2023
187 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Código Tributario | Otros | Aduana | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $8,578,609 Renta - Ene
Monto:
$8,578,609
% del total general:
9.04%
| $168,107 IVA - Ene
Monto:
$168,107
% del total general:
0.18%
| $29,700 Código Tributario - Ene
Monto:
$29,700
% del total general:
0.03%
| - | - | $8,776,416 |
| Feb | $8,142,175 Renta - Feb
Monto:
$8,142,175
% del total general:
8.58%
| - | - | - | $412,597 Aduana - Feb
Monto:
$412,597
% del total general:
0.43%
| $8,554,772 |
| Mar | $29,513,363 Renta - Mar
Monto:
$29,513,363
% del total general:
31.08%
| $199,871 IVA - Mar
Monto:
$199,871
% del total general:
0.21%
| $124,543 Código Tributario - Mar
Monto:
$124,543
% del total general:
0.13%
| - | $196,588 Aduana - Mar
Monto:
$196,588
% del total general:
0.21%
| $30,034,366 |
| Abr | $6,943,557 Renta - Abr
Monto:
$6,943,557
% del total general:
7.31%
| $1,581,993 IVA - Abr
Monto:
$1,581,993
% del total general:
1.67%
| $1,425 Código Tributario - Abr
Monto:
$1,425
% del total general:
0.00%
| - | $490,865 Aduana - Abr
Monto:
$490,865
% del total general:
0.52%
| $9,017,841 |
| May | $2,574,265 Renta - May
Monto:
$2,574,265
% del total general:
2.71%
| $7,834 IVA - May
Monto:
$7,834
% del total general:
0.01%
| - | - | $865,371 Aduana - May
Monto:
$865,371
% del total general:
0.91%
| $3,447,470 |
| Jun | $1,614,484 Renta - Jun
Monto:
$1,614,484
% del total general:
1.70%
| $234,855 IVA - Jun
Monto:
$234,855
% del total general:
0.25%
| - | - | - | $1,849,339 |
| Jul | $2,464,264 Renta - Jul
Monto:
$2,464,264
% del total general:
2.60%
| - | - | - | - | $2,464,264 |
| Ago | $3,533,546 Renta - Ago
Monto:
$3,533,546
% del total general:
3.72%
| $44,668 IVA - Ago
Monto:
$44,668
% del total general:
0.05%
| $200,917 Código Tributario - Ago
Monto:
$200,917
% del total general:
0.21%
| - | $2,350 Aduana - Ago
Monto:
$2,350
% del total general:
0.00%
| $3,781,481 |
| Sep | $2,694,953 Renta - Sep
Monto:
$2,694,953
% del total general:
2.84%
| - | - | - | - | $2,694,953 |
| Oct | $13,857,250 Renta - Oct
Monto:
$13,857,250
% del total general:
14.59%
| - | - | - | - | $13,857,250 |
| Nov | $8,586,168 Renta - Nov
Monto:
$8,586,168
% del total general:
9.04%
| $192,920 IVA - Nov
Monto:
$192,920
% del total general:
0.20%
| $5,796 Código Tributario - Nov
Monto:
$5,796
% del total general:
0.01%
| $66,447 Otros - Nov
Monto:
$66,447
% del total general:
0.07%
| - | $8,851,332 |
| Dic | $354,050 Renta - Dic
Monto:
$354,050
% del total general:
0.37%
| $6,346 IVA - Dic
Monto:
$6,346
% del total general:
0.01%
| $2,736 Código Tributario - Dic
Monto:
$2,736
% del total general:
0.00%
| - | $1,254,447 Aduana - Dic
Monto:
$1,254,447
% del total general:
1.32%
| $1,617,579 |
| Total | $88,856,684 | $2,436,595 | $365,117 | $66,447 | $3,222,218 | $94,947,062 |
Buscar Sentencias
El contribuyente apeló una determinación de Impuesto sobre la Renta para el ejercicio 2019, originada por dos hallazgos principales de la DGII: el rechazo de un ajuste a los ingresos por más de USD 2.1 millones documentado en una Nota de Crédito que no cumplía los requisitos legales, y la no deducibilidad de gastos por más de USD 2.1 millones por servicios con partes relacionadas no domiciliadas, al no poderse probar su existencia efectiva. El Tribunal confirmó la legalidad de los hallazgos de la DGII, pero modificó el monto final del impuesto a pagar debido a la aceptación de una declaración modificatoria que la DGII había procesado por separado.
