2014
206 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Aduana | Código Tributario | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $372,111 Renta - Ene
Monto:
$372,111
% del total general:
0.96%
| $288,325 IVA - Ene
Monto:
$288,325
% del total general:
0.75%
| $67,639 Aduana - Ene
Monto:
$67,639
% del total general:
0.18%
| $5,897 Código Tributario - Ene
Monto:
$5,897
% del total general:
0.02%
| $326 Otros - Ene
Monto:
$326
% del total general:
0.00%
| $734,298 |
| Feb | $571,953 Renta - Feb
Monto:
$571,953
% del total general:
1.48%
| $644,213 IVA - Feb
Monto:
$644,213
% del total general:
1.67%
| $30,596 Aduana - Feb
Monto:
$30,596
% del total general:
0.08%
| $3,127,230 Código Tributario - Feb
Monto:
$3,127,230
% del total general:
8.11%
| - | $4,373,992 |
| Mar | $1,435,481 Renta - Mar
Monto:
$1,435,481
% del total general:
3.72%
| $209,000 IVA - Mar
Monto:
$209,000
% del total general:
0.54%
| $181,887 Aduana - Mar
Monto:
$181,887
% del total general:
0.47%
| $36,849 Código Tributario - Mar
Monto:
$36,849
% del total general:
0.10%
| $326 Otros - Mar
Monto:
$326
% del total general:
0.00%
| $1,863,543 |
| Abr | $2,587,049 Renta - Abr
Monto:
$2,587,049
% del total general:
6.71%
| $1,575,607 IVA - Abr
Monto:
$1,575,607
% del total general:
4.08%
| $73,181 Aduana - Abr
Monto:
$73,181
% del total general:
0.19%
| - | $443 Otros - Abr
Monto:
$443
% del total general:
0.00%
| $4,236,280 |
| May | $1,132,515 Renta - May
Monto:
$1,132,515
% del total general:
2.94%
| - | $123,110 Aduana - May
Monto:
$123,110
% del total general:
0.32%
| $149,670 Código Tributario - May
Monto:
$149,670
% del total general:
0.39%
| - | $1,405,296 |
| Jun | $1,308,446 Renta - Jun
Monto:
$1,308,446
% del total general:
3.39%
| $667,094 IVA - Jun
Monto:
$667,094
% del total general:
1.73%
| $69,513 Aduana - Jun
Monto:
$69,513
% del total general:
0.18%
| - | $97,390 Otros - Jun
Monto:
$97,390
% del total general:
0.25%
| $2,142,443 |
| Jul | $7,765,063 Renta - Jul
Monto:
$7,765,063
% del total general:
20.13%
| - | $767,342 Aduana - Jul
Monto:
$767,342
% del total general:
1.99%
| - | $2,300 Otros - Jul
Monto:
$2,300
% del total general:
0.01%
| $8,534,705 |
| Ago | $227,619 Renta - Ago
Monto:
$227,619
% del total general:
0.59%
| $47,297 IVA - Ago
Monto:
$47,297
% del total general:
0.12%
| $333,637 Aduana - Ago
Monto:
$333,637
% del total general:
0.86%
| $794 Código Tributario - Ago
Monto:
$794
% del total general:
0.00%
| $63,213 Otros - Ago
Monto:
$63,213
% del total general:
0.16%
| $672,559 |
| Sep | $2,837,163 Renta - Sep
Monto:
$2,837,163
% del total general:
7.35%
| $271,710 IVA - Sep
Monto:
$271,710
% del total general:
0.70%
| $67,480 Aduana - Sep
Monto:
$67,480
% del total general:
0.17%
| $1,522 Código Tributario - Sep
Monto:
$1,522
% del total general:
0.00%
| - | $3,177,875 |
| Oct | $111,047 Renta - Oct
Monto:
$111,047
% del total general:
0.29%
| $386,455 IVA - Oct
Monto:
$386,455
% del total general:
1.00%
| $166,466 Aduana - Oct
Monto:
$166,466
% del total general:
0.43%
| - | - | $663,967 |
| Nov | $7,405,520 Renta - Nov
Monto:
$7,405,520
% del total general:
19.19%
| $636,710 IVA - Nov
Monto:
$636,710
% del total general:
1.65%
| $372,784 Aduana - Nov
Monto:
$372,784
% del total general:
0.97%
| - | $19,187 Otros - Nov
Monto:
$19,187
% del total general:
0.05%
| $8,434,200 |
| Dic | $1,692,409 Renta - Dic
Monto:
$1,692,409
% del total general:
4.39%
| $206,502 IVA - Dic
Monto:
$206,502
% del total general:
0.54%
| $442,816 Aduana - Dic
Monto:
$442,816
% del total general:
1.15%
| - | - | $2,341,726 |
| Total | $27,446,375 | $4,932,911 | $2,696,452 | $3,321,962 | $183,185 | $38,580,884 |
Buscar Sentencias
El Tribunal de Apelaciones modificó una resolución de la DGII, revocando una multa de $19,186.86 por no nombrar auditor fiscal debido a un error de la administración en la base de cálculo de la sanción. Sin embargo, confirmó otra multa por el mismo valor por no proporcionar información requerida, al constatar que el contribuyente incumplió su obligación de colaborar con la fiscalización.
