2025
109 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | Aduana | Código Tributario | IVA | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $7,133,037 Renta - Ene
Monto:
$7,133,037
% del total general:
23.55%
| $57,095 Aduana - Ene
Monto:
$57,095
% del total general:
0.19%
| $284 Código Tributario - Ene
Monto:
$284
% del total general:
0.00%
| - | - | $7,190,415 |
| Feb | $1,668,209 Renta - Feb
Monto:
$1,668,209
% del total general:
5.51%
| $29,150 Aduana - Feb
Monto:
$29,150
% del total general:
0.10%
| $359,365 Código Tributario - Feb
Monto:
$359,365
% del total general:
1.19%
| $856,196 IVA - Feb
Monto:
$856,196
% del total general:
2.83%
| $810 Otros - Feb
Monto:
$810
% del total general:
0.00%
| $2,913,729 |
| Mar | $2,533,769 Renta - Mar
Monto:
$2,533,769
% del total general:
8.37%
| $40,282 Aduana - Mar
Monto:
$40,282
% del total general:
0.13%
| - | - | - | $2,574,051 |
| Abr | $392,243 Renta - Abr
Monto:
$392,243
% del total general:
1.30%
| $61,620 Aduana - Abr
Monto:
$61,620
% del total general:
0.20%
| $1,797,069 Código Tributario - Abr
Monto:
$1,797,069
% del total general:
5.93%
| $61,361 IVA - Abr
Monto:
$61,361
% del total general:
0.20%
| $14,393 Otros - Abr
Monto:
$14,393
% del total general:
0.05%
| $2,326,685 |
| May | $3,437,715 Renta - May
Monto:
$3,437,715
% del total general:
11.35%
| $135,781 Aduana - May
Monto:
$135,781
% del total general:
0.45%
| $100,715 Código Tributario - May
Monto:
$100,715
% del total general:
0.33%
| - | - | $3,674,211 |
| Jun | - | $164,425 Aduana - Jun
Monto:
$164,425
% del total general:
0.54%
| $45,117 Código Tributario - Jun
Monto:
$45,117
% del total general:
0.15%
| - | - | $209,542 |
| Jul | $1,721,071 Renta - Jul
Monto:
$1,721,071
% del total general:
5.68%
| $2,382,951 Aduana - Jul
Monto:
$2,382,951
% del total general:
7.87%
| $720 Código Tributario - Jul
Monto:
$720
% del total general:
0.00%
| $720 IVA - Jul
Monto:
$720
% del total general:
0.00%
| - | $4,105,462 |
| Ago | $338,890 Renta - Ago
Monto:
$338,890
% del total general:
1.12%
| $34,409 Aduana - Ago
Monto:
$34,409
% del total general:
0.11%
| $896,783 Código Tributario - Ago
Monto:
$896,783
% del total general:
2.96%
| $1,267,309 IVA - Ago
Monto:
$1,267,309
% del total general:
4.18%
| $9,943 Otros - Ago
Monto:
$9,943
% del total general:
0.03%
| $2,547,335 |
| Sep | $1,037,681 Renta - Sep
Monto:
$1,037,681
% del total general:
3.43%
| - | $720 Código Tributario - Sep
Monto:
$720
% del total general:
0.00%
| $265,452 IVA - Sep
Monto:
$265,452
% del total general:
0.88%
| - | $1,303,852 |
| Oct | $3,371,095 Renta - Oct
Monto:
$3,371,095
% del total general:
11.13%
| $66,247 Aduana - Oct
Monto:
$66,247
% del total general:
0.22%
| - | - | - | $3,437,342 |
| Total | $21,633,709 | $2,971,960 | $3,200,773 | $2,451,038 | $25,145 | $30,282,625 |
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Un contribuyente interpuso un recurso de apelación ante el TAIIA sin especificar la resolución administrativa que impugnaba ni su pretensión. A pesar de que el Tribunal le otorgó un plazo para subsanar dichos errores, el contribuyente no lo hizo, por lo que el Tribunal declaró improponible el recurso por carecer de requisitos procesales esenciales, sin analizar el fondo del asunto.
