2024
134 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | Otros | IVA | Código Tributario | Aduana | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $20,589,825 Renta - Ene
Monto:
$20,589,825
% del total general:
49.86%
| $25,055 Otros - Ene
Monto:
$25,055
% del total general:
0.06%
| $21,634 IVA - Ene
Monto:
$21,634
% del total general:
0.05%
| $7,736 Código Tributario - Ene
Monto:
$7,736
% del total general:
0.02%
| - | $20,644,250 |
| Feb | $415,961 Renta - Feb
Monto:
$415,961
% del total general:
1.01%
| - | - | - | - | $415,961 |
| Mar | $267,952 Renta - Mar
Monto:
$267,952
% del total general:
0.65%
| - | $158,301 IVA - Mar
Monto:
$158,301
% del total general:
0.38%
| $293,094 Código Tributario - Mar
Monto:
$293,094
% del total general:
0.71%
| - | $719,346 |
| Abr | $1,908,187 Renta - Abr
Monto:
$1,908,187
% del total general:
4.62%
| - | $176,826 IVA - Abr
Monto:
$176,826
% del total general:
0.43%
| $20,028 Código Tributario - Abr
Monto:
$20,028
% del total general:
0.05%
| $151,019 Aduana - Abr
Monto:
$151,019
% del total general:
0.37%
| $2,256,060 |
| May | $338,172 Renta - May
Monto:
$338,172
% del total general:
0.82%
| - | $713,283 IVA - May
Monto:
$713,283
% del total general:
1.73%
| $21,388 Código Tributario - May
Monto:
$21,388
% del total general:
0.05%
| - | $1,072,843 |
| Jun | $1,120,824 Renta - Jun
Monto:
$1,120,824
% del total general:
2.71%
| $3,240 Otros - Jun
Monto:
$3,240
% del total general:
0.01%
| $200,698 IVA - Jun
Monto:
$200,698
% del total general:
0.49%
| $5,756,227 Código Tributario - Jun
Monto:
$5,756,227
% del total general:
13.94%
| - | $7,080,990 |
| Jul | - | - | $1,549,330 IVA - Jul
Monto:
$1,549,330
% del total general:
3.75%
| $13,946 Código Tributario - Jul
Monto:
$13,946
% del total general:
0.03%
| - | $1,563,275 |
| Ago | $719,015 Renta - Ago
Monto:
$719,015
% del total general:
1.74%
| $504 Otros - Ago
Monto:
$504
% del total general:
0.00%
| - | $7,506 Código Tributario - Ago
Monto:
$7,506
% del total general:
0.02%
| $1,641,671 Aduana - Ago
Monto:
$1,641,671
% del total general:
3.98%
| $2,368,695 |
| Sep | $828,370 Renta - Sep
Monto:
$828,370
% del total general:
2.01%
| $20,800 Otros - Sep
Monto:
$20,800
% del total general:
0.05%
| - | $13,464 Código Tributario - Sep
Monto:
$13,464
% del total general:
0.03%
| $887,189 Aduana - Sep
Monto:
$887,189
% del total general:
2.15%
| $1,749,823 |
| Oct | $507,879 Renta - Oct
Monto:
$507,879
% del total general:
1.23%
| $115,719 Otros - Oct
Monto:
$115,719
% del total general:
0.28%
| $59,489 IVA - Oct
Monto:
$59,489
% del total general:
0.14%
| $63,035 Código Tributario - Oct
Monto:
$63,035
% del total general:
0.15%
| $554,267 Aduana - Oct
Monto:
$554,267
% del total general:
1.34%
| $1,300,390 |
| Nov | $724,900 Renta - Nov
Monto:
$724,900
% del total general:
1.76%
| - | $23,643 IVA - Nov
Monto:
$23,643
% del total general:
0.06%
| $225,755 Código Tributario - Nov
Monto:
$225,755
% del total general:
0.55%
| - | $974,298 |
| Dic | $897,117 Renta - Dic
Monto:
$897,117
% del total general:
2.17%
| $7,080 Otros - Dic
Monto:
$7,080
% del total general:
0.02%
| $132,090 IVA - Dic
Monto:
$132,090
% del total general:
0.32%
| $112,096 Código Tributario - Dic
Monto:
$112,096
% del total general:
0.27%
| - | $1,148,384 |
| Total | $28,318,202 | $172,399 | $3,035,294 | $6,534,275 | $3,234,145 | $41,294,316 |
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Un contribuyente apeló ante el TAIIA una resolución de la DGII que denegaba la nulidad de una declaración de Renta modificatoria de 2014 y el proceso de fiscalización que la originó. El Tribunal declaró el recurso improponible, argumentando que carece de competencia para conocer sobre resoluciones que no sean liquidaciones de oficio de impuestos o imposiciones de sanciones, ya que el acto impugnado era una simple respuesta a una solicitud del contribuyente.
