2024
134 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | Otros | IVA | Código Tributario | Aduana | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $20,589,825 Renta - Ene
Monto:
$20,589,825
% del total general:
49.86%
| $25,055 Otros - Ene
Monto:
$25,055
% del total general:
0.06%
| $21,634 IVA - Ene
Monto:
$21,634
% del total general:
0.05%
| $7,736 Código Tributario - Ene
Monto:
$7,736
% del total general:
0.02%
| - | $20,644,250 |
| Feb | $415,961 Renta - Feb
Monto:
$415,961
% del total general:
1.01%
| - | - | - | - | $415,961 |
| Mar | $267,952 Renta - Mar
Monto:
$267,952
% del total general:
0.65%
| - | $158,301 IVA - Mar
Monto:
$158,301
% del total general:
0.38%
| $293,094 Código Tributario - Mar
Monto:
$293,094
% del total general:
0.71%
| - | $719,346 |
| Abr | $1,908,187 Renta - Abr
Monto:
$1,908,187
% del total general:
4.62%
| - | $176,826 IVA - Abr
Monto:
$176,826
% del total general:
0.43%
| $20,028 Código Tributario - Abr
Monto:
$20,028
% del total general:
0.05%
| $151,019 Aduana - Abr
Monto:
$151,019
% del total general:
0.37%
| $2,256,060 |
| May | $338,172 Renta - May
Monto:
$338,172
% del total general:
0.82%
| - | $713,283 IVA - May
Monto:
$713,283
% del total general:
1.73%
| $21,388 Código Tributario - May
Monto:
$21,388
% del total general:
0.05%
| - | $1,072,843 |
| Jun | $1,120,824 Renta - Jun
Monto:
$1,120,824
% del total general:
2.71%
| $3,240 Otros - Jun
Monto:
$3,240
% del total general:
0.01%
| $200,698 IVA - Jun
Monto:
$200,698
% del total general:
0.49%
| $5,756,227 Código Tributario - Jun
Monto:
$5,756,227
% del total general:
13.94%
| - | $7,080,990 |
| Jul | - | - | $1,549,330 IVA - Jul
Monto:
$1,549,330
% del total general:
3.75%
| $13,946 Código Tributario - Jul
Monto:
$13,946
% del total general:
0.03%
| - | $1,563,275 |
| Ago | $719,015 Renta - Ago
Monto:
$719,015
% del total general:
1.74%
| $504 Otros - Ago
Monto:
$504
% del total general:
0.00%
| - | $7,506 Código Tributario - Ago
Monto:
$7,506
% del total general:
0.02%
| $1,641,671 Aduana - Ago
Monto:
$1,641,671
% del total general:
3.98%
| $2,368,695 |
| Sep | $828,370 Renta - Sep
Monto:
$828,370
% del total general:
2.01%
| $20,800 Otros - Sep
Monto:
$20,800
% del total general:
0.05%
| - | $13,464 Código Tributario - Sep
Monto:
$13,464
% del total general:
0.03%
| $887,189 Aduana - Sep
Monto:
$887,189
% del total general:
2.15%
| $1,749,823 |
| Oct | $507,879 Renta - Oct
Monto:
$507,879
% del total general:
1.23%
| $115,719 Otros - Oct
Monto:
$115,719
% del total general:
0.28%
| $59,489 IVA - Oct
Monto:
$59,489
% del total general:
0.14%
| $63,035 Código Tributario - Oct
Monto:
$63,035
% del total general:
0.15%
| $554,267 Aduana - Oct
Monto:
$554,267
% del total general:
1.34%
| $1,300,390 |
| Nov | $724,900 Renta - Nov
Monto:
$724,900
% del total general:
1.76%
| - | $23,643 IVA - Nov
Monto:
$23,643
% del total general:
0.06%
| $225,755 Código Tributario - Nov
Monto:
$225,755
% del total general:
0.55%
| - | $974,298 |
| Dic | $897,117 Renta - Dic
Monto:
$897,117
% del total general:
2.17%
| $7,080 Otros - Dic
Monto:
$7,080
% del total general:
0.02%
| $132,090 IVA - Dic
Monto:
$132,090
% del total general:
0.32%
| $112,096 Código Tributario - Dic
Monto:
$112,096
% del total general:
0.27%
| - | $1,148,384 |
| Total | $28,318,202 | $172,399 | $3,035,294 | $6,534,275 | $3,234,145 | $41,294,316 |
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El Tribunal de Apelaciones revoca una multa de USD$56,555.33 impuesta por la DGII a una entidad bancaria por supuestamente presentar de forma incompleta el Informe de Operaciones con Sujetos Relacionados (F-982). El tribunal determinó que el contribuyente siguió correctamente las instrucciones del propio manual de usuario de la DGII al reportar solo los intereses de un préstamo y no el capital, ya que la operación afectó el estado de resultados. La actuación contradictoria de la DGII fue considerada una violación a los principios de legalidad y seguridad jurídica, tornando la sanción ilegal.
