2024
134 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | Otros | IVA | Código Tributario | Aduana | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $20,589,825 Renta - Ene
Monto:
$20,589,825
% del total general:
49.86%
| $25,055 Otros - Ene
Monto:
$25,055
% del total general:
0.06%
| $21,634 IVA - Ene
Monto:
$21,634
% del total general:
0.05%
| $7,736 Código Tributario - Ene
Monto:
$7,736
% del total general:
0.02%
| - | $20,644,250 |
| Feb | $415,961 Renta - Feb
Monto:
$415,961
% del total general:
1.01%
| - | - | - | - | $415,961 |
| Mar | $267,952 Renta - Mar
Monto:
$267,952
% del total general:
0.65%
| - | $158,301 IVA - Mar
Monto:
$158,301
% del total general:
0.38%
| $293,094 Código Tributario - Mar
Monto:
$293,094
% del total general:
0.71%
| - | $719,346 |
| Abr | $1,908,187 Renta - Abr
Monto:
$1,908,187
% del total general:
4.62%
| - | $176,826 IVA - Abr
Monto:
$176,826
% del total general:
0.43%
| $20,028 Código Tributario - Abr
Monto:
$20,028
% del total general:
0.05%
| $151,019 Aduana - Abr
Monto:
$151,019
% del total general:
0.37%
| $2,256,060 |
| May | $338,172 Renta - May
Monto:
$338,172
% del total general:
0.82%
| - | $713,283 IVA - May
Monto:
$713,283
% del total general:
1.73%
| $21,388 Código Tributario - May
Monto:
$21,388
% del total general:
0.05%
| - | $1,072,843 |
| Jun | $1,120,824 Renta - Jun
Monto:
$1,120,824
% del total general:
2.71%
| $3,240 Otros - Jun
Monto:
$3,240
% del total general:
0.01%
| $200,698 IVA - Jun
Monto:
$200,698
% del total general:
0.49%
| $5,756,227 Código Tributario - Jun
Monto:
$5,756,227
% del total general:
13.94%
| - | $7,080,990 |
| Jul | - | - | $1,549,330 IVA - Jul
Monto:
$1,549,330
% del total general:
3.75%
| $13,946 Código Tributario - Jul
Monto:
$13,946
% del total general:
0.03%
| - | $1,563,275 |
| Ago | $719,015 Renta - Ago
Monto:
$719,015
% del total general:
1.74%
| $504 Otros - Ago
Monto:
$504
% del total general:
0.00%
| - | $7,506 Código Tributario - Ago
Monto:
$7,506
% del total general:
0.02%
| $1,641,671 Aduana - Ago
Monto:
$1,641,671
% del total general:
3.98%
| $2,368,695 |
| Sep | $828,370 Renta - Sep
Monto:
$828,370
% del total general:
2.01%
| $20,800 Otros - Sep
Monto:
$20,800
% del total general:
0.05%
| - | $13,464 Código Tributario - Sep
Monto:
$13,464
% del total general:
0.03%
| $887,189 Aduana - Sep
Monto:
$887,189
% del total general:
2.15%
| $1,749,823 |
| Oct | $507,879 Renta - Oct
Monto:
$507,879
% del total general:
1.23%
| $115,719 Otros - Oct
Monto:
$115,719
% del total general:
0.28%
| $59,489 IVA - Oct
Monto:
$59,489
% del total general:
0.14%
| $63,035 Código Tributario - Oct
Monto:
$63,035
% del total general:
0.15%
| $554,267 Aduana - Oct
Monto:
$554,267
% del total general:
1.34%
| $1,300,390 |
| Nov | $724,900 Renta - Nov
Monto:
$724,900
% del total general:
1.76%
| - | $23,643 IVA - Nov
Monto:
$23,643
% del total general:
0.06%
| $225,755 Código Tributario - Nov
Monto:
$225,755
% del total general:
0.55%
| - | $974,298 |
| Dic | $897,117 Renta - Dic
Monto:
$897,117
% del total general:
2.17%
| $7,080 Otros - Dic
Monto:
$7,080
% del total general:
0.02%
| $132,090 IVA - Dic
Monto:
$132,090
% del total general:
0.32%
| $112,096 Código Tributario - Dic
Monto:
$112,096
% del total general:
0.27%
| - | $1,148,384 |
| Total | $28,318,202 | $172,399 | $3,035,294 | $6,534,275 | $3,234,145 | $41,294,316 |
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El contribuyente fue sancionado por la DGII con multas que suman $7,080.45 por la omisión y presentación tardía de informes tributarios. El contribuyente apeló la decisión ante el TAIIA, pero presentó su recurso un día después del plazo legal de quince días hábiles. Como resultado, el Tribunal declaró inadmisible el recurso por extemporáneo, sin analizar los argumentos de fondo contra las multas.
