVA | Código Tributario | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $7,739,282 Aduana - Ene
Monto:
$7,739,282
% del total general:
4.52%
| $3,789,491 Renta - Ene
Monto:
$3,789,491
% del total general:
2.21%
| $919,367 IVA - Ene
Monto:
$919,367
% del total general:
0.54%
| - | $12,448,140 |
| Feb | $62,522 Aduana - Feb
Monto:
$62,522
% del total general:
0.04%
| $16,506,146 Renta - Feb
Monto:
$16,506,146
% del total general:
9.65%
| $299,735 IVA - Feb
Monto:
$299,735
% del total general:
0.18%
| $705 Código Tributario - Feb
Monto:
$705
% del total general:
0.00%
| $16,869,107 |
| Mar | $321,497 Aduana - Mar
Monto:
$321,497
% del total general:
0.19%
| $2,590,934 Renta - Mar
Monto:
$2,590,934
% del total general:
1.51%
| $2,196,707 IVA - Mar
Monto:
$2,196,707
% del total general:
1.28%
| $20,209 Código Tributario - Mar
Monto:
$20,209
% del total general:
0.01%
| $5,129,347 |
| Abr | $6,856,397 Aduana - Abr
Monto:
$6,856,397
% del total general:
4.01%
| $9,514,894 Renta - Abr
Monto:
$9,514,894
% del total general:
5.56%
| $245,427 IVA - Abr
Monto:
$245,427
% del total general:
0.14%
| $14,748 Código Tributario - Abr
Monto:
$14,748
% del total general:
0.01%
| $16,631,466 |
| May | $702,438 Aduana - May
Monto:
$702,438
% del total general:
0.41%
| $15,740,297 Renta - May
Monto:
$15,740,297
% del total general:
9.20%
| - | $1,007 Código Tributario - May
Monto:
$1,007
% del total general:
0.00%
| $16,443,742 |
| Jun | $188,474 Aduana - Jun
Monto:
$188,474
% del total general:
0.11%
| $18,012,130 Renta - Jun
Monto:
$18,012,130
% del total general:
10.53%
| $213,799 IVA - Jun
Monto:
$213,799
% del total general:
0.12%
| - | $18,414,403 |
| Jul | $319,753 Aduana - Jul
Monto:
$319,753
% del total general:
0.19%
| $11,637,602 Renta - Jul
Monto:
$11,637,602
% del total general:
6.80%
| $246,676 IVA - Jul
Monto:
$246,676
% del total general:
0.14%
| $35,065 Código Tributario - Jul
Monto:
$35,065
% del total general:
0.02%
| $12,239,096 |
| Ago | $568,710 Aduana - Ago
Monto:
$568,710
% del total general:
0.33%
| $1,783,512 Renta - Ago
Monto:
$1,783,512
% del total general:
1.04%
| $855,013 IVA - Ago
Monto:
$855,013
% del total general:
0.50%
| - | $3,207,235 |
| Sep | $264,425 Aduana - Sep
Monto:
$264,425
% del total general:
0.15%
| $244,660 Renta - Sep
Monto:
$244,660
% del total general:
0.14%
| - | - | $509,085 |
| Oct | $90,522 Aduana - Oct
Monto:
$90,522
% del total general:
0.05%
| $5,950,848 Renta - Oct
Monto:
$5,950,848
% del total general:
3.48%
| $5,151,138 IVA - Oct
Monto:
$5,151,138
% del total general:
3.01%
| - | $11,192,509 |
| Nov | $352,302 Aduana - Nov
Monto:
$352,302
% del total general:
0.21%
| $19,482,163 Renta - Nov
Monto:
$19,482,163
% del total general:
11.38%
| $7,088,309 IVA - Nov
Monto:
$7,088,309
% del total general:
4.14%
| - | $26,922,775 |
| Dic | $24,892 Aduana - Dic
Monto:
$24,892
% del total general:
0.01%
| $31,000,038 Renta - Dic
Monto:
$31,000,038
% del total general:
18.12%
| $96,965 IVA - Dic
Monto:
$96,965
% del total general:
0.06%
| - | $31,121,895 |
| Total | $17,491,214 | $136,252,716 | $17,313,135 | $71,733 | $171,128,798 |
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El Tribunal de Apelaciones revisó una determinación de IVA en la que la DGII objetó créditos fiscales de importaciones por no cumplir con el requisito de bancarización, además de sancionar por incumplimientos formales. El Tribunal revocó la objeción principal, estableciendo que la bancarización no aplica a importaciones, pero confirmó las multas por la presentación extemporánea del F-930 y por llevar incorrectamente los libros de IVA. Asimismo, confirmó la determinación de impuesto por una compra no registrada que hizo presumir ventas omitidas.
