2020
197 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | Aduana | IVA | Código Tributario | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $10,903,122 Renta - Ene
Monto:
$10,903,122
% del total general:
10.82%
| $93,204 Aduana - Ene
Monto:
$93,204
% del total general:
0.09%
| $27,648 IVA - Ene
Monto:
$27,648
% del total general:
0.03%
| $23,520 Código Tributario - Ene
Monto:
$23,520
% del total general:
0.02%
| - | $11,047,493 |
| Feb | $2,439,705 Renta - Feb
Monto:
$2,439,705
% del total general:
2.42%
| $106,152 Aduana - Feb
Monto:
$106,152
% del total general:
0.11%
| $3,839,755 IVA - Feb
Monto:
$3,839,755
% del total general:
3.81%
| $2,034,696 Código Tributario - Feb
Monto:
$2,034,696
% del total general:
2.02%
| $1,230,860 Otros - Feb
Monto:
$1,230,860
% del total general:
1.22%
| $9,651,168 |
| Mar | - | $3,732 Aduana - Mar
Monto:
$3,732
% del total general:
0.00%
| - | - | - | $3,732 |
| Ago | $19,038,544 Renta - Ago
Monto:
$19,038,544
% del total general:
18.90%
| $2,108,017 Aduana - Ago
Monto:
$2,108,017
% del total general:
2.09%
| $1,712,888 IVA - Ago
Monto:
$1,712,888
% del total general:
1.70%
| $33,790 Código Tributario - Ago
Monto:
$33,790
% del total general:
0.03%
| $143,384 Otros - Ago
Monto:
$143,384
% del total general:
0.14%
| $23,036,622 |
| Sep | $18,687,522 Renta - Sep
Monto:
$18,687,522
% del total general:
18.55%
| $256,725 Aduana - Sep
Monto:
$256,725
% del total general:
0.25%
| $598,581 IVA - Sep
Monto:
$598,581
% del total general:
0.59%
| - | - | $19,542,827 |
| Oct | $21,501,396 Renta - Oct
Monto:
$21,501,396
% del total general:
21.34%
| $70,720 Aduana - Oct
Monto:
$70,720
% del total general:
0.07%
| $2,795,978 IVA - Oct
Monto:
$2,795,978
% del total general:
2.78%
| - | - | $24,368,095 |
| Nov | $8,544,827 Renta - Nov
Monto:
$8,544,827
% del total general:
8.48%
| $400,461 Aduana - Nov
Monto:
$400,461
% del total general:
0.40%
| $122,107 IVA - Nov
Monto:
$122,107
% del total general:
0.12%
| - | - | $9,067,395 |
| Dic | $3,903,996 Renta - Dic
Monto:
$3,903,996
% del total general:
3.87%
| $41,232 Aduana - Dic
Monto:
$41,232
% del total general:
0.04%
| $81,590 IVA - Dic
Monto:
$81,590
% del total general:
0.08%
| $11,340 Código Tributario - Dic
Monto:
$11,340
% del total general:
0.01%
| - | $4,038,158 |
| Total | $85,019,111 | $3,080,244 | $9,178,547 | $2,103,346 | $1,374,244 | $100,755,491 |
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El contribuyente apeló una resolución de la DGII que determinó Impuesto sobre la Renta omitido, objetó costos de venta por no retener ISR en fletes internacionales, objetó gastos con relacionadas por falta de necesidad y aplicó múltiples multas. El Tribunal confirmó la mayoría de los hallazgos de la DGII, incluyendo la determinación de impuesto y las objeciones a costos y gastos, pero revocó la multa por presentar información incompleta, al considerar que la DGII exigió documentación no requerida por ley para ese período.
Lección: Es crucial cumplir rigurosamente con los requisitos formales de los documentos tributarios, como referenciar el CCF en las notas de crédito. Además, se debe retener ISR sobre todos los pagos a no domiciliados por servicios utilizados en el país, incluyendo fletes internacionales aunque estén incorporados en el precio de la mercancía. Finalmente, para deducir gastos con partes relacionadas, es indispensable documentar y probar fehacientemente no solo el pago, sino la necesidad del servicio para la generación de renta.
La autoridad aduanera denegó la exención de aranceles (DAI) a un importador bajo el TLC con México, debido a que el Certificado de Origen fue emitido por un exportador en EE.UU. (país no miembro) y no se probó el control aduanero durante el tránsito. El Tribunal confirmó la determinación de impuestos (DAI e IVA) pero modificó la multa del 300% al 100% del impuesto, aplicando retroactivamente una reforma legal más favorable para el contribuyente.
Lección: Para aplicar a beneficios de un Tratado de Libre Comercio, es fundamental verificar que todos los documentos, especialmente el Certificado de Origen, cumplan rigurosamente con las estipulaciones del tratado, como la ubicación del exportador. Si la mercancía transita por un país no miembro, es imperativo documentar y probar que permaneció bajo vigilancia aduanera para no perder el beneficio arancelario.