LegalEx - Navega las leyes tributarias de El Salvador

Título IV: PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS
Capítulo VII: RÉGIMEN SANCIONATORIO

Artículo 133

CADUCIDAD PARA SOLICITUD DE DEVOLUCIONES

La caducidad para solicitar la devolución por parte del sujeto pasivo que efectuó el cobro indebido de cantidades retenidas y enteradas al fisco, operará dentro del término de dos años contados a partir de la fecha del pago indebido, sin perjuicio de la acción civil a que haya lugar por parte de los sujetos a quienes les efectuó la retención indebidamente. Art. 213 CT