2024
134 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | Otros | IVA | Código Tributario | Aduana | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $20,589,825 Renta - Ene
Monto:
$20,589,825
% del total general:
49.86%
| $25,055 Otros - Ene
Monto:
$25,055
% del total general:
0.06%
| $21,634 IVA - Ene
Monto:
$21,634
% del total general:
0.05%
| $7,736 Código Tributario - Ene
Monto:
$7,736
% del total general:
0.02%
| - | $20,644,250 |
| Feb | $415,961 Renta - Feb
Monto:
$415,961
% del total general:
1.01%
| - | - | - | - | $415,961 |
| Mar | $267,952 Renta - Mar
Monto:
$267,952
% del total general:
0.65%
| - | $158,301 IVA - Mar
Monto:
$158,301
% del total general:
0.38%
| $293,094 Código Tributario - Mar
Monto:
$293,094
% del total general:
0.71%
| - | $719,346 |
| Abr | $1,908,187 Renta - Abr
Monto:
$1,908,187
% del total general:
4.62%
| - | $176,826 IVA - Abr
Monto:
$176,826
% del total general:
0.43%
| $20,028 Código Tributario - Abr
Monto:
$20,028
% del total general:
0.05%
| $151,019 Aduana - Abr
Monto:
$151,019
% del total general:
0.37%
| $2,256,060 |
| May | $338,172 Renta - May
Monto:
$338,172
% del total general:
0.82%
| - | $713,283 IVA - May
Monto:
$713,283
% del total general:
1.73%
| $21,388 Código Tributario - May
Monto:
$21,388
% del total general:
0.05%
| - | $1,072,843 |
| Jun | $1,120,824 Renta - Jun
Monto:
$1,120,824
% del total general:
2.71%
| $3,240 Otros - Jun
Monto:
$3,240
% del total general:
0.01%
| $200,698 IVA - Jun
Monto:
$200,698
% del total general:
0.49%
| $5,756,227 Código Tributario - Jun
Monto:
$5,756,227
% del total general:
13.94%
| - | $7,080,990 |
| Jul | - | - | $1,549,330 IVA - Jul
Monto:
$1,549,330
% del total general:
3.75%
| $13,946 Código Tributario - Jul
Monto:
$13,946
% del total general:
0.03%
| - | $1,563,275 |
| Ago | $719,015 Renta - Ago
Monto:
$719,015
% del total general:
1.74%
| $504 Otros - Ago
Monto:
$504
% del total general:
0.00%
| - | $7,506 Código Tributario - Ago
Monto:
$7,506
% del total general:
0.02%
| $1,641,671 Aduana - Ago
Monto:
$1,641,671
% del total general:
3.98%
| $2,368,695 |
| Sep | $828,370 Renta - Sep
Monto:
$828,370
% del total general:
2.01%
| $20,800 Otros - Sep
Monto:
$20,800
% del total general:
0.05%
| - | $13,464 Código Tributario - Sep
Monto:
$13,464
% del total general:
0.03%
| $887,189 Aduana - Sep
Monto:
$887,189
% del total general:
2.15%
| $1,749,823 |
| Oct | $507,879 Renta - Oct
Monto:
$507,879
% del total general:
1.23%
| $115,719 Otros - Oct
Monto:
$115,719
% del total general:
0.28%
| $59,489 IVA - Oct
Monto:
$59,489
% del total general:
0.14%
| $63,035 Código Tributario - Oct
Monto:
$63,035
% del total general:
0.15%
| $554,267 Aduana - Oct
Monto:
$554,267
% del total general:
1.34%
| $1,300,390 |
| Nov | $724,900 Renta - Nov
Monto:
$724,900
% del total general:
1.76%
| - | $23,643 IVA - Nov
Monto:
$23,643
% del total general:
0.06%
| $225,755 Código Tributario - Nov
Monto:
$225,755
% del total general:
0.55%
| - | $974,298 |
| Dic | $897,117 Renta - Dic
Monto:
$897,117
% del total general:
2.17%
| $7,080 Otros - Dic
Monto:
$7,080
% del total general:
0.02%
| $132,090 IVA - Dic
Monto:
$132,090
% del total general:
0.32%
| $112,096 Código Tributario - Dic
Monto:
$112,096
% del total general:
0.27%
| - | $1,148,384 |
| Total | $28,318,202 | $172,399 | $3,035,294 | $6,534,275 | $3,234,145 | $41,294,316 |
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El Tribunal confirma una multa de $3,240.00 impuesta a un contribuyente por no presentar el formulario F-915 (Listado de Socios) del año 2021. La DGII aplicó la sanción máxima de 9 salarios mínimos porque el contribuyente tampoco presentó su balance general (F-971), impidiendo el cálculo de la multa sobre el patrimonio. El Tribunal desestimó los argumentos del contribuyente sobre su inactividad, la culpa del contador y la presentación extemporánea, la cual le hizo perder el derecho a una atenuante.
