2022
216 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Aduana | Código Tributario | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $1,623,183 Renta - Ene
Monto:
$1,623,183
% del total general:
1.50%
| $791,016 IVA - Ene
Monto:
$791,016
% del total general:
0.73%
| $123,659 Aduana - Ene
Monto:
$123,659
% del total general:
0.11%
| $2,838 Código Tributario - Ene
Monto:
$2,838
% del total general:
0.00%
| - | $2,540,696 |
| Feb | $8,106,096 Renta - Feb
Monto:
$8,106,096
% del total general:
7.50%
| $781,242 IVA - Feb
Monto:
$781,242
% del total general:
0.72%
| $46,335 Aduana - Feb
Monto:
$46,335
% del total general:
0.04%
| $31,064 Código Tributario - Feb
Monto:
$31,064
% del total general:
0.03%
| - | $8,964,736 |
| Mar | $5,093,570 Renta - Mar
Monto:
$5,093,570
% del total general:
4.71%
| $949,941 IVA - Mar
Monto:
$949,941
% del total general:
0.88%
| $42,270 Aduana - Mar
Monto:
$42,270
% del total general:
0.04%
| $132,577 Código Tributario - Mar
Monto:
$132,577
% del total general:
0.12%
| $675 Otros - Mar
Monto:
$675
% del total general:
0.00%
| $6,219,033 |
| Abr | $1,343,778 Renta - Abr
Monto:
$1,343,778
% del total general:
1.24%
| $191,328 IVA - Abr
Monto:
$191,328
% del total general:
0.18%
| $5,111 Aduana - Abr
Monto:
$5,111
% del total general:
0.00%
| $675 Código Tributario - Abr
Monto:
$675
% del total general:
0.00%
| - | $1,540,891 |
| May | $400,230 Renta - May
Monto:
$400,230
% del total general:
0.37%
| $1,372,715 IVA - May
Monto:
$1,372,715
% del total general:
1.27%
| $201,799 Aduana - May
Monto:
$201,799
% del total general:
0.19%
| $42,069 Código Tributario - May
Monto:
$42,069
% del total general:
0.04%
| - | $2,016,813 |
| Jun | $3,227,458 Renta - Jun
Monto:
$3,227,458
% del total general:
2.99%
| $10,339,556 IVA - Jun
Monto:
$10,339,556
% del total general:
9.57%
| - | $32,003 Código Tributario - Jun
Monto:
$32,003
% del total general:
0.03%
| - | $13,599,017 |
| Jul | $1,171,508 Renta - Jul
Monto:
$1,171,508
% del total general:
1.08%
| $694,432 IVA - Jul
Monto:
$694,432
% del total general:
0.64%
| $22,018 Aduana - Jul
Monto:
$22,018
% del total general:
0.02%
| $69,717 Código Tributario - Jul
Monto:
$69,717
% del total general:
0.06%
| - | $1,957,674 |
| Ago | $4,347,886 Renta - Ago
Monto:
$4,347,886
% del total general:
4.02%
| $2,258,422 IVA - Ago
Monto:
$2,258,422
% del total general:
2.09%
| $58,911 Aduana - Ago
Monto:
$58,911
% del total general:
0.05%
| - | - | $6,665,220 |
| Sep | $4,654,154 Renta - Sep
Monto:
$4,654,154
% del total general:
4.31%
| $673,580 IVA - Sep
Monto:
$673,580
% del total general:
0.62%
| $368,331 Aduana - Sep
Monto:
$368,331
% del total general:
0.34%
| - | - | $5,696,065 |
| Oct | $11,808,490 Renta - Oct
Monto:
$11,808,490
% del total general:
10.93%
| $404,656 IVA - Oct
Monto:
$404,656
% del total general:
0.37%
| $18,286 Aduana - Oct
Monto:
$18,286
% del total general:
0.02%
| $24,602 Código Tributario - Oct
Monto:
$24,602
% del total general:
0.02%
| - | $12,256,035 |
| Nov | $8,809,920 Renta - Nov
Monto:
$8,809,920
% del total general:
8.15%
| $589,696 IVA - Nov
Monto:
$589,696
% del total general:
0.55%
| $123,019 Aduana - Nov
Monto:
$123,019
% del total general:
0.11%
| $22,486 Código Tributario - Nov
Monto:
$22,486
% del total general:
0.02%
| - | $9,545,121 |
| Dic | $35,439,131 Renta - Dic
Monto:
$35,439,131
% del total general:
32.79%
| $1,360,074 IVA - Dic
Monto:
$1,360,074
% del total general:
1.26%
| $76,202 Aduana - Dic
Monto:
$76,202
% del total general:
0.07%
| $209,415 Código Tributario - Dic
Monto:
$209,415
% del total general:
0.19%
| - | $37,084,822 |
| Total | $86,025,404 | $20,406,657 | $1,085,940 | $567,446 | $675 | $108,086,122 |
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Un contribuyente del sector transporte fue fiscalizado por la DGII, que determinó omisiones de ingresos por alquileres, ganancia de capital en la venta de vehículos, e incremento patrimonial no justificado, además de objetar múltiples costos y gastos. El TAIIA modificó la resolución, revocando el ajuste por alquileres al considerarlo un doble cobro, pero confirmó los demás hallazgos y la multa por evasión intencional, principalmente por la falta de contabilidad formal y el deficiente soporte documental de las operaciones del contribuyente.