Lección: Es crucial identificar la naturaleza jurídica del acto administrativo que se desea impugnar. El recurso de apelación ante el TAIIA es una vía exclusiva para resoluciones definitivas que liquiden impuestos de oficio o impongan sanciones. Para otros tipos de actos o resoluciones de la DGII, como respuestas a solicitudes o peticiones, la vía de impugnación correcta es la jurisdicción contencioso-administrativa.
El Tribunal confirma la sanción impuesta por la DGII a un contribuyente por no presentar el informe de socios (F-915) del año 2021. Se desestiman los argumentos del contribuyente, quien culpaba a su contador y solicitaba una multa menor, estableciendo que la sanción específica y la atenuante del 30% por corrección tardía fueron aplicadas correctamente conforme a la ley.
Lección: Es responsabilidad indelegable del contribuyente asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones formales, como la presentación del informe F-915 antes del 31 de enero de cada año. Corregir una omisión solo después de ser notificado por la DGII reduce significativamente el beneficio de la atenuación de la multa, pasando de un 75% a solo un 30%.
Un contribuyente fue sancionado por la DGII por no presentar los informes F-971 y F-915. Al apelar ante el TAIIA, el contribuyente no cuestionó la sanción, sino que solicitó la aplicación de una reducción del 30% (atenuante). El Tribunal declaró el recurso improponible, argumentando que no tiene competencia legal para decidir sobre la aplicación de atenuantes, ya que su función se limita a revisar la legalidad de las sanciones y liquidaciones de impuestos.
Lección: Al apelar una sanción ante el TAIIA, el argumento debe centrarse en la ilegalidad de la sanción impuesta. Solicitar beneficios o atenuantes, como la reducción del 30% del artículo 261 del Código Tributario, es una pretensión que excede la competencia del Tribunal y resultará en la inadmisibilidad del recurso.
Un contribuyente fue multado por la DGII por la omisión de presentación del informe F-971 y la presentación tardía del F-915. El contribuyente apeló ante el TAIIA solicitando la exoneración de la multa. El Tribunal declaró el recurso improponible, argumentando que no tiene competencia para otorgar exoneraciones, ya que dicha facultad está reservada a la ley y no le ha sido conferida.
Lección: No se debe solicitar la exoneración de multas ante el Tribunal de Apelaciones (TAIIA), ya que este carece de competencia legal para concederlas. La pretensión en un recurso de apelación debe enfocarse en la legalidad del acto sancionatorio, no en solicitar beneficios fiscales que solo pueden ser otorgados por una ley.
El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII, pero omitió fundamentar las razones de hecho y de derecho de su inconformidad. A pesar de que el Tribunal le otorgó un plazo de diez días para subsanar dicha omisión, el contribuyente no lo hizo, lo que resultó en que el Tribunal declarara improponible el recurso por carecer de presupuestos esenciales para su tramitación.
Lección: Al presentar un recurso de apelación, es crucial y obligatorio exponer de manera clara y detallada los argumentos fácticos y jurídicos que sustentan la impugnación. No hacerlo, y posteriormente ignorar una prevención del tribunal para corregir el error, llevará inevitablemente al rechazo del recurso por motivos procesales, perdiendo la oportunidad de que el caso sea analizado en su fondo.