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Título III: DEBERES Y OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
Capítulo III: DECLARACIONES TRIBUTARIAS

Artículo 31

LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO EN FORMULARIOS PROPORCIONADOS POR LA ADMINISTRACIÓN

Los contribuyentes deben liquidar el impuesto en los formularios que proporcionará la Administración Tributaria. La falta de tales formularios no libera de la obligación de declarar y pagar el impuesto dentro del plazo legal; para tal efecto, la Administración establecerá las condiciones y formalidades, que faciliten el cumplimiento de dichas obligaciones tributarias, lo anterior también es aplicable a los responsables. A dichas declaraciones deberán adjuntarse los documentos e información que la Administración Tributaria disponga. Art. 150 inc. 1 CT