2014
206 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Aduana | Código Tributario | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $372,111 Renta - Ene
Monto:
$372,111
% del total general:
0.96%
| $288,325 IVA - Ene
Monto:
$288,325
% del total general:
0.75%
| $67,639 Aduana - Ene
Monto:
$67,639
% del total general:
0.18%
| $5,897 Código Tributario - Ene
Monto:
$5,897
% del total general:
0.02%
| $326 Otros - Ene
Monto:
$326
% del total general:
0.00%
| $734,298 |
| Feb | $571,953 Renta - Feb
Monto:
$571,953
% del total general:
1.48%
| $644,213 IVA - Feb
Monto:
$644,213
% del total general:
1.67%
| $30,596 Aduana - Feb
Monto:
$30,596
% del total general:
0.08%
| $3,127,230 Código Tributario - Feb
Monto:
$3,127,230
% del total general:
8.11%
| - | $4,373,992 |
| Mar | $1,435,481 Renta - Mar
Monto:
$1,435,481
% del total general:
3.72%
| $209,000 IVA - Mar
Monto:
$209,000
% del total general:
0.54%
| $181,887 Aduana - Mar
Monto:
$181,887
% del total general:
0.47%
| $36,849 Código Tributario - Mar
Monto:
$36,849
% del total general:
0.10%
| $326 Otros - Mar
Monto:
$326
% del total general:
0.00%
| $1,863,543 |
| Abr | $2,587,049 Renta - Abr
Monto:
$2,587,049
% del total general:
6.71%
| $1,575,607 IVA - Abr
Monto:
$1,575,607
% del total general:
4.08%
| $73,181 Aduana - Abr
Monto:
$73,181
% del total general:
0.19%
| - | $443 Otros - Abr
Monto:
$443
% del total general:
0.00%
| $4,236,280 |
| May | $1,132,515 Renta - May
Monto:
$1,132,515
% del total general:
2.94%
| - | $123,110 Aduana - May
Monto:
$123,110
% del total general:
0.32%
| $149,670 Código Tributario - May
Monto:
$149,670
% del total general:
0.39%
| - | $1,405,296 |
| Jun | $1,308,446 Renta - Jun
Monto:
$1,308,446
% del total general:
3.39%
| $667,094 IVA - Jun
Monto:
$667,094
% del total general:
1.73%
| $69,513 Aduana - Jun
Monto:
$69,513
% del total general:
0.18%
| - | $97,390 Otros - Jun
Monto:
$97,390
% del total general:
0.25%
| $2,142,443 |
| Jul | $7,765,063 Renta - Jul
Monto:
$7,765,063
% del total general:
20.13%
| - | $767,342 Aduana - Jul
Monto:
$767,342
% del total general:
1.99%
| - | $2,300 Otros - Jul
Monto:
$2,300
% del total general:
0.01%
| $8,534,705 |
| Ago | $227,619 Renta - Ago
Monto:
$227,619
% del total general:
0.59%
| $47,297 IVA - Ago
Monto:
$47,297
% del total general:
0.12%
| $333,637 Aduana - Ago
Monto:
$333,637
% del total general:
0.86%
| $794 Código Tributario - Ago
Monto:
$794
% del total general:
0.00%
| $63,213 Otros - Ago
Monto:
$63,213
% del total general:
0.16%
| $672,559 |
| Sep | $2,837,163 Renta - Sep
Monto:
$2,837,163
% del total general:
7.35%
| $271,710 IVA - Sep
Monto:
$271,710
% del total general:
0.70%
| $67,480 Aduana - Sep
Monto:
$67,480
% del total general:
0.17%
| $1,522 Código Tributario - Sep
Monto:
$1,522
% del total general:
0.00%
| - | $3,177,875 |
| Oct | $111,047 Renta - Oct
Monto:
$111,047
% del total general:
0.29%
| $386,455 IVA - Oct
Monto:
$386,455
% del total general:
1.00%
| $166,466 Aduana - Oct
Monto:
$166,466
% del total general:
0.43%
| - | - | $663,967 |
| Nov | $7,405,520 Renta - Nov
Monto:
$7,405,520
% del total general:
19.19%
| $636,710 IVA - Nov
Monto:
$636,710
% del total general:
1.65%
| $372,784 Aduana - Nov
Monto:
$372,784
% del total general:
0.97%
| - | $19,187 Otros - Nov
Monto:
$19,187
% del total general:
0.05%
| $8,434,200 |
| Dic | $1,692,409 Renta - Dic
Monto:
$1,692,409
% del total general:
4.39%
| $206,502 IVA - Dic
Monto:
$206,502
% del total general:
0.54%
| $442,816 Aduana - Dic
Monto:
$442,816
% del total general:
1.15%
| - | - | $2,341,726 |
| Total | $27,446,375 | $4,932,911 | $2,696,452 | $3,321,962 | $183,185 | $38,580,884 |
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El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la Dirección General de Aduanas que le imponía multas por un total de $45,000.00 debido a inexactitudes en 30 declaraciones de mercancías. El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso por haber sido presentado de forma extemporánea, un día después del vencimiento del plazo legal de quince días hábiles, sin entrar a conocer el fondo del asunto.
