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Artículo 12

PARTICIPACIÓN DE LOS ENTES OBLIGADOS EN ACTIVIDADES DEL INSTITUTO

Los Entes Obligados deberán participar en las actividades de capacitación a los servidores públicos en materia de transparencia, acceso a la información, protección de datos personales y administración de archivos y en todo cuanto colabore a garantizar los fines establecidos en el Art. 3 de la Ley.