2023
187 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Código Tributario | Otros | Aduana | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $8,578,609 Renta - Ene
Monto:
$8,578,609
% del total general:
9.04%
| $168,107 IVA - Ene
Monto:
$168,107
% del total general:
0.18%
| $29,700 Código Tributario - Ene
Monto:
$29,700
% del total general:
0.03%
| - | - | $8,776,416 |
| Feb | $8,142,175 Renta - Feb
Monto:
$8,142,175
% del total general:
8.58%
| - | - | - | $412,597 Aduana - Feb
Monto:
$412,597
% del total general:
0.43%
| $8,554,772 |
| Mar | $29,513,363 Renta - Mar
Monto:
$29,513,363
% del total general:
31.08%
| $199,871 IVA - Mar
Monto:
$199,871
% del total general:
0.21%
| $124,543 Código Tributario - Mar
Monto:
$124,543
% del total general:
0.13%
| - | $196,588 Aduana - Mar
Monto:
$196,588
% del total general:
0.21%
| $30,034,366 |
| Abr | $6,943,557 Renta - Abr
Monto:
$6,943,557
% del total general:
7.31%
| $1,581,993 IVA - Abr
Monto:
$1,581,993
% del total general:
1.67%
| $1,425 Código Tributario - Abr
Monto:
$1,425
% del total general:
0.00%
| - | $490,865 Aduana - Abr
Monto:
$490,865
% del total general:
0.52%
| $9,017,841 |
| May | $2,574,265 Renta - May
Monto:
$2,574,265
% del total general:
2.71%
| $7,834 IVA - May
Monto:
$7,834
% del total general:
0.01%
| - | - | $865,371 Aduana - May
Monto:
$865,371
% del total general:
0.91%
| $3,447,470 |
| Jun | $1,614,484 Renta - Jun
Monto:
$1,614,484
% del total general:
1.70%
| $234,855 IVA - Jun
Monto:
$234,855
% del total general:
0.25%
| - | - | - | $1,849,339 |
| Jul | $2,464,264 Renta - Jul
Monto:
$2,464,264
% del total general:
2.60%
| - | - | - | - | $2,464,264 |
| Ago | $3,533,546 Renta - Ago
Monto:
$3,533,546
% del total general:
3.72%
| $44,668 IVA - Ago
Monto:
$44,668
% del total general:
0.05%
| $200,917 Código Tributario - Ago
Monto:
$200,917
% del total general:
0.21%
| - | $2,350 Aduana - Ago
Monto:
$2,350
% del total general:
0.00%
| $3,781,481 |
| Sep | $2,694,953 Renta - Sep
Monto:
$2,694,953
% del total general:
2.84%
| - | - | - | - | $2,694,953 |
| Oct | $13,857,250 Renta - Oct
Monto:
$13,857,250
% del total general:
14.59%
| - | - | - | - | $13,857,250 |
| Nov | $8,586,168 Renta - Nov
Monto:
$8,586,168
% del total general:
9.04%
| $192,920 IVA - Nov
Monto:
$192,920
% del total general:
0.20%
| $5,796 Código Tributario - Nov
Monto:
$5,796
% del total general:
0.01%
| $66,447 Otros - Nov
Monto:
$66,447
% del total general:
0.07%
| - | $8,851,332 |
| Dic | $354,050 Renta - Dic
Monto:
$354,050
% del total general:
0.37%
| $6,346 IVA - Dic
Monto:
$6,346
% del total general:
0.01%
| $2,736 Código Tributario - Dic
Monto:
$2,736
% del total general:
0.00%
| - | $1,254,447 Aduana - Dic
Monto:
$1,254,447
% del total general:
1.32%
| $1,617,579 |
| Total | $88,856,684 | $2,436,595 | $365,117 | $66,447 | $3,222,218 | $94,947,062 |
Buscar Sentencias
El Tribunal de Apelaciones confirma las multas impuestas por la DGII a un contribuyente por no presentar el listado de accionistas (F-915) en los ejercicios 2020 y 2021, y por presentarlo tardíamente para 2022. El Tribunal desestima la solicitud del contribuyente de mayores atenuantes y de acogerse a una ley de amnistía fiscal, argumentando que las atenuantes legales ya fueron aplicadas y que dicha ley no cubre infracciones a obligaciones formales.