Lección: Es fundamental realizar un cómputo riguroso de los plazos legales para la interposición de recursos. Presentar una apelación fuera del término, incluso por un solo día, provoca su rechazo inmediato por inadmisible, perdiéndose la oportunidad de que la autoridad revise la legalidad del acto impugnado.
Un contribuyente desiste de un recurso de apelación que había interpuesto ante el TAIIA contra una resolución de la DGII. El motivo del desistimiento es acogerse a los beneficios de la 'Ley Especial y Transitoria que Otorga Facilidades para el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias y Aduaneras'. El Tribunal acepta el desistimiento, da por finalizado el caso y aclara que la solicitud de los beneficios de dicha ley debe realizarse ante la DGII o la Tesorería.
Lección: Ante la publicación de una ley de amnistía o facilidades de pago, los contribuyentes con procesos de apelación en curso deben evaluar estratégicamente la conveniencia de desistir de sus recursos para poder aplicar a los beneficios. El desistimiento pone fin al litigio y deja firme la resolución impugnada, siendo un requisito para acogerse a la amnistía.
Un contribuyente, a través de su apoderada, desiste de un recurso de apelación que había interpuesto contra una resolución de la Dirección General de Aduanas. La razón del desistimiento es acogerse a los beneficios de una ley transitoria de facilidades de pago. El Tribunal de Apelaciones acepta el desistimiento, ya que la apoderada tiene las facultades para ello y no existen razones de interés público para continuar el caso, dando por finalizado el proceso.
Lección: Un contribuyente puede desistir de un recurso de apelación en cualquier momento del proceso para aprovechar beneficios de leyes transitorias o amnistías fiscales. Es crucial que el escrito de desistimiento sea presentado por el contribuyente o un apoderado con facultades expresas para ello, como lo establece la Ley de Procedimientos Administrativos.
Un contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII que determinaba impuestos y multas. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) declaró inadmisible el recurso porque fue presentado un día hábil después de vencido el plazo legal de quince días, sin que el contribuyente alegara una causa justificada para el retraso.
Lección: Es fundamental realizar un cómputo riguroso y cumplir estrictamente con los plazos legales para la interposición de recursos administrativos. El incumplimiento, incluso por un solo día, resultará en el rechazo del recurso por extemporáneo, perdiendo la oportunidad de que el caso sea revisado en su fondo.
El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII que le determinó Impuesto sobre la Renta y multas por un total de $20,800.00 para el ejercicio 2021. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) declaró inadmisible el recurso por haber sido presentado de forma extemporánea, 9 días hábiles después de vencido el plazo legal de 15 días, sin analizar el fondo de la controversia.
Lección: Es fundamental cumplir rigurosamente con los plazos legales para la interposición de recursos administrativos. La presentación extemporánea de un recurso de apelación, incluso por un solo día, provoca su inadmisibilidad, impidiendo que el tribunal revise la legalidad del acto impugnado y dejando firme la decisión de la administración tributaria.