2025
109 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | Aduana | Código Tributario | IVA | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $7,133,037 Renta - Ene
Monto:
$7,133,037
% del total general:
23.55%
| $57,095 Aduana - Ene
Monto:
$57,095
% del total general:
0.19%
| $284 Código Tributario - Ene
Monto:
$284
% del total general:
0.00%
| - | - | $7,190,415 |
| Feb | $1,668,209 Renta - Feb
Monto:
$1,668,209
% del total general:
5.51%
| $29,150 Aduana - Feb
Monto:
$29,150
% del total general:
0.10%
| $359,365 Código Tributario - Feb
Monto:
$359,365
% del total general:
1.19%
| $856,196 IVA - Feb
Monto:
$856,196
% del total general:
2.83%
| $810 Otros - Feb
Monto:
$810
% del total general:
0.00%
| $2,913,729 |
| Mar | $2,533,769 Renta - Mar
Monto:
$2,533,769
% del total general:
8.37%
| $40,282 Aduana - Mar
Monto:
$40,282
% del total general:
0.13%
| - | - | - | $2,574,051 |
| Abr | $392,243 Renta - Abr
Monto:
$392,243
% del total general:
1.30%
| $61,620 Aduana - Abr
Monto:
$61,620
% del total general:
0.20%
| $1,797,069 Código Tributario - Abr
Monto:
$1,797,069
% del total general:
5.93%
| $61,361 IVA - Abr
Monto:
$61,361
% del total general:
0.20%
| $14,393 Otros - Abr
Monto:
$14,393
% del total general:
0.05%
| $2,326,685 |
| May | $3,437,715 Renta - May
Monto:
$3,437,715
% del total general:
11.35%
| $135,781 Aduana - May
Monto:
$135,781
% del total general:
0.45%
| $100,715 Código Tributario - May
Monto:
$100,715
% del total general:
0.33%
| - | - | $3,674,211 |
| Jun | - | $164,425 Aduana - Jun
Monto:
$164,425
% del total general:
0.54%
| $45,117 Código Tributario - Jun
Monto:
$45,117
% del total general:
0.15%
| - | - | $209,542 |
| Jul | $1,721,071 Renta - Jul
Monto:
$1,721,071
% del total general:
5.68%
| $2,382,951 Aduana - Jul
Monto:
$2,382,951
% del total general:
7.87%
| $720 Código Tributario - Jul
Monto:
$720
% del total general:
0.00%
| $720 IVA - Jul
Monto:
$720
% del total general:
0.00%
| - | $4,105,462 |
| Ago | $338,890 Renta - Ago
Monto:
$338,890
% del total general:
1.12%
| $34,409 Aduana - Ago
Monto:
$34,409
% del total general:
0.11%
| $896,783 Código Tributario - Ago
Monto:
$896,783
% del total general:
2.96%
| $1,267,309 IVA - Ago
Monto:
$1,267,309
% del total general:
4.18%
| $9,943 Otros - Ago
Monto:
$9,943
% del total general:
0.03%
| $2,547,335 |
| Sep | $1,037,681 Renta - Sep
Monto:
$1,037,681
% del total general:
3.43%
| - | $720 Código Tributario - Sep
Monto:
$720
% del total general:
0.00%
| $265,452 IVA - Sep
Monto:
$265,452
% del total general:
0.88%
| - | $1,303,852 |
| Oct | $3,371,095 Renta - Oct
Monto:
$3,371,095
% del total general:
11.13%
| $66,247 Aduana - Oct
Monto:
$66,247
% del total general:
0.22%
| - | - | - | $3,437,342 |
| Total | $21,633,709 | $2,971,960 | $3,200,773 | $2,451,038 | $25,145 | $30,282,625 |
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El Tribunal de Apelaciones confirma una multa impuesta por la DGII a un contribuyente por no presentar el Informe F-930 (detallando retenciones de IVA) para varios períodos. El contribuyente argumentó que no pudo presentar el informe porque sus clientes no le entregaron los comprobantes de retención. El Tribunal desestimó este argumento, estableciendo que la presentación del informe es una obligación formal que debe cumplirse en el plazo legal, y es responsabilidad del contribuyente exigir la documentación necesaria a sus agentes de retención.
Lección: Los contribuyentes deben cumplir rigurosamente con los plazos para la presentación de informes y declaraciones formales, como el F-930. La falta de documentos de terceros (como comprobantes de retención) no es una excusa válida para el incumplimiento; es deber del contribuyente gestionar y exigir activamente la documentación necesaria para poder cumplir con sus propias obligaciones tributarias a tiempo.
El Tribunal de Apelaciones confirma una multa de $720.00 impuesta por la DGII a un contribuyente por no emitir una factura durante una venta verificada por un fedatario. El contribuyente alegó que la venta ocurrió en otro local y que la facultad sancionadora había caducado, pero el Tribunal desestimó todos sus argumentos, otorgando plena validez al acta del fedatario y confirmando que los plazos aplicables son los del Código Tributario.
Lección: La obligación de emitir y entregar factura a consumidores finales es inmediata y su incumplimiento, verificado por un fedatario, conlleva una sanción difícil de desvirtuar. El Acta de Comprobación tiene un alto valor probatorio, y para contradecirla se requieren pruebas contundentes y pertinentes, no meras alegaciones o pruebas insuficientes.
El contribuyente apeló el rechazo de varias deducciones de Impuesto sobre la Renta por parte de la DGII, incluyendo costos de mantenimiento, gift cards para empleados, servicios de consultoría, depreciación de intangibles e intereses de préstamos. El Tribunal confirmó la mayoría de las objeciones de la DGII, reiterando que los gastos deben ser probadamente necesarios e indispensables para generar renta, pero declaró ilegal la objeción a un gasto de consultoría donde la DGII exigió incorrectamente una retención.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de un gasto, no es suficiente con tener facturas y registros contables. Es crucial mantener documentación de soporte que demuestre inequívocamente la necesidad y el vínculo directo del gasto con la generación de ingresos gravables o la conservación del negocio, especialmente en transacciones con partes relacionadas o en gastos no explícitamente detallados en la ley.
La Dirección General de Aduanas (DGA) impuso una multa de $36,425.11 a una empresa por supuesto 'entorpecimiento' de una fiscalización, argumentando que entregó información de forma incompleta y tardía. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la sanción al determinar que los hechos no se adecuaban a la descripción legal de la infracción de 'entorpecimiento', ya que no se probó una intención deliberada de obstruir, vulnerándose así el principio de tipicidad.
Lección: Para que la administración tributaria pueda sancionar por 'entorpecimiento', no basta con que existan retrasos o se entregue información incompleta que requiera solicitudes adicionales. Es indispensable que la autoridad demuestre con pruebas fehacientes, como actas de negativa, una conducta deliberada y un ánimo claro del contribuyente de obstaculizar, dificultar o impedir la labor de fiscalización.
El Tribunal confirma una multa de $720 impuesta por la DGII a un contribuyente por no emitir una factura de $15 durante una compra de verificación realizada por un fedatario. El Tribunal desestimó los argumentos del contribuyente sobre la emisión posterior de la factura, la nulidad de la notificación y la desproporcionalidad de la sanción, estableciendo que la obligación de facturar es instantánea y que el procedimiento de la administración fue conforme a derecho.
Lección: Es una obligación formal ineludible emitir y entregar la factura o documento equivalente en el preciso momento de la transacción. La emisión posterior, aunque se declare el impuesto, no subsana la infracción de omisión y dará lugar a una multa, la cual tiene un mínimo legal de dos salarios mínimos mensuales, independientemente del bajo monto de la operación.