LegalEx - Navega las leyes tributarias de El Salvador

Título III: DATOS PERSONALES
Capítulo I: PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Artículo 33

PROHIBICIÓN DE DIFUSIÓN

Los entes obligados no podrán difundir, distribuir o comercializar los datos personales contenidos en los sistemas de información administrados en el ejercicio de sus funciones, salvo que haya mediado el consentimiento ex- preso y libre, por escrito o por un medio equivalente, de los individuos a que haga referencia la información.