2011
213 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Aduana | Otros | Código Tributario | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $3,492,607 Renta - Ene
Monto:
$3,492,607
% del total general:
8.36%
| $137,940 IVA - Ene
Monto:
$137,940
% del total general:
0.33%
| $106,051 Aduana - Ene
Monto:
$106,051
% del total general:
0.25%
| - | - | $3,736,599 |
| Feb | $2,008,693 Renta - Feb
Monto:
$2,008,693
% del total general:
4.81%
| $1,956,775 IVA - Feb
Monto:
$1,956,775
% del total general:
4.68%
| $233,424 Aduana - Feb
Monto:
$233,424
% del total general:
0.56%
| $2,396,247 Otros - Feb
Monto:
$2,396,247
% del total general:
5.73%
| - | $6,595,139 |
| Mar | $1,947,773 Renta - Mar
Monto:
$1,947,773
% del total general:
4.66%
| $1,326 IVA - Mar
Monto:
$1,326
% del total general:
0.00%
| $69,016 Aduana - Mar
Monto:
$69,016
% del total general:
0.17%
| $626,553 Otros - Mar
Monto:
$626,553
% del total general:
1.50%
| - | $2,644,669 |
| Abr | $1,518,083 Renta - Abr
Monto:
$1,518,083
% del total general:
3.63%
| $874,017 IVA - Abr
Monto:
$874,017
% del total general:
2.09%
| $1,486,131 Aduana - Abr
Monto:
$1,486,131
% del total general:
3.56%
| - | - | $3,878,232 |
| May | - | $67,206 IVA - May
Monto:
$67,206
% del total general:
0.16%
| $621,205 Aduana - May
Monto:
$621,205
% del total general:
1.49%
| - | - | $688,411 |
| Jun | $6,232,172 Renta - Jun
Monto:
$6,232,172
% del total general:
14.91%
| $976,950 IVA - Jun
Monto:
$976,950
% del total general:
2.34%
| $495,255 Aduana - Jun
Monto:
$495,255
% del total general:
1.19%
| - | - | $7,704,377 |
| Jul | $3,690,977 Renta - Jul
Monto:
$3,690,977
% del total general:
8.83%
| $325,934 IVA - Jul
Monto:
$325,934
% del total general:
0.78%
| $27,894 Aduana - Jul
Monto:
$27,894
% del total general:
0.07%
| - | - | $4,044,805 |
| Ago | $33,553 Renta - Ago
Monto:
$33,553
% del total general:
0.08%
| $56,048 IVA - Ago
Monto:
$56,048
% del total general:
0.13%
| $3,421,033 Aduana - Ago
Monto:
$3,421,033
% del total general:
8.19%
| - | $3,989 Código Tributario - Ago
Monto:
$3,989
% del total general:
0.01%
| $3,514,623 |
| Sep | $2,174,528 Renta - Sep
Monto:
$2,174,528
% del total general:
5.20%
| $252,159 IVA - Sep
Monto:
$252,159
% del total general:
0.60%
| $32,513 Aduana - Sep
Monto:
$32,513
% del total general:
0.08%
| $24,196 Otros - Sep
Monto:
$24,196
% del total general:
0.06%
| - | $2,483,396 |
| Oct | $670,293 Renta - Oct
Monto:
$670,293
% del total general:
1.60%
| $437,735 IVA - Oct
Monto:
$437,735
% del total general:
1.05%
| $617,819 Aduana - Oct
Monto:
$617,819
% del total general:
1.48%
| $3,477,151 Otros - Oct
Monto:
$3,477,151
% del total general:
8.32%
| - | $5,202,998 |
| Nov | $18,255 Renta - Nov
Monto:
$18,255
% del total general:
0.04%
| $318,685 IVA - Nov
Monto:
$318,685
% del total general:
0.76%
| $392,631 Aduana - Nov
Monto:
$392,631
% del total general:
0.94%
| - | $14,241 Código Tributario - Nov
Monto:
$14,241
% del total general:
0.03%
| $743,813 |
| Dic | $52 Renta - Dic
Monto:
$52
% del total general:
0.00%
| $495,267 IVA - Dic
Monto:
$495,267
% del total general:
1.19%
| - | $56,100 Otros - Dic
Monto:
$56,100
% del total general:
0.13%
| - | $551,419 |
| Total | $21,786,988 | $5,900,042 | $7,502,972 | $6,580,247 | $18,230 | $41,788,479 |
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Una empresa solicitó a la Dirección General de Aduanas (DGA) la ampliación de sus operaciones como depósito temporal. A pesar de que la empresa realizó inversiones significativas para cumplir con los requerimientos de la DGA, esta última denegó la solicitud alegando de forma vaga el incumplimiento de requisitos de infraestructura y la falta de personal propio. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión de la DGA por falta de motivación e incongruencia, ordenándole reevaluar el caso correctamente.