Lección: El requisito de utilizar medios bancarios para pagos superiores a 58 salarios mínimos a fin de deducir costos y créditos fiscales no se extiende a las importaciones o internaciones de mercancías, ya que estas constituyen un hecho generador distinto a la adquisición de bienes en territorio nacional. Sin embargo, el cumplimiento riguroso de los deberes formales, como la correcta llevanza de libros y la presentación oportuna de informes, es fundamental, ya que las sanciones por estos incumplimientos se mantienen incluso si se gana la disputa principal sobre el impuesto.
La DGII objetó deducciones por servicios intragrupo (management fees, SAP, salarios de expatriados) reclamados por una filial, argumentando que no eran necesarios para la operación local sino que beneficiaban a la casa matriz. El TAIIA confirmó la decisión, estableciendo que el contribuyente no logró probar la necesidad y el beneficio directo de dichos gastos, ratificando así el ajuste de impuesto y la multa por evasión no intencional.
Lección: Para deducir gastos por servicios intragrupo, es crucial documentar exhaustivamente no solo la prestación del servicio, sino su necesidad imperativa y el beneficio concreto y cuantificable para la filial local. La simple existencia de contratos o facturas de la casa matriz es insuficiente; se debe demostrar que el servicio no es una actividad de control del accionista ('stewardship') y que no duplica capacidades ya existentes en la empresa.
El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta omitido y una multa por evasión no intencional a un contribuyente. La decisión se fundamenta en el rechazo de múltiples deducciones de costos y gastos (compras, salarios, alquileres y combustibles) por no cumplir con requisitos formales indispensables, como el uso de medios de pago bancarios, la realización de retenciones y el adecuado soporte documental.
Lección: Para garantizar la deducibilidad de costos y gastos, es crucial cumplir estrictamente con todos los requisitos formales de la ley tributaria. Esto incluye utilizar medios de pago bancarizados para operaciones que superen los 25 salarios mínimos, realizar y enterar todas las retenciones aplicables (tanto de Renta como de seguridad social), y mantener un respaldo documental completo y válido para cada transacción registrada en la contabilidad.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto complementario de Renta y una multa por evasión intencional a una empresa de ingeniería. La sanción se originó por la omisión de ingresos, que fueron detectados al comparar la declaración con las facturas emitidas, y por el rechazo de deducciones de costos y gastos, incluyendo salarios, por falta de documentación de respaldo y por no haber realizado las retenciones de ley (ISSS, AFP, Renta).
Lección: Es crucial para toda empresa mantener una contabilidad ordenada y con soporte documental idóneo para cada operación. Para deducir gastos de salarios, no basta con pagarlos, es indispensable realizar y enterar todas las retenciones legales (Renta, ISSS, AFP), ya que el incumplimiento de esta condición anula la deducibilidad del gasto.
El Tribunal revoca una objeción de la DGII sobre un gasto de comisión de $2.5 millones. Aunque el contribuyente no probó adecuadamente la prestación del servicio, el Tribunal determinó que la resolución de la DGII era ilegal por violar el principio de congruencia y el derecho de defensa, al fundamentar la objeción en la 'falta de necesidad' del gasto cuando su investigación se centró en la 'falta de existencia' del mismo.
Lección: Para que una deducción por servicios sea válida, no basta con tener un contrato y facturas; es crucial documentar y poder demostrar la prestación real y efectiva del servicio (materialización). Sin embargo, la Administración Tributaria también está obligada a ser clara y coherente en sus argumentos; una objeción basada en fundamentos contradictorios puede ser declarada ilegal, incluso si el contribuyente tenía debilidades probatorias.