Lección: Al presentar un recurso de apelación, es crucial identificar con total claridad el acto administrativo que se impugna y formular una pretensión específica. No cumplir con estos requisitos formales, y no corregirlos si el tribunal lo solicita, llevará al rechazo del recurso, perdiendo la oportunidad de una revisión de fondo del caso.
El contribuyente fue sancionado con una multa por omitir el reporte de una operación de financiamiento con una parte relacionada en el Informe F-982. Aunque el contribuyente argumentó haber cumplido al presentar el formulario, el Tribunal de Apelaciones confirmó la sanción, estableciendo que el cumplimiento de la obligación formal exige reportar la totalidad de las operaciones, y que la omisión constituye un incumplimiento de las especificaciones técnicas dispuestas por la Administración Tributaria.
Lección: El cumplimiento de la obligación de presentar el Informe de Operaciones con Sujetos Relacionados (F-982) no se agota con la simple entrega del formulario. Es imperativo verificar que se incluya la totalidad de las operaciones realizadas, ya que la omisión de cualquier dato es considerada una infracción por incumplir las especificaciones técnicas, lo que conlleva a la imposición de multas significativas.
El contribuyente fue sancionado por la DGII con multas por tres incumplimientos formales: emitir Facturas de Consumidor Final sobre $200 sin datos del comprador, emitir Comprobantes de Crédito Fiscal con información incompleta, y presentar tardíamente el informe F-930. El Tribunal de Apelaciones revocó las dos primeras multas, aplicando el principio de retroactividad de la ley más favorable para las facturas y declarando vulneración al derecho de defensa para los comprobantes de crédito fiscal. Sin embargo, confirmó la multa por la presentación extemporánea del informe F-930.
Lección: Es fundamental que los contribuyentes se mantengan actualizados sobre las reformas a las leyes tributarias, ya que una norma sancionadora posterior más favorable puede aplicarse retroactivamente y anular sanciones. Adicionalmente, al ofrecer pruebas a la administración tributaria, se debe especificar claramente el lugar para su verificación, pues un error procesal de la autoridad en la diligencia de prueba puede invalidar el acto administrativo por vulneración al derecho de defensa.
Un contribuyente apeló la determinación de impuestos aduaneros (DAI, IVA) y una multa, derivados del rechazo del valor declarado de vehículos usados importados. El Tribunal revocó la determinación de impuestos porque la Dirección General de Aduanas no aportó al expediente la prueba que justificaba el descarte de los métodos de valoración primarios, vulnerando el debido proceso. Sin embargo, confirmó la multa porque el contribuyente incumplió su deber de proporcionar la información contable y de respaldo requerida.
Lección: Para la autoridad aduanera, es crucial documentar y agregar al expediente toda la evidencia utilizada para descartar los métodos de valoración y justificar sus actuaciones. Para el contribuyente, es indispensable mantener y presentar de forma completa y oportuna toda la contabilidad y documentación de respaldo solicitada, ya que su omisión puede acarrear sanciones firmes, incluso si la determinación de impuestos principal es anulada por errores de la administración.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó ingresos no declarados a un contribuyente basándose en un incremento patrimonial no justificado por depósitos bancarios. Adicionalmente, ratifica el rechazo de créditos fiscales de IVA por compras de un vehículo, combustible y materiales de construcción, al no haberse probado que fueran indispensables para la actividad económica, lo que resultó en la imposición de un impuesto complementario y una multa por evasión no intencional.
Lección: Es crucial que los contribuyentes documenten exhaustivamente el origen de todos los depósitos en sus cuentas bancarias para refutar la presunción de ingresos omitidos. Asimismo, para deducir créditos fiscales, deben mantener pruebas fehacientes (más allá de la factura y el registro contable) que demuestren la estricta indispensabilidad de cada gasto para la generación de renta gravada.