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Título I: NORMAS GENERALES, DERECHOS DE LA PERSONA FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN Y EMPLEO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS
Capítulo I: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 5

COMPARECENCIAS PARA TRÁMITES

La comparecencia de los ciudadanos en las oficinas públicas sólo será obligatoria por disposición legal. En ese sentido, para la presentación de solicitudes, peticiones o cualquier escrito dirigido a la Administración, no será necesaria la comparecencia del interesado. Si la presentación de escritos dirigi- dos a la Administración se hace a través de un tercero, será necesario legalizar la firma del interesado.