2012
240 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Aduana | IVA | Código Tributario | Renta | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $1,001,700 Aduana - Ene
Monto:
$1,001,700
% del total general:
3.47%
| $932,823 IVA - Ene
Monto:
$932,823
% del total general:
3.23%
| $42,268 Código Tributario - Ene
Monto:
$42,268
% del total general:
0.15%
| - | - | $1,976,791 |
| Feb | $15,010 Aduana - Feb
Monto:
$15,010
% del total general:
0.05%
| $420,385 IVA - Feb
Monto:
$420,385
% del total general:
1.45%
| $5,502 Código Tributario - Feb
Monto:
$5,502
% del total general:
0.02%
| $104,139 Renta - Feb
Monto:
$104,139
% del total general:
0.36%
| - | $545,035 |
| Mar | $2,051,273 Aduana - Mar
Monto:
$2,051,273
% del total general:
7.10%
| $2,526,486 IVA - Mar
Monto:
$2,526,486
% del total general:
8.74%
| - | $1,082,177 Renta - Mar
Monto:
$1,082,177
% del total general:
3.74%
| - | $5,659,936 |
| Abr | $312,185 Aduana - Abr
Monto:
$312,185
% del total general:
1.08%
| $878,050 IVA - Abr
Monto:
$878,050
% del total general:
3.04%
| - | $421,018 Renta - Abr
Monto:
$421,018
% del total general:
1.46%
| - | $1,611,252 |
| May | $664,354 Aduana - May
Monto:
$664,354
% del total general:
2.30%
| $194,033 IVA - May
Monto:
$194,033
% del total general:
0.67%
| $9,785 Código Tributario - May
Monto:
$9,785
% del total general:
0.03%
| $4,740,276 Renta - May
Monto:
$4,740,276
% del total general:
16.40%
| - | $5,608,448 |
| Jun | $13,906 Aduana - Jun
Monto:
$13,906
% del total general:
0.05%
| $40,607 IVA - Jun
Monto:
$40,607
% del total general:
0.14%
| - | $1,464,713 Renta - Jun
Monto:
$1,464,713
% del total general:
5.07%
| - | $1,519,226 |
| Jul | $140,755 Aduana - Jul
Monto:
$140,755
% del total general:
0.49%
| $561,772 IVA - Jul
Monto:
$561,772
% del total general:
1.94%
| $2,766 Código Tributario - Jul
Monto:
$2,766
% del total general:
0.01%
| $3,410,425 Renta - Jul
Monto:
$3,410,425
% del total general:
11.80%
| - | $4,115,718 |
| Ago | $51,294 Aduana - Ago
Monto:
$51,294
% del total general:
0.18%
| $319,827 IVA - Ago
Monto:
$319,827
% del total general:
1.11%
| $9,624 Código Tributario - Ago
Monto:
$9,624
% del total general:
0.03%
| - | - | $380,745 |
| Sep | $405,818 Aduana - Sep
Monto:
$405,818
% del total general:
1.40%
| $778,144 IVA - Sep
Monto:
$778,144
% del total general:
2.69%
| - | $40,867 Renta - Sep
Monto:
$40,867
% del total general:
0.14%
| $68,292 Otros - Sep
Monto:
$68,292
% del total general:
0.24%
| $1,293,121 |
| Oct | $41,208 Aduana - Oct
Monto:
$41,208
% del total general:
0.14%
| $112,852 IVA - Oct
Monto:
$112,852
% del total general:
0.39%
| $12,409 Código Tributario - Oct
Monto:
$12,409
% del total general:
0.04%
| $113,166 Renta - Oct
Monto:
$113,166
% del total general:
0.39%
| - | $279,634 |
| Nov | $250,583 Aduana - Nov
Monto:
$250,583
% del total general:
0.87%
| $10,740 IVA - Nov
Monto:
$10,740
% del total general:
0.04%
| $102,032 Código Tributario - Nov
Monto:
$102,032
% del total general:
0.35%
| $3,498,521 Renta - Nov
Monto:
$3,498,521
% del total general:
12.10%
| - | $3,861,876 |
| Dic | $506,112 Aduana - Dic
Monto:
$506,112
% del total general:
1.75%
| $234,427 IVA - Dic
Monto:
$234,427
% del total general:
0.81%
| $116,915 Código Tributario - Dic
Monto:
$116,915
% del total general:
0.40%
| $1,193,608 Renta - Dic
Monto:
$1,193,608
% del total general:
4.13%
| - | $2,051,063 |
| Total | $5,454,196 | $7,010,147 | $301,301 | $16,068,910 | $68,292 | $28,902,846 |
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Un contribuyente declaró como renta no gravada una indemnización por retiro voluntario recibida de su empleador, a pesar de haber sido recontratado casi inmediatamente. La DGII determinó que, al no existir una ruptura real del vínculo laboral, dicho pago constituía una gratificación gravada. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión de la DGII, estableciendo que la condición indispensable para la exención de una indemnización es la terminación definitiva de la relación laboral, primando la realidad económica sobre la formalidad de una renuncia y recontratación.
