Artículo 5
La matrícula es el asiento numerado que se hace en los registros de la Dirección General; del nombre, dirección y Número de Identificación Tributaria de la persona propietaria poseedora legítima de un vehículo cuyas características son incorporadas en dichos registros.
La matrícula se comprueba con la tarjeta de circulación, las placas, u otro distintivo expedido por la Dirección General.