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2014

206 sentencias analizadas

DGII gana
68.4%
En disputa
$38,580,884
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Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$17,652,232
45.8% del total
Revocatorias
$13,831,652
35.9% del total
Modificatorias
$6,799,314
17.6% del total
Improponibles
$47,297
0.1% del total
Otros
$250,390
0.6% del total

Tendencia Mensual

Ene
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Oct
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Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Renta IVA Aduana Código Tributario Otros Total Mes
Ene $372,111 $288,325 $67,639 $5,897 $326 $734,298
Feb $571,953 $644,213 $30,596 $3,127,230 - $4,373,992
Mar $1,435,481 $209,000 $181,887 $36,849 $326 $1,863,543
Abr $2,587,049 $1,575,607 $73,181 - $443 $4,236,280
May $1,132,515 - $123,110 $149,670 - $1,405,296
Jun $1,308,446 $667,094 $69,513 - $97,390 $2,142,443
Jul $7,765,063 - $767,342 - $2,300 $8,534,705
Ago $227,619 $47,297 $333,637 $794 $63,213 $672,559
Sep $2,837,163 $271,710 $67,480 $1,522 - $3,177,875
Oct $111,047 $386,455 $166,466 - - $663,967
Nov $7,405,520 $636,710 $372,784 - $19,187 $8,434,200
Dic $1,692,409 $206,502 $442,816 - - $2,341,726
Total $27,446,375 $4,932,911 $2,696,452 $3,321,962 $183,185 $38,580,884

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M1401007M Confirmatoria Otros 30 abr 2014

El Tribunal confirma una multa impuesta a un comerciante por no emitir una factura a un agente fedatario de la DGII en el momento del pago. El contribuyente argumentó que su proceso manual de facturación era lento, pero el Tribunal determinó que la obligación legal es inmediata y el acta del fedatario es prueba suficiente. Un voto razonado analiza un vicio de competencia en el procedimiento, pero concluye que fue subsanado, validando la sanción.

Lección: Los contribuyentes deben garantizar la emisión y entrega inmediata de facturas o documentos equivalentes en el preciso instante en que reciben el pago de un consumidor final. Los retrasos operativos internos no son una defensa válida contra la infracción, la cual puede ser verificada y sancionada en el acto por un fedatario de la Administración Tributaria.

$117
en disputa
24 arts. citados
A1302021TM Modificatoria Aduana 30 abr 2014

Una empresa fue sancionada por la Dirección General de Aduanas con el pago de DAI, IVA y multas por no demostrar la cancelación del Régimen de Admisión Temporal de insumos químicos. El Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación de impuestos y la infracción, pero modificó la resolución para aplicar la atenuante del 50% a todas las multas, al determinar que la DGA aplicó incorrectamente el concepto de reincidencia al no existir una sanción previa firme.

Lección: Para los beneficiarios de regímenes aduaneros suspensivos, es crucial mantener un control documental riguroso y utilizar los documentos idóneos (Declaraciones de Mercancías de reexportación, FUTB, etc.) para probar la cancelación del régimen dentro de los plazos legales. No es suficiente demostrar que los insumos fueron utilizados en el proceso productivo; se debe probar formalmente su salida o cambio de destino conforme a la normativa aduanera para evitar que se consideren importados definitivamente.

$60,059
en disputa
2 arts. citados
I1302009TM Modificatoria IVA 23 abr 2014

La DGII fiscalizó el IVA del año 2010 de un contribuyente, determinando un impuesto a pagar de $60,893.31 y múltiples multas. La determinación se basó en una base mixta, presumiendo ventas por facturas extraviadas y no informadas, y rechazando créditos fiscales por falta de registro contable. El Tribunal de Apelaciones modificó la resolución, confirmando el impuesto y la mayoría de las multas, pero revocó la sanción por no llevar contabilidad formal al considerar que la DGII no probó la obligación del contribuyente.

Lección: Es fundamental mantener un control documental y registral impecable. La falta de facturas correlativas, si no se reporta su extravío a tiempo, permite a la autoridad fiscal presumir ventas. Además, para asegurar la deducción de créditos fiscales, no es suficiente tener la factura de compra; es indispensable que la operación esté debidamente registrada tanto en el Libro de Compras de IVA como en los registros contables correspondientes.

$113,246
en disputa
44 arts. citados
A1302036TM Revocatoria Aduana 11 abr 2014

El caso trata sobre la disputa de clasificación arancelaria del producto 'DAYAMINERAL JARABE'. La Aduana lo consideró un complemento alimenticio (partida 21.06) con 10% de DAI, mientras que el contribuyente lo declaró como medicamento (partida 30.04) con 5% de DAI. El Tribunal de Apelaciones falló a favor del contribuyente, estableciendo que el producto es un medicamento al estar destinado a tratar una enfermedad (avitaminosis), y por tanto, revocó la determinación de impuestos y la multa impuesta por la Aduana.

Lección: Para productos vitamínicos, la correcta clasificación arancelaria depende de su finalidad. Si el producto está indicado para 'prevenir o tratar una enfermedad', debe ser clasificado como medicamento (Capítulo 30). Es crucial contar con documentación técnica, como fichas de producto y opiniones de autoridades sanitarias, que respalden su uso terapéutico o profiláctico para defender la clasificación ante la autoridad aduanera.

$1,280
en disputa
1 arts. citados
I1302016T Confirmatoria IVA 10 abr 2014

El Tribunal confirma la decisión de la DGII de determinar IVA a una casa de empeño sobre los intereses de sus préstamos y de imponer multas por incumplimientos formales. La DGII argumentó, y el Tribunal aceptó, que la empresa perdió su exención de IVA al no dedicarse 'exclusivamente' al financiamiento, ya que también vendía bienes no redimidos, incumpliendo así una condición clave introducida por una reforma legal.

Lección: Los contribuyentes que gozan de beneficios fiscales condicionales, como una exención por dedicarse 'exclusivamente' a una actividad, deben monitorear constantemente las reformas legales y asegurarse de que sus operaciones se ajusten estrictamente a dichas condiciones. Diversificar las actividades, incluso si son una consecuencia del negocio principal (como vender prendas no redimidas), puede llevar a la pérdida del beneficio fiscal.

$477,544
en disputa
33 arts. citados
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