Artículo 12
PARTICIPACIÓN DE LOS ENTES OBLIGADOS EN ACTIVIDADES DEL INSTITUTO
Los Entes Obligados deberán participar en las actividades de capacitación a los servidores públicos en materia de transparencia, acceso a la información, protección de datos personales y administración de archivos y en todo cuanto colabore a garantizar los fines establecidos en el Art. 3 de la Ley.