Lección: Los contribuyentes deben seguir rigurosamente las guías y manuales de usuario publicados por la Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones formales. Actuar conforme a estas guías oficiales proporciona una base sólida de defensa (principio de seguridad jurídica y confianza legítima) si la autoridad luego intenta sancionar con base en una interpretación contraria a sus propias instrucciones.
Un contribuyente dedicado a la venta de vehículos fue fiscalizado por IVA, resultando en una determinación de impuesto y múltiples multas por omisión de ingresos y créditos fiscales indebidos por fallas formales. El Tribunal de Apelaciones revocó la determinación del impuesto al considerar que la DGII vulneró el derecho de defensa al no valorar pruebas clave presentadas en la etapa de audiencia, pero confirmó las multas por incumplimientos formales específicos que no fueron desvirtuados.
Lección: La presentación de toda la documentación de respaldo en la primera oportunidad durante una fiscalización es crucial. Sin embargo, la etapa de 'Audiencia y Apertura a Pruebas' es una oportunidad fundamental para subsanar omisiones, y la Administración Tributaria tiene la obligación de valorar dicha prueba para determinar la verdad material, so pena de que sus actos sean revocados por vulneración al derecho de defensa. Los incumplimientos de deberes formales serán sancionados de forma independiente.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) objetó a una empresa de bebidas varias deducciones de gastos del Impuesto sobre la Renta 2020, incluyendo amortizaciones de intangibles, patrocinios, exclusivas e intereses bancarios, por falta de documentación y de prueba de su necesidad. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) modificó la resolución, revocando las objeciones sobre incentivos a empleados y las multas por evasión no intencional e información incompleta, pero confirmó el rechazo de las deducciones por amortizaciones, patrocinios e intereses por no cumplir con los requisitos legales de respaldo documental y trazabilidad.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de los gastos, es crucial mantener un soporte documental completo y legalmente idóneo para cada operación. Esto incluye no solo el contrato o la factura, sino también la prueba del pago y, en casos como préstamos, la trazabilidad del uso de los fondos para demostrar su conexión directa con la generación de renta gravable.
La Dirección General de Aduanas (DGA) reclasificó 'Trajes de Protección' importados, cambiando el arancel de 0% a 15%, lo que generó una determinación de impuestos y una multa. El contribuyente apeló, y el Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la resolución de la DGA, no por estar en desacuerdo con la clasificación final, sino porque la DGA no motivó adecuadamente su decisión, al no justificar el descarte de una regla de clasificación previa (RGI 3a) ni sustentar técnicamente la determinación del 'carácter esencial' del producto (RGI 3b).
Lección: Para que una reclasificación arancelaria por parte de la autoridad aduanera sea válida, esta debe estar rigurosamente motivada. La administración debe explicar detalladamente su razonamiento técnico y jurídico, incluyendo por qué aplica una regla de interpretación sobre otra y en qué se basa para determinar el 'carácter esencial' de una mercancía compuesta. Una falla en la motivación puede invalidar todo el ajuste fiscal.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta la deducción de gastos por depreciación de vehículo y alquiler de vivienda para un ejecutivo, así como comisiones por factoraje con una empresa relacionada, por un total de $1,531,817.24. Se determinó que el contribuyente no logró probar la necesidad e indispensabilidad de dichos gastos para la generación de renta, requisito esencial del Art. 28 de la Ley de Impuesto sobre la Renta. Adicionalmente, se denegó la solicitud de devolución de una contribución especial, ya que la sentencia de inconstitucionalidad que la eliminó no tenía efectos retroactivos.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de gastos, especialmente aquellos que pueden ser considerados de beneficio personal para ejecutivos o en operaciones con partes relacionadas, es crucial mantener documentación que no solo soporte la transacción, sino que demuestre de manera inequívoca y directa la necesidad del gasto para la generación de ingresos gravables. La simple existencia de un contrato o registro contable es insuficiente si la realidad económica y la falta de pruebas no respaldan el carácter indispensable de la erogación.