2022
216 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Aduana | Código Tributario | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $1,623,183 Renta - Ene
Monto:
$1,623,183
% del total general:
1.50%
| $791,016 IVA - Ene
Monto:
$791,016
% del total general:
0.73%
| $123,659 Aduana - Ene
Monto:
$123,659
% del total general:
0.11%
| $2,838 Código Tributario - Ene
Monto:
$2,838
% del total general:
0.00%
| - | $2,540,696 |
| Feb | $8,106,096 Renta - Feb
Monto:
$8,106,096
% del total general:
7.50%
| $781,242 IVA - Feb
Monto:
$781,242
% del total general:
0.72%
| $46,335 Aduana - Feb
Monto:
$46,335
% del total general:
0.04%
| $31,064 Código Tributario - Feb
Monto:
$31,064
% del total general:
0.03%
| - | $8,964,736 |
| Mar | $5,093,570 Renta - Mar
Monto:
$5,093,570
% del total general:
4.71%
| $949,941 IVA - Mar
Monto:
$949,941
% del total general:
0.88%
| $42,270 Aduana - Mar
Monto:
$42,270
% del total general:
0.04%
| $132,577 Código Tributario - Mar
Monto:
$132,577
% del total general:
0.12%
| $675 Otros - Mar
Monto:
$675
% del total general:
0.00%
| $6,219,033 |
| Abr | $1,343,778 Renta - Abr
Monto:
$1,343,778
% del total general:
1.24%
| $191,328 IVA - Abr
Monto:
$191,328
% del total general:
0.18%
| $5,111 Aduana - Abr
Monto:
$5,111
% del total general:
0.00%
| $675 Código Tributario - Abr
Monto:
$675
% del total general:
0.00%
| - | $1,540,891 |
| May | $400,230 Renta - May
Monto:
$400,230
% del total general:
0.37%
| $1,372,715 IVA - May
Monto:
$1,372,715
% del total general:
1.27%
| $201,799 Aduana - May
Monto:
$201,799
% del total general:
0.19%
| $42,069 Código Tributario - May
Monto:
$42,069
% del total general:
0.04%
| - | $2,016,813 |
| Jun | $3,227,458 Renta - Jun
Monto:
$3,227,458
% del total general:
2.99%
| $10,339,556 IVA - Jun
Monto:
$10,339,556
% del total general:
9.57%
| - | $32,003 Código Tributario - Jun
Monto:
$32,003
% del total general:
0.03%
| - | $13,599,017 |
| Jul | $1,171,508 Renta - Jul
Monto:
$1,171,508
% del total general:
1.08%
| $694,432 IVA - Jul
Monto:
$694,432
% del total general:
0.64%
| $22,018 Aduana - Jul
Monto:
$22,018
% del total general:
0.02%
| $69,717 Código Tributario - Jul
Monto:
$69,717
% del total general:
0.06%
| - | $1,957,674 |
| Ago | $4,347,886 Renta - Ago
Monto:
$4,347,886
% del total general:
4.02%
| $2,258,422 IVA - Ago
Monto:
$2,258,422
% del total general:
2.09%
| $58,911 Aduana - Ago
Monto:
$58,911
% del total general:
0.05%
| - | - | $6,665,220 |
| Sep | $4,654,154 Renta - Sep
Monto:
$4,654,154
% del total general:
4.31%
| $673,580 IVA - Sep
Monto:
$673,580
% del total general:
0.62%
| $368,331 Aduana - Sep
Monto:
$368,331
% del total general:
0.34%
| - | - | $5,696,065 |
| Oct | $11,808,490 Renta - Oct
Monto:
$11,808,490
% del total general:
10.93%
| $404,656 IVA - Oct
Monto:
$404,656
% del total general:
0.37%
| $18,286 Aduana - Oct
Monto:
$18,286
% del total general:
0.02%
| $24,602 Código Tributario - Oct
Monto:
$24,602
% del total general:
0.02%
| - | $12,256,035 |
| Nov | $8,809,920 Renta - Nov
Monto:
$8,809,920
% del total general:
8.15%
| $589,696 IVA - Nov
Monto:
$589,696
% del total general:
0.55%
| $123,019 Aduana - Nov
Monto:
$123,019
% del total general:
0.11%
| $22,486 Código Tributario - Nov
Monto:
$22,486
% del total general:
0.02%
| - | $9,545,121 |
| Dic | $35,439,131 Renta - Dic
Monto:
$35,439,131
% del total general:
32.79%
| $1,360,074 IVA - Dic
Monto:
$1,360,074
% del total general:
1.26%
| $76,202 Aduana - Dic
Monto:
$76,202
% del total general:
0.07%
| $209,415 Código Tributario - Dic
Monto:
$209,415
% del total general:
0.19%
| - | $37,084,822 |
| Total | $86,025,404 | $20,406,657 | $1,085,940 | $567,446 | $675 | $108,086,122 |
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El Tribunal de Apelaciones modifica una resolución de la DGII contra una aerolínea por IVA. El Tribunal anula los reparos por servicios de transporte aéreo a otras aerolíneas (citando jurisprudencia) y por venta de millas (por falta de prueba de la DGII), pero confirma el reparo por una bonificación del programa de lealtad, considerándola un servicio gravado. Consecuentemente, se revoca la multa asociada a los puntos anulados.
