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Artículo 36-A

Dentro de las atribuciones comprendidas en el artículo anterior, competen especialmente al Viceministerio de Hacienda las siguientes:

1)

El manejo del Presupuesto, incluyendo presupuestos especiales;

2)

El manejo de la caja;

3)

El manejo de sistema de información necesario para las relaciones con el Fondo Monetario Internacional; y

4)

El manejo administrativo del Ministerio, incluyendo lo relacionado con los inmuebles y equipos.