Lección: Las decisiones de la administración pública, especialmente las desfavorables, deben fundamentarse en razones de hecho y de derecho claras, específicas y probadas. La falta de motivación o el uso de argumentos internos de la administración (como la falta de personal) como justificación para denegar un derecho, son vicios que pueden llevar a la anulación del acto administrativo en una instancia superior.
El Tribunal de Apelaciones analiza un caso de IVA donde un productor de miel declaró ventas gravadas como exentas, no llevó correctamente el control de inventarios y registró tardíamente sus ventas. El Tribunal confirma el impuesto a pagar y la multa por el mal registro de inventarios, pero revoca las multas por evasión intencional y por registro tardío, al determinar que la DGII cometió errores al tipificar las infracciones, aplicando artículos que no correspondían a la conducta observada.
Lección: Es crucial mantener los registros contables y de IVA (libros de compras y ventas, control de inventarios) de forma diaria, cronológica y cumpliendo todos los requisitos formales que exige la ley. Las declaraciones de impuestos deben ser un reflejo fiel de dichos registros, ya que cualquier contradicción puede ser interpretada como evasión intencional. Además, este caso demuestra que la correcta tipificación de la infracción por parte de la autoridad fiscal es un elemento fundamental para la validez de cualquier sanción, y su error puede llevar a la anulación de la multa.
Un concesionario de vehículos importó temporalmente un automóvil para exhibición, pero fue robado durante una demostración fuera de las instalaciones autorizadas. El contribuyente alegó 'caso fortuito' para extinguir la obligación tributaria, pero la autoridad aduanera lo negó. El Tribunal confirmó que el robo no es caso fortuito y que hubo negligencia del contribuyente, por lo que debe pagar los impuestos de importación, pero modificó la resolución para que el cobro se ajuste únicamente al valor del vehículo robado y no al total de la garantía que amparaba a dos vehículos.
Lección: Las mercancías bajo un régimen aduanero suspensivo, como la importación temporal, deben ser resguardadas con la máxima diligencia y estrictamente dentro de los lugares y condiciones autorizados. El robo no se considera 'caso fortuito' para extinguir la obligación tributaria, especialmente si existe negligencia del contribuyente, como la falta de medidas de seguridad adecuadas.
Un contribuyente fue fiscalizado por omitir la presentación de declaraciones de IVA, no enterar retenciones y cometer errores formales en facturas e informes. El Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación del impuesto y la mayoría de las multas, pero modificó dos sanciones clave: redujo la multa por evasión intencional aplicando una ley posterior más favorable (retroactividad benigna) y disminuyó la multa por retenciones no enteradas al aplicar el principio de proporcionalidad, sancionando sobre el total del período y no por cada operación.
Lección: La omisión de presentar declaraciones tributarias es una infracción grave que activa la presunción de evasión intencional. Es crucial presentar siempre las declaraciones, incluso sin liquidez para pagar, y cumplir con todas las obligaciones formales, como el correcto llenado de documentos, para evitar la acumulación de múltiples y cuantiosas multas.
El Tribunal confirma la multa impuesta por la DGII a un contribuyente que no emitió ni entregó una factura por la venta de una recarga telefónica de $1.50, verificada por un agente fedatario. El contribuyente argumentó que consolida ventas pequeñas y que pagó el impuesto, pero el Tribunal sostuvo que la obligación formal de emitir un documento por cada operación es ineludible y debe cumplirse en el momento de la venta.
Lección: Es una obligación formal ineludible emitir y entregar una factura o documento equivalente por cada venta individual a un consumidor final, sin importar cuán pequeño sea el monto. La consolidación posterior de ventas en una sola factura o el pago del impuesto correspondiente no eximen del cumplimiento de esta obligación en el momento exacto de la transacción.