Lección: Es crucial realizar un cómputo riguroso de los plazos legales para la interposición de recursos administrativos. Los plazos son perentorios y fatales, y su incumplimiento, incluso por un solo día, provoca la inadmisibilidad del recurso y la pérdida definitiva de la oportunidad de impugnar el acto administrativo en esa instancia.
Un contribuyente fue sancionado por la DGII con tres multas: por no llevar contabilidad formal, por emitir facturas con defectos formales y por no llevar control de inventarios. El Tribunal de Apelaciones modifica la resolución, revocando la multa por no llevar contabilidad al considerar que la DGII no probó que el activo del contribuyente superara el umbral legal para dicha obligación, pero confirma las otras dos multas por incumplimientos formales debidamente acreditados.
Lección: La Administración Tributaria no puede determinar la obligación de llevar contabilidad formal basándose únicamente en el volumen de ventas; debe probar fehacientemente que el 'activo en giro' del contribuyente supera el límite legal. Además, la obligación de llevar control de inventarios es independiente de la de llevar contabilidad formal y aplica a todo aquel que venda bienes.
El Tribunal revoca una resolución de la DGII que había negado a un contribuyente la deducción de créditos fiscales de IVA por servicios de asesoría administrativa importados de su casa matriz no domiciliada. La DGII argumentó falta de prueba sobre la materialización de los servicios, pero el Tribunal consideró que la documentación presentada era suficiente y que la DGII actuó de forma incongruente al aceptar el pago del impuesto por dichos servicios pero negar su existencia para efectos del crédito fiscal.
Lección: Para deducir créditos fiscales por servicios importados de partes relacionadas, es crucial no solo tener el contrato, facturas y comprobantes de pago, sino también demostrar la efectiva prestación y utilización del servicio. Sin embargo, si la Administración Tributaria acepta el pago de la retención de IVA por dichos servicios, se puede argumentar que ello constituye un reconocimiento de la existencia de la operación (teoría de los actos propios), lo que debilita una posterior objeción por falta de materialización.
El Tribunal confirma una multa impuesta a un contribuyente por no incluir la dirección de su sucursal en una factura, incumpliendo un requisito formal. El contribuyente argumentó que seguía indicaciones verbales de auditores en visitas pasadas, pero el Tribunal determinó que la obligación legal escrita prevalece sobre cualquier instrucción informal, confirmando la sanción.
Lección: Los contribuyentes con múltiples establecimientos deben asegurarse de que los documentos fiscales emitidos en cada uno cumplan estrictamente con todos los requisitos formales, como la dirección de la sucursal. Las indicaciones verbales de auditores o la falta de señalamientos en revisiones anteriores no constituyen una defensa válida contra el incumplimiento de la ley.
El Tribunal confirma la multa impuesta por la DGII a un contribuyente que no emitió ni entregó una factura de consumidor final a un agente fedatario al momento de una compra. El contribuyente alegó una distracción por un supuesto hurto, pero no presentó pruebas. El Tribunal sostuvo que el empleador es responsable por sus dependientes y que la emisión posterior de la factura solo sirvió como atenuante para reducir la sanción, pero no eliminó la infracción.
Lección: Es una obligación ineludible emitir y entregar el documento fiscal correspondiente (factura, tiquete, etc.) por cada venta en el preciso momento en que se recibe el pago. Cualquier excusa o distracción no exime de responsabilidad, y el empleador es siempre responsable de las acciones de sus empleados. La corrección posterior del error no anula la infracción, aunque puede ayudar a reducir la multa.