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2012

240 sentencias analizadas

DGII gana
72.2%
En disputa
$28,902,846
Filtrar por tipo de fallo:

Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$13,476,950
46.6% del total
Revocatorias
$506,081
1.8% del total
Modificatorias
$13,887,481
48.0% del total
Improponibles
$31,230
0.1% del total
Otros
$1,001,104
3.5% del total

Tendencia Mensual

Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sep
Oct
Nov
Dic
Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Aduana IVA Código Tributario Renta Otros Total Mes
Ene $1,001,700 $932,823 $42,268 - - $1,976,791
Feb $15,010 $420,385 $5,502 $104,139 - $545,035
Mar $2,051,273 $2,526,486 - $1,082,177 - $5,659,936
Abr $312,185 $878,050 - $421,018 - $1,611,252
May $664,354 $194,033 $9,785 $4,740,276 - $5,608,448
Jun $13,906 $40,607 - $1,464,713 - $1,519,226
Jul $140,755 $561,772 $2,766 $3,410,425 - $4,115,718
Ago $51,294 $319,827 $9,624 - - $380,745
Sep $405,818 $778,144 - $40,867 $68,292 $1,293,121
Oct $41,208 $112,852 $12,409 $113,166 - $279,634
Nov $250,583 $10,740 $102,032 $3,498,521 - $3,861,876
Dic $506,112 $234,427 $116,915 $1,193,608 - $2,051,063
Total $5,454,196 $7,010,147 $301,301 $16,068,910 $68,292 $28,902,846

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A1106005TM Modificatoria Aduana 28 mar 2012

La Dirección General de Aduanas determinó que arroz importado de Guatemala no era originario de ese país, por lo que liquidó Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) e IVA omitidos y aplicó una multa del 300%. El Tribunal de Apelaciones confirmó el cobro de los impuestos, ya que la resolución sobre el origen de la mercancía no fue apelada y quedó firme. Sin embargo, revocó la multa al considerar que el importador actuó de buena fe y sin culpa, pues la responsabilidad de certificar el origen recae en el exportador.

Lección: El importador es responsable del pago de los impuestos si una mercancía pierde el beneficio arancelario, incluso si el error en la certificación de origen fue del exportador. Sin embargo, la ausencia de culpa y la buena fe del importador pueden ser argumentos válidos para anular las multas asociadas. Es crucial impugnar cada acto administrativo adverso (como una resolución de origen) de forma independiente y oportuna, ya que su firmeza impide su discusión en etapas posteriores.

$1,186,771
en disputa
5 arts. citados
I1102013TM Modificatoria IVA 26 mar 2012

La DGII rechazó deducciones de crédito fiscal de IVA a una empresa de telecomunicaciones por servicios de interconexión, reventa de TV, arrendamiento de infraestructura y subcontratación de personal, argumentando que no se probó la 'existencia efectiva de la operación'. El Tribunal de Apelaciones modificó la resolución, manteniendo el rechazo para los servicios de telecomunicaciones por falta de prueba material, pero aceptando las deducciones por arrendamiento y personal tras realizar sus propias inspecciones físicas y verificaciones que sí demostraron la materialización de dichos servicios.

Lección: Para deducir créditos fiscales de IVA, especialmente en servicios intangibles o entre partes relacionadas, no es suficiente con presentar la documentación formal (contratos, facturas, pagos). Es crucial mantener y poder presentar pruebas operacionales y materiales que demuestren fehacientemente que el servicio fue efectivamente prestado y recibido, como reportes técnicos, registros de uso, inspecciones físicas de activos, y detalles del personal involucrado, para satisfacer el requisito de 'existencia efectiva de la operación'.

$2,450,419
en disputa
17 arts. citados
A1112010T Improponible Aduana 26 mar 2012

Un contribuyente apeló ante el TAIIA una resolución de la Dirección General de Aduanas que le exigía pagar impuestos por desperdicios cuyo plazo de permanencia había vencido, considerándolos importados por presunción legal. El Tribunal declaró el recurso improponible, argumentando que no tiene competencia para conocer sobre ese tipo de resolución, ya que no se trata de una liquidación de oficio, sanción, o disputa sobre valoración, clasificación u origen.

Lección: Es fundamental verificar que el acto administrativo a impugnar se encuentre dentro de las materias de competencia expresa del TAIIA, según su ley orgánica. Interponer un recurso contra un acto no apelable ante esta instancia resultará en su improponibilidad, obligando al contribuyente a buscar la vía judicial contencioso-administrativa y perdiendo la oportunidad de una revisión en sede administrativa especializada.

2 arts. citados
I1109030M Confirmatoria IVA 23 mar 2012

Un contribuyente fue multado por la DGII por presentar tardíamente sus declaraciones de IVA de cuatro períodos, a pesar de que estas fueron declaradas con valor cero. El contribuyente apeló argumentando falta de intención de evadir, pero el Tribunal confirmó la multa, sosteniendo que la obligación de declarar a tiempo es un deber formal que no depende de si hay impuesto a pagar y que el contribuyente no justificó su incumplimiento cuando tuvo la oportunidad.

Lección: La obligación de presentar las declaraciones de impuestos dentro del plazo legal es un deber formal ineludible, independientemente de si se han realizado operaciones o si resulta un impuesto a pagar. Si un contribuyente cesa sus actividades gravadas, debe solicitar formalmente su desinscripción ante la Administración Tributaria para ser liberado de esta obligación; de lo contrario, seguirá sujeto a sanciones por incumplimiento.

$208
en disputa
11 arts. citados
R1105009TM Modificatoria Renta 23 mar 2012

El Tribunal de Apelaciones analiza un recurso contra una resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta complementario y multas a una sociedad por el ejercicio 2007. La DGII objetó la omisión de ingresos por arrendamientos y venta de inmuebles, y rechazó deducciones por indemnizaciones, honorarios a accionistas, servicios legales y gastos financieros. El Tribunal confirma la mayoría de los hallazgos de la DGII, pero revoca la objeción a los pagos a accionistas por falta de motivación en la resolución de la administración, modificando así el monto final del impuesto y la multa por evasión.

Lección: Es fundamental que los contribuyentes, especialmente las personas jurídicas, registren sus ingresos bajo el sistema de devengado y mantengan documentación exhaustiva que demuestre fehacientemente que cada gasto deducido es estrictamente necesario para la generación de renta o la conservación de la fuente, cumpliendo con los requisitos de taxatividad de la ley. La falta de prueba o una justificación insuficiente, especialmente en gastos significativos como honorarios, servicios legales o intereses, resultará en el rechazo de la deducción.

$318,476
en disputa
11 arts. citados
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