Lección: Las indemnizaciones o bonificaciones por retiro voluntario solo se consideran rentas no gravables si existe una ruptura efectiva y definitiva del vínculo laboral. Si un empleado renuncia, recibe un pago y es recontratado de inmediato o en un corto plazo, la administración tributaria considerará que no hubo una terminación real del empleo y tratará dicho pago como una gratificación sujeta al Impuesto sobre la Renta.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta de $2,419.49 y una multa de $1,647.00 a una contribuyente por omitir ingresos en su declaración de 2008. La contribuyente intentó introducir nuevos gastos deducibles durante la apelación, pero el Tribunal los desestimó por ser pruebas impertinentes, ya que no estaban relacionadas con los hallazgos de la auditoría sobre ingresos omitidos.
Lección: Es crucial declarar la totalidad de los ingresos y asegurarse de incluir todos los gastos deducibles, con su debido soporte documental, en la declaración de impuestos original. Durante una fiscalización o apelación, las pruebas presentadas deben ser pertinentes y estar dirigidas a desvirtuar los hallazgos específicos de la autoridad tributaria, no a introducir nuevas deducciones que no fueron reclamadas a tiempo.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto de IVA a pagar y multas por evasión intencional, omisión de declaraciones y omisión de informes (F-930) a una sociedad. La DGII objetó créditos fiscales por gastos personales de los accionistas (seguros de vehículos y materiales de construcción) y el contribuyente no logró desvirtuar los hallazgos, alegando problemas económicos y mal asesoramiento, argumentos que fueron desestimados.
Lección: Es fundamental presentar siempre las declaraciones de impuestos dentro del plazo legal, incluso si no se cuenta con los fondos para pagar el tributo en ese momento. La omisión de la declaración puede ser calificada como evasión intencional, acarreando multas significativamente más altas. Además, los gastos personales de los socios o directivos nunca deben ser registrados como gastos de la empresa para deducir impuestos, ya que serán rechazados en una fiscalización.
La DGII determinó un impuesto de IVA de $8,154.46 y multas por más de $22,000 a un contribuyente por no presentar declaraciones de varios períodos, configurando evasión intencional. El contribuyente apeló alegando iliquidez y falta de intención, pero el Tribunal confirmó la sanción, estableciendo que los problemas económicos no eximen del cumplimiento de las obligaciones tributarias ni de las multas correspondientes.
Lección: La iliquidez o las dificultades económicas de una empresa no son una justificación legal para omitir la presentación de declaraciones de impuestos o el pago de tributos percibidos de terceros, como el IVA. Es fundamental presentar siempre las declaraciones, incluso sin poder pagar de inmediato, para evitar sanciones más severas como la de evasión intencional, y para no convertir un problema de liquidez en un problema legal y sancionatorio mayor.
La DGII sancionó a un contribuyente con multas que suman $12,095.92 por la presentación extemporánea del informe F-930 y por omitir el registro de inventarios. El Tribunal de Apelaciones modificó la resolución, confirmando una multa reducida de $459.63 por la presentación tardía, pero revocando el resto de las sanciones al determinar que la DGII utilizó una base de cálculo incorrecta (el Balance General de años equivocados) para imponer las multas.
Lección: Es crucial que la Administración Tributaria utilice la base de cálculo correcta, como el Balance General del período correspondiente, al imponer sanciones. Un error en este cálculo puede llevar a la anulación total de la multa. Además, aunque la subsanación voluntaria de un incumplimiento reduce significativamente la sanción, no la elimina, por lo que el cumplimiento oportuno de las obligaciones formales sigue siendo fundamental.