Lección: Es crucial analizar la naturaleza económica real de cada operación para determinar si constituye un hecho generador de IVA. En servicios complejos como el transporte aéreo y los programas de lealtad, se debe distinguir entre un único servicio con múltiples actores y prestaciones de servicios distintas. Además, la carga de la prueba recae en la Administración Tributaria, que debe demostrar fehacientemente la ocurrencia del hecho generador que pretende gravar.
El Tribunal confirma una multa impuesta a un auditor fiscal por no presentar un dictamen fiscal. El auditor alegó indefensión por no haber sido notificado, ya que había cambiado de domicilio. El Tribunal determinó que la notificación fue válida porque la DGII la realizó en la última dirección registrada por el contribuyente, siendo responsabilidad de este mantenerla actualizada.
Lección: Es una obligación crítica para todo contribuyente mantener actualizada su dirección para recibir notificaciones ante la Administración Tributaria. No hacerlo no invalida las notificaciones enviadas a la dirección registrada, lo que puede resultar en la pérdida de oportunidades para defenderse en procedimientos sancionadores.
El Tribunal de Apelaciones confirma la multa impuesta por la DGII a un auditor fiscal por no presentar el Dictamen Fiscal del ejercicio 2015 en el plazo legal. El Tribunal determina que la presentación tardía, realizada después de ser requerido por la autoridad, no elimina la infracción, sino que solo da derecho a una reducción del 30% de la multa, ya que el auditor no probó ninguna causa de fuerza mayor que justificara su incumplimiento.
Lección: El cumplimiento de los plazos para la presentación de obligaciones formales, como el Dictamen Fiscal, es de carácter imperativo. Alegar imprevistos o fuerza mayor para justificar un incumplimiento requiere de pruebas fehacientes; de lo contrario, la sanción será aplicada, aunque se pueda obtener una reducción por subsanar la falta tras el requerimiento de la administración.
El Tribunal de Apelaciones confirma una multa de $6,479.91 impuesta por la DGII a un contribuyente por proporcionar información incompleta durante una fiscalización del ejercicio 2018. El contribuyente no entregó la documentación de soporte de dos cuentas bancarias ni los contratos de trabajo solicitados, a pesar de múltiples requerimientos y una visita de los auditores a sus oficinas.
Lección: Los contribuyentes deben responder de manera completa y diligente a los requerimientos de información de la Administración Tributaria. Afirmar que la documentación está disponible no es suficiente; debe ser efectivamente entregada cuando se solicita, ya que la no presentación, incluso por desorganización, se considera una infracción sancionable por entrega de información incompleta.
El contribuyente impugnó una resolución de la DGA que reclasificó una bebida de aloe vera, resultando en impuestos adicionales y una multa. El Tribunal revocó la resolución de la DGA por dos motivos principales: primero, la facultad de la DGA para fiscalizar varias de las importaciones había caducado; segundo, para las importaciones restantes, la DGA no motivó adecuadamente su decisión de reclasificación arancelaria, viciando de ilegalidad el acto.
Lección: La Administración Tributaria debe fundamentar exhaustivamente sus actos, especialmente en reclasificaciones arancelarias. No basta con citar la partida correcta, sino que es imperativo analizar y descartar con argumentos técnicos y legales (basados en notas legales y explicativas) la partida declarada por el contribuyente, explicando por qué la composición del producto lo excluye de una y lo incluye en otra, para que el acto no sea anulado por falta de motivación.