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2013

271 sentencias analizadas

DGII gana
74.4%
En disputa
$27,862,425
Filtrar por tipo de fallo:

Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$19,417,350
69.7% del total
Revocatorias
$2,843,673
10.2% del total
Modificatorias
$4,768,178
17.1% del total
Improponibles
0.0% del total
Otros
$833,224
3.0% del total

Tendencia Mensual

Ene
Feb
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Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Renta IVA Código Tributario Aduana Otros Total Mes
Ene $6,176,150 $322,058 $12,371 - - $6,510,579
Feb - $378,565 $105,338 $28,194 $80,785 $592,882
Mar - $505,978 $68,069 $389,176 - $963,223
Abr $312,472 $2,112,971 $6,671 $77,589 $2,205,996 $4,715,700
May $339,816 $262,448 $808,231 $222,337 - $1,632,832
Jun $485,720 $365,430 $1,868 $258,211 - $1,111,229
Jul $1,646,443 $245,807 $37,495 $867,212 $54,847 $2,851,804
Ago $214,642 $188,043 $61,483 $1,330,180 $94,594 $1,888,942
Sep $181,551 $260,968 $17,859 $71,541 - $531,919
Oct $3,106 $521,240 $2,913 $3,616,244 - $4,143,504
Nov $891,099 $95,038 $3,121 $1,054,127 - $2,043,385
Dic $114,286 $335,807 - $426,332 - $876,425
Total $10,365,287 $5,594,352 $1,125,419 $8,341,145 $2,436,222 $27,862,425

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I1210003M Confirmatoria IVA 31 may 2013

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sancionó a una pastelería por no emitir una factura por la venta de un pastel de $14.00, hecho constatado por un fedatario. El contribuyente apeló argumentando que sí cumplió y que la sanción era injustificada, pero no presentó pruebas. El Tribunal de Apelaciones confirmó la multa, ratificando la plena validez probatoria del acta del fedatario y aclarando que el pago posterior del impuesto no exime del incumplimiento de la obligación formal de emitir el documento en el momento de la venta.

Lección: Es una obligación tributaria crucial emitir y entregar la factura o documento equivalente en el momento exacto de cada venta, independientemente del monto. El acta de un fedatario que constata el incumplimiento tiene un alto valor probatorio que es muy difícil de desvirtuar, por lo que el cumplimiento estricto de esta obligación es fundamental para evitar sanciones.

$314
en disputa
19 arts. citados
I1210007M Confirmatoria IVA 31 may 2013

Un contribuyente fue sancionado por la DGII por no entregar una factura al momento de una venta, hecho constatado por un agente fedatario. El contribuyente apeló argumentando que sí emitió la factura (aunque de forma agrupada con otras ventas para ahorrar costos) y que pagó el impuesto correspondiente. El Tribunal de Apelaciones confirmó la multa, estableciendo que la obligación formal de emitir y entregar una factura por cada operación es independiente de la obligación de pagar el impuesto, y debe cumplirse en el acto sin que la actitud del cliente sea una excusa.

Lección: Es obligatorio emitir y entregar un documento fiscal (factura o equivalente) por cada venta individual en el preciso momento en que se realiza la transacción. Justificaciones como el ahorro de costos, la agrupación de ventas en una sola factura o el hecho de que el cliente no la pida, no son válidas y no eximen de la sanción por incumplimiento.

$448
en disputa
14 arts. citados
I1203032TM Modificatoria IVA 31 may 2013

La DGII determinó un impuesto de IVA de $64,322.11 y multas por $25,040.21 a una empresa por omisiones en declaraciones, incumplimientos formales y la deducción indebida de créditos fiscales. El Tribunal de Apelaciones modifica la resolución, confirmando el impuesto y la mayoría de las multas, pero revoca la sanción por evasión intencional para dos períodos al considerarla un 'simple olvido excusable' y anula la determinación de un remanente de crédito fiscal que ya había sido subsanado por el contribuyente.

Lección: Para asegurar la deducibilidad de los créditos fiscales, es crucial que las compras, especialmente las de alto valor (superiores a 58 salarios mínimos), se paguen a través del sistema financiero y no en efectivo. Además, se debe verificar que los documentos de respaldo, como los Comprobantes de Crédito Fiscal, provengan de imprentas autorizadas por la DGII, ya que el incumplimiento de estos requisitos formales invalida el crédito fiscal.

$86,747
en disputa
27 arts. citados
R1203025TM Modificatoria Renta 31 may 2013

Una empresa de transporte colectivo apeló una determinación de Impuesto sobre la Renta, argumentando que la compensación recibida del gobierno estaba exenta. El Tribunal falló en contra, estableciendo que la ley que otorgaba la exención había expirado y, por tanto, los ingresos eran gravados. Aunque el Tribunal rechazó la mayoría de las deducciones objetadas por la DGII por falta de soporte, modificó su propio criterio anterior y aceptó la deducción de indemnizaciones anuales, ajustando levemente el impuesto y la multa a pagar.

Lección: Las exenciones y beneficios fiscales dependen de la legislación vigente. Es crucial verificar que las leyes que sustentan un tratamiento fiscal favorable no hayan sido derogadas o modificadas. Además, toda deducción de gastos debe estar rigurosamente documentada para probar su necesidad y el cumplimiento de todas las obligaciones asociadas, como las retenciones.

$297,677
en disputa
26 arts. citados
A1208019TM Modificatoria Aduana 31 may 2013

Un contribuyente importó 'arroz partido' de Guatemala aplicando el beneficio de 0% de DAI por ser de origen centroamericano. La Dirección de Aduanas (DGA) determinó que la mercancía no era originaria y liquidó los impuestos y multas correspondientes. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) modificó la resolución, confirmando la determinación para las importaciones de 2009 pero revocando la de 2008, al concluir que la facultad de la DGA para fiscalizar había caducado por exceder el plazo de 4 años establecido en el CAUCA IV.

Lección: Al importar mercancías bajo un tratado de libre comercio, es fundamental no solo contar con la declaración de origen, sino también asegurarse de que el proveedor extranjero pueda y esté dispuesto a presentar toda la documentación probatoria ante las autoridades aduaneras si estas inician una verificación. Además, se debe estar atento a los plazos de caducidad de la facultad fiscalizadora de la administración, ya que su vencimiento puede anular una determinación de impuestos.

$48,816
en disputa
1 arts. citados
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