2012
240 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Aduana | IVA | Código Tributario | Renta | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $1,001,700 Aduana - Ene
Monto:
$1,001,700
% del total general:
3.47%
| $932,823 IVA - Ene
Monto:
$932,823
% del total general:
3.23%
| $42,268 Código Tributario - Ene
Monto:
$42,268
% del total general:
0.15%
| - | - | $1,976,791 |
| Feb | $15,010 Aduana - Feb
Monto:
$15,010
% del total general:
0.05%
| $420,385 IVA - Feb
Monto:
$420,385
% del total general:
1.45%
| $5,502 Código Tributario - Feb
Monto:
$5,502
% del total general:
0.02%
| $104,139 Renta - Feb
Monto:
$104,139
% del total general:
0.36%
| - | $545,035 |
| Mar | $2,051,273 Aduana - Mar
Monto:
$2,051,273
% del total general:
7.10%
| $2,526,486 IVA - Mar
Monto:
$2,526,486
% del total general:
8.74%
| - | $1,082,177 Renta - Mar
Monto:
$1,082,177
% del total general:
3.74%
| - | $5,659,936 |
| Abr | $312,185 Aduana - Abr
Monto:
$312,185
% del total general:
1.08%
| $878,050 IVA - Abr
Monto:
$878,050
% del total general:
3.04%
| - | $421,018 Renta - Abr
Monto:
$421,018
% del total general:
1.46%
| - | $1,611,252 |
| May | $664,354 Aduana - May
Monto:
$664,354
% del total general:
2.30%
| $194,033 IVA - May
Monto:
$194,033
% del total general:
0.67%
| $9,785 Código Tributario - May
Monto:
$9,785
% del total general:
0.03%
| $4,740,276 Renta - May
Monto:
$4,740,276
% del total general:
16.40%
| - | $5,608,448 |
| Jun | $13,906 Aduana - Jun
Monto:
$13,906
% del total general:
0.05%
| $40,607 IVA - Jun
Monto:
$40,607
% del total general:
0.14%
| - | $1,464,713 Renta - Jun
Monto:
$1,464,713
% del total general:
5.07%
| - | $1,519,226 |
| Jul | $140,755 Aduana - Jul
Monto:
$140,755
% del total general:
0.49%
| $561,772 IVA - Jul
Monto:
$561,772
% del total general:
1.94%
| $2,766 Código Tributario - Jul
Monto:
$2,766
% del total general:
0.01%
| $3,410,425 Renta - Jul
Monto:
$3,410,425
% del total general:
11.80%
| - | $4,115,718 |
| Ago | $51,294 Aduana - Ago
Monto:
$51,294
% del total general:
0.18%
| $319,827 IVA - Ago
Monto:
$319,827
% del total general:
1.11%
| $9,624 Código Tributario - Ago
Monto:
$9,624
% del total general:
0.03%
| - | - | $380,745 |
| Sep | $405,818 Aduana - Sep
Monto:
$405,818
% del total general:
1.40%
| $778,144 IVA - Sep
Monto:
$778,144
% del total general:
2.69%
| - | $40,867 Renta - Sep
Monto:
$40,867
% del total general:
0.14%
| $68,292 Otros - Sep
Monto:
$68,292
% del total general:
0.24%
| $1,293,121 |
| Oct | $41,208 Aduana - Oct
Monto:
$41,208
% del total general:
0.14%
| $112,852 IVA - Oct
Monto:
$112,852
% del total general:
0.39%
| $12,409 Código Tributario - Oct
Monto:
$12,409
% del total general:
0.04%
| $113,166 Renta - Oct
Monto:
$113,166
% del total general:
0.39%
| - | $279,634 |
| Nov | $250,583 Aduana - Nov
Monto:
$250,583
% del total general:
0.87%
| $10,740 IVA - Nov
Monto:
$10,740
% del total general:
0.04%
| $102,032 Código Tributario - Nov
Monto:
$102,032
% del total general:
0.35%
| $3,498,521 Renta - Nov
Monto:
$3,498,521
% del total general:
12.10%
| - | $3,861,876 |
| Dic | $506,112 Aduana - Dic
Monto:
$506,112
% del total general:
1.75%
| $234,427 IVA - Dic
Monto:
$234,427
% del total general:
0.81%
| $116,915 Código Tributario - Dic
Monto:
$116,915
% del total general:
0.40%
| $1,193,608 Renta - Dic
Monto:
$1,193,608
% del total general:
4.13%
| - | $2,051,063 |
| Total | $5,454,196 | $7,010,147 | $301,301 | $16,068,910 | $68,292 | $28,902,846 |
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La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sancionó a una empresa con una multa de $817.43 por no presentar las declaraciones de IVA de marzo y diciembre de 2009. El contribuyente apeló, argumentando problemas de liquidez por retrasos en los pagos de sus clientes, pero el Tribunal de Apelaciones (TAIIA) confirmó la multa, estableciendo que las dificultades económicas no son una excusa legal para incumplir con las obligaciones tributarias formales.