Lección: Para validar ajustes a ingresos, cada Nota de Crédito debe cumplir estrictamente con los requisitos legales, incluyendo la referencia individual al Comprobante de Crédito Fiscal que modifica. Adicionalmente, para deducir gastos por servicios con partes relacionadas, es indispensable contar con pruebas tangibles y fehacientes que demuestren la materialización, necesidad y beneficio del servicio, más allá de la existencia de un contrato o factura.
Un contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII, pero omitió requisitos esenciales como identificar el acto impugnado y fundamentar su reclamo. A pesar de que el Tribunal de Apelaciones le otorgó dos oportunidades para subsanar dichos errores, el contribuyente no lo hizo, lo que resultó en la declaración de inadmisibilidad del recurso por defectos formales insubsanables.
Lección: Al presentar un recurso de apelación, es indispensable cumplir rigurosamente con los requisitos formales exigidos por la ley, especialmente la clara identificación del acto que se impugna y la exposición detallada de los argumentos de hecho y derecho. La omisión de estos elementos, y la posterior inacción ante las prevenciones del tribunal, conducirá a la desestimación del recurso sin analizar el fondo del asunto.
El Tribunal de Apelaciones modifica una resolución de la DGII contra un banco. El Tribunal revoca la objeción sobre ingresos por comisiones, al determinar que la DGII no valoró adecuadamente la prueba del contribuyente (conciliación fiscal-contable). Sin embargo, confirma las objeciones a la deducción de gastos por pérdidas en títulos valores, provisiones por activos extraordinarios e intereses de un préstamo, por no cumplir los requisitos de la Ley de Impuesto sobre la Renta. Consecuentemente, se ajusta el impuesto y la multa a pagar.
Lección: Es fundamental que los contribuyentes, especialmente aquellos en industrias reguladas como la banca, mantengan una conciliación fiscal-contable clara, detallada y bien soportada para justificar las diferencias entre los registros contables y la declaración de impuestos. No se debe asumir que un gasto requerido por una norma sectorial es automáticamente deducible fiscalmente; siempre debe cumplir con los principios de necesidad, causalidad y las disposiciones específicas de la legislación tributaria.
El Tribunal de Apelaciones analizó un recurso contra una resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta de $2.1 millones y una multa a una empresa de bebidas. La DGII objetó la deducción de costos y gastos por alimentación a empleados, servicios de partes relacionadas, depreciación, intereses y provisiones contables, principalmente por falta de documentación idónea y de prueba de la existencia de las operaciones. El Tribunal modificó la resolución, confirmando la mayoría de las objeciones de la DGII pero revocando la relacionada con gastos financieros por intereses, debido a que la DGII incurrió en vicios de procedimiento que violaron la seguridad jurídica del contribuyente.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de costos y gastos, es fundamental no solo registrar contablemente las operaciones, sino también respaldarlas con la documentación legalmente idónea y autorizada (ej. Facturas de Sujeto Excluido), poder demostrar la existencia real y efectiva de las transacciones (materialidad), y aplicar estrictamente las normas fiscales sobre temporalidad, tasas y porcentajes, ya que el cumplimiento de normas contables no garantiza la aceptación fiscal.
El contribuyente apeló una resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta de USD$23,071.25 y una multa de USD$11,732.59. El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso por haber sido presentado de forma extemporánea, 3 días hábiles después de vencido el plazo legal de 15 días, sin que el contribuyente alegara justo impedimento.
Lección: Es crucial calcular y respetar rigurosamente los plazos legales para la interposición de recursos administrativos. Un error en el cómputo del plazo, como contar desde una fecha de notificación incorrecta, puede resultar en la inadmisibilidad del recurso, perdiendo toda oportunidad de defensa sobre el fondo del asunto ante el Tribunal.