Lección: Las sociedades deben cumplir con todas sus obligaciones formales, como la presentación del F-915, incluso si están inactivas. No proporcionar la información financiera (como el F-971 o los estados financieros en el Registro de Comercio) para el cálculo de sanciones puede resultar en la aplicación de la multa máxima fija, que puede ser significativamente más alta que la calculada sobre el patrimonio.
El Tribunal de Apelaciones declara improponible un recurso de apelación debido a que el contribuyente no expuso las razones de hecho y derecho de su inconformidad en el escrito inicial. A pesar de que se le otorgó un plazo de cinco días para subsanar dicha omisión, el contribuyente presentó su respuesta de forma extemporánea, lo que llevó al rechazo del recurso sin analizar el fondo del asunto.
Lección: Al interponer un recurso de apelación, es fundamental no solo presentarlo a tiempo, sino también fundamentarlo adecuadamente con los argumentos de hecho y derecho desde el inicio. Además, es crucial cumplir de manera estricta con los plazos otorgados por el Tribunal para subsanar errores, ya que son perentorios y su incumplimiento provoca el rechazo del recurso.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó impuesto sobre la renta a una empresa de reparación de vehículos por ingresos no declarados, provenientes de transferencias bancarias y un incremento patrimonial no justificado por depósitos sin origen conocido. También se ratificó el rechazo de deducciones de sueldos por falta de documentación y las multas por evasión intencional y por no proporcionar información.
Lección: Es crucial que toda empresa mantenga una conciliación bancaria y contable exhaustiva, documentando el origen de cada depósito recibido. La falta de justificación de un abono en cuenta puede llevar a que la autoridad fiscal lo presuma como un ingreso gravable, invirtiendo la carga de la prueba y obligando al contribuyente a demostrar lo contrario.
El contribuyente apeló una determinación de Impuesto sobre la Renta por ingresos no declarados y gastos rechazados. El Tribunal confirmó la mayoría de las objeciones de la DGII, incluyendo el uso de 'Tiquetes de Devolución' (TKD) en lugar del procedimiento legal para anular ventas, y la deducción de gastos sin soporte adecuado como pagos a parientes y facturas no autorizadas. Sin embargo, el Tribunal revocó la objeción a un gasto de depreciación debido a que la DGII no requirió correctamente la documentación de soporte, violando la seguridad jurídica, lo que resultó en un ajuste al impuesto y la multa a pagar.
Lección: Es fundamental cumplir estrictamente con los procedimientos formales establecidos en la ley, como la anulación de ventas (Art. 111 CT), y mantener una documentación exhaustiva que pruebe la materialidad y necesidad de cada gasto deducido. La carga de la prueba recae siempre en el contribuyente, y el incumplimiento de requisitos formales puede invalidar operaciones con efectos sustantivos en el impuesto a pagar.
El Tribunal de Apelaciones modifica una resolución de la DGII contra una vendedora de frutas y verduras. Confirma el rechazo de casi $1 millón en costos de venta por no cumplir con la bancarización en pagos a proveedores extranjeros y la determinación de rentas por faltantes de inventario. Sin embargo, el Tribunal ajusta a la baja el impuesto y la multa al encontrar un error de cálculo de la DGII en la determinación del faltante de un producto específico (piña).
Lección: Para asegurar la deducibilidad de costos en el Impuesto sobre la Renta, es indispensable que todos los pagos por compras de bienes que superen los umbrales legales (25 y 58 salarios mínimos) se realicen a través de medios bancarios verificables, incluso si son pagos a proveedores en el extranjero. Además, es crucial mantener un control de inventarios riguroso y documentado, registrando formalmente las mermas y desperdicios para poder justificar cualquier faltante y evitar la presunción de ventas no declaradas.