Artículo 13
INFORMACIÓN OFICIOSA DEL ÓRGANO JUDICIAL
Será información oficiosa del Órgano Judicial, además de la contenida en el artículo 10, la siguiente:
El proyecto de agenda de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Pleno de la Corte Suprema de Justicia.
Las sentencias definitivas e interlocutorias firmes con fuerza de definitiva.
La sistematización de la jurisprudencia.
Los textos actualizados de la legislación vigente.
Las actas y resoluciones que emita la Corte Suprema de Justicia en pleno.
Los nombramientos o designaciones de funcionarios de otros entes nacionales o internacionales que le corresponda efectuar.
Los autos de pareatis, extradiciones y la calificación del carácter de orden público que atribuya a una ley.
La nómina de abogados, notarios, jueces y jueces ejecutores, con mención expresa de las nuevas autorizaciones, suspensiones e inhabilitaciones.
Estadísticas de la gestión judicial, y las generadas por el Instituto de Medicina Legal.
Casos relevantes que por su interés público debieran conocer los ciudadanos.