Lección: Es crucial cumplir con las formalidades legales específicas para actos corporativos con relevancia fiscal, como el nombramiento de auditor por la Junta General de Accionistas y no por la Junta Directiva. Además, es imperativo responder de manera completa y oportuna a todos los requerimientos de información de la DGII para evitar sanciones por obstrucción a la fiscalización.
El representante legal de una sociedad interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII. El Tribunal advirtió que el apoderado no había acreditado su personería jurídica, por lo que le previno en dos ocasiones para que subsanara dicho defecto. Ante el incumplimiento del recurrente, el Tribunal declaró inadmisible el recurso por falta de un presupuesto procesal esencial, dejando firme la resolución de la DGII en la instancia administrativa.
Lección: Es fundamental cumplir con todos los requisitos formales al interponer un recurso, especialmente la acreditación de la personería jurídica. Ignorar las prevenciones del Tribunal para subsanar defectos procesales resultará inevitablemente en la inadmisibilidad del recurso, perdiendo la oportunidad de que el caso sea analizado en su fondo.
El Tribunal confirma una multa de $62,746.55 impuesta por la DGII a un contribuyente por no exhibir la totalidad de la documentación requerida durante una auditoría, específicamente libros sociales. El contribuyente alegó la ilegalidad de la sanción y vicios de procedimiento, pero el Tribunal determinó que el incumplimiento formal existió, la norma era aplicable y los actos de la DGII fueron emitidos por funcionarios con competencia delegada.
Lección: Es imperativo que los contribuyentes atiendan de manera completa y oportuna todos los requerimientos de información de la Administración Tributaria durante una fiscalización. La no presentación, incluso parcial, de documentos obligatorios como los libros sociales, constituye una infracción grave que conlleva multas significativas, y la simple alegación de falta de dolo no es suficiente para eximir de responsabilidad.
Un contribuyente solicitó la devolución de Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) dentro del plazo legal de un año. La Dirección General de Aduanas (DGA) primero declaró inadmisible la solicitud por falta de documentos, pero dejó abierta la posibilidad de presentarla de nuevo. Cuando el contribuyente subsanó los errores, la DGA declaró la solicitud extemporánea, contando el plazo desde la segunda presentación. El Tribunal revocó la decisión de la DGA, estableciendo que el trámite inició con la primera solicitud (que sí estaba en plazo) y ordenó a la DGA pronunciarse sobre el fondo del asunto.
Lección: La fecha que marca el inicio de un trámite administrativo es la de la presentación de la solicitud original, incluso si esta contiene errores formales que deban ser subsanados posteriormente. Si la administración previene para corregir, el escrito de subsanación es una continuación del trámite, no uno nuevo, y no reinicia el cómputo de los plazos.
La DGII sancionó a una contribuyente por no emitir una factura en un local que figuraba como su sucursal. La contribuyente demostró con un permiso del Ministerio de Agricultura que el negocio ya no le pertenecía y era operado por otra persona. El Tribunal revocó la multa, aplicando el principio de responsabilidad personal, y determinó que la falta de actualización del registro es una infracción distinta que no la hace responsable por los actos de un tercero.
Lección: Es fundamental mantener actualizada la información en el Registro Único de Contribuyentes, especialmente notificar formalmente el cierre de sucursales o cambios de dirección, para evitar ser responsabilizado por infracciones cometidas por terceros en antiguas ubicaciones comerciales.