Lección: Es fundamental para todo contribuyente, especialmente para aquellos con altos volúmenes de operaciones, llevar una contabilidad formal y mantener un archivo ordenado de toda la documentación de soporte. Las facturas de gastos deben estar a nombre del contribuyente y ser emitidas por proveedores autorizados. La falta de registros contables y soporte documental no solo impide la deducción de costos, sino que puede activar la presunción de evasión intencional, resultando en multas equivalentes al 50% del impuesto omitido.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta de $69,069.04 y multas a un contribuyente dedicado a la compraventa de chatarra. La objeción se basó en que el contribuyente no pudo documentar legalmente su costo de venta ($212,196.75) ni los gastos de salarios y alquiler, al no haber realizado las retenciones correspondientes.
Lección: Es indispensable documentar todas las compras y gastos con los documentos legales pertinentes (facturas, comprobantes de crédito fiscal, etc.) en el momento de la transacción. La falta de documentación idónea, incluso en sectores informales, invalida la deducción de costos y gastos, y la carga de probar dicha deducción recae siempre en el contribuyente.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta de $53,919.49 y multas por $16,016.79 a una contribuyente dedicada a la venta de chatarra. La objeción se basó en la falta total de documentación para respaldar los costos de venta por $184,535.61 y el incumplimiento de retenciones previsionales para deducir gastos de salarios, además de la omisión en el pago de anticipos a cuenta.
Lección: Es indispensable documentar legalmente todas las operaciones que generan costos y gastos, incluso al tratar con proveedores del sector informal. La falta de facturas o documentos de respaldo idóneos anula el derecho a la deducción para efectos del Impuesto sobre la Renta, y el desconocimiento de la ley no es una defensa válida.
Un contribuyente fue multado por la DGII con $3,020.40 por no presentar el Dictamen Fiscal del año 2015. El contribuyente apeló ante el TAIIA, pero presentó el recurso tres días después de vencido el plazo legal de 15 días hábiles. En consecuencia, el Tribunal declaró inadmisible el recurso por extemporáneo, sin entrar a conocer los méritos del caso.
Lección: Es crucial cumplir estrictamente con los plazos procesales establecidos por la ley para la interposición de recursos. La presentación extemporánea de una apelación, incluso por un solo día, resulta en su inadmisibilidad automática, perdiendo toda oportunidad de que el Tribunal revise la legalidad del acto administrativo impugnado.
El Tribunal confirma la decisión de la DGII de rechazar más de $1.7 millones en deducciones a una empresa de seguridad, principalmente por depreciación, debido a un registro de activos fijos defectuoso que no cumplía con los requisitos legales. La falta de un registro meticuloso y con cálculos correctos invalidó la deducción, a pesar de que la empresa intentó probar la propiedad de los bienes. Como resultado, se determinó un impuesto a pagar de $342,749.58, una multa de $85,687.40 y la anulación de un saldo a favor de $159,591.91.
Lección: Es crucial mantener un registro de depreciación de activos fijos que sea meticuloso, detallado y cumpla estrictamente con todos los requisitos formales del artículo 30 de la Ley de Impuesto sobre la Renta y el artículo 84 de su Reglamento. La falta de un registro adecuado, con cálculos correctos o información insuficiente para identificar los bienes, puede llevar al rechazo total de la deducción por depreciación, incluso si se puede demostrar la propiedad y necesidad de los activos.