Lección: Las obligaciones tributarias formales, como la presentación de declaraciones, deben cumplirse en los plazos establecidos por la ley, independientemente de la situación económica o de flujo de caja de la empresa. Alegar problemas de liquidez o falta de pago de clientes no es una defensa válida ante la Administración Tributaria ni ante los tribunales.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sancionó a una contribuyente con una multa de $2,016.90 por no llevar registro de control de inventarios en junio de 2011, calculando la sanción sobre el balance general de 2010. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la resolución, argumentando que la obligación de llevar inventarios es de carácter anual, por lo que la base para el cálculo de la multa debió ser el balance del ejercicio fiscalizado (2011), no el del año anterior, invalidando así la multa impuesta.
Lección: Al sancionar la omisión de llevar registros de control de inventarios, la Administración Tributaria debe calcular la multa utilizando como base el patrimonio del balance general correspondiente al ejercicio fiscalizado en el que se detectó el incumplimiento, no el del año anterior, pues se trata de una obligación relativa a períodos de imposición anuales.
El Tribunal revoca una multa de $1,868.40 impuesta por la DGII a un contribuyente por omitir el registro de control de inventarios para los meses de enero a marzo de 2011. La revocatoria se fundamenta en que la DGII cometió un error al calcular la sanción, utilizando el balance general del año anterior (2010) en lugar del correspondiente al ejercicio fiscalizado (2011), como lo exige la ley para obligaciones de carácter anual como el control de inventarios.
Lección: Al calcular multas por incumplimientos de obligaciones formales, es crucial identificar si la obligación es de carácter mensual o anual. Para obligaciones anuales, como llevar registros de inventario, la base de cálculo de la sanción (el patrimonio del balance general) debe corresponder al cierre del ejercicio fiscalizado, no al del año anterior.
La Dirección General de Aduanas (DGA) ajustó impuestos y aplicó multas a un importador por una supuesta incorrecta clasificación arancelaria de proyectores y por no entregar información. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó los ajustes de impuestos y la multa principal, validando la clasificación del contribuyente basada en el 'uso principal' de los equipos, pero confirmó la multa administrativa por la omisión en la entrega de la información solicitada.
Lección: Es fundamental cumplir con todos los requerimientos de información de la autoridad fiscalizadora de manera completa y oportuna, incluso si la información parece irrelevante o es de dominio público. El incumplimiento de este deber formal puede resultar en sanciones económicas, aun cuando el contribuyente tenga la razón en el fondo del asunto tributario.
El Tribunal revoca una multa impuesta por la DGII a un contribuyente por supuestamente no llevar registros de inventario. La revocatoria no se basa en si el contribuyente cumplió o no, sino en un error de procedimiento de la DGII: para calcular la multa, utilizó el balance general del año anterior al fiscalizado, cuando la ley exige usar el del ejercicio fiscalizado, ya que la obligación de llevar inventarios es de carácter anual.
Lección: Al calcular multas por incumplimientos de obligaciones anuales, como llevar registros de inventario, la Administración Tributaria debe usar como base el patrimonio del balance general del ejercicio fiscalizado, no el del año anterior, incluso si la fiscalización solo abarca unos meses de dicho ejercicio. Un error en la base de cálculo puede invalidar la sanción.