Lección: Es crucial cumplir puntualmente con todas las obligaciones formales, como la presentación del informe de socios y distribución de utilidades (F-915), ya que su incumplimiento genera multas que no son condonables más allá de las atenuantes específicas del Código Tributario y, por lo general, quedan excluidas de los beneficios de las leyes de amnistía fiscal.
Un contribuyente interpuso un recurso de apelación ante el TAIIA contra una resolución de la DGII. Posteriormente, antes de que el recurso fuera admitido, el representante legal de la sociedad solicitó el desistimiento total del mismo para acogerse a los beneficios de una ley de amnistía fiscal. El Tribunal, tras verificar la facultad del representante legal y la ausencia de impedimentos legales, aceptó el desistimiento y dio por finalizado el caso.
Lección: Un contribuyente puede desistir de un recurso de apelación en cualquier momento, incluso por razones estratégicas como acogerse a una amnistía fiscal. Es fundamental que la persona que presenta el desistimiento tenga la representación legal y las facultades suficientes para hacerlo, ya que el Tribunal verificará dicha potestad antes de aceptar la solicitud.
El Tribunal de Apelaciones confirma una resolución de la DGII que objeta a una empresa avícola deducciones de Impuesto sobre la Renta por mermas de producción, una donación extemporánea y sin soporte, y servicios contratados con partes relacionadas y terceros que no se demostraron como indispensables. El Tribunal ratifica que las mermas no acreditadas son pérdidas de capital no deducibles y que la carga de probar la necesidad de los gastos recae en el contribuyente, confirmando también la multa por no entregar información solicitada.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de costos y gastos, es fundamental documentar rigurosamente su necesidad e indispensabilidad para la generación de renta, especialmente en operaciones con partes relacionadas. Las mermas requieren acreditación de un ente regulador y las donaciones deben cumplir estrictamente todos los requisitos formales y temporales, ya que la carga de la prueba siempre recae en el contribuyente.
El Tribunal modifica una resolución de la DGII, confirmando la determinación de rentas no declaradas porque el contribuyente usó Notas de Crédito para ajustar ventas a consumidores finales, en lugar de anular y reemitir las facturas como exige la ley. Sin embargo, el Tribunal revoca la objeción al costo de venta, determinando que vender productos por debajo del costo como estrategia comercial es un costo necesario y no una pérdida no deducible, y critica a la DGII por basar su cálculo en información errónea sin la debida verificación. Como resultado de la reliquidación, se anula el impuesto y la multa determinados por la DGII, quedando únicamente un ajuste a la disminución del saldo a favor del contribuyente.
Lección: Para realizar ajustes (devoluciones, descuentos) a ventas documentadas con Facturas de Consumidor Final, es indispensable seguir el procedimiento del artículo 111 del Código Tributario: anular la factura original y emitir una nueva. El uso de Notas de Crédito para este fin es incorrecto y provocará que los ajustes no sean fiscalmente válidos, resultando en la determinación de rentas omitidas.
Un contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la Dirección General de Aduanas. Posteriormente, el contribuyente presentó un escrito para desistir totalmente del recurso, con el objetivo de acogerse a los beneficios de una ley de amnistía fiscal. El Tribunal de Apelaciones aceptó el desistimiento, basándose en la Ley de Procedimientos Administrativos, y dio por finalizado el proceso.
Lección: Un contribuyente puede retirar (desistir) un recurso de apelación en cualquier fase del proceso para aprovechar beneficios fiscales, como una amnistía. Es un derecho reconocido por la ley que, una vez ejercido y aceptado por el Tribunal, pone fin al litigio administrativo.