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2014

206 sentencias analizadas

DGII gana
68.4%
En disputa
$38,580,884
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Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$17,652,232
45.8% del total
Revocatorias
$13,831,652
35.9% del total
Modificatorias
$6,799,314
17.6% del total
Improponibles
$47,297
0.1% del total
Otros
$250,390
0.6% del total

Tendencia Mensual

Ene
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Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Renta IVA Aduana Código Tributario Otros Total Mes
Ene $372,111 $288,325 $67,639 $5,897 $326 $734,298
Feb $571,953 $644,213 $30,596 $3,127,230 - $4,373,992
Mar $1,435,481 $209,000 $181,887 $36,849 $326 $1,863,543
Abr $2,587,049 $1,575,607 $73,181 - $443 $4,236,280
May $1,132,515 - $123,110 $149,670 - $1,405,296
Jun $1,308,446 $667,094 $69,513 - $97,390 $2,142,443
Jul $7,765,063 - $767,342 - $2,300 $8,534,705
Ago $227,619 $47,297 $333,637 $794 $63,213 $672,559
Sep $2,837,163 $271,710 $67,480 $1,522 - $3,177,875
Oct $111,047 $386,455 $166,466 - - $663,967
Nov $7,405,520 $636,710 $372,784 - $19,187 $8,434,200
Dic $1,692,409 $206,502 $442,816 - - $2,341,726
Total $27,446,375 $4,932,911 $2,696,452 $3,321,962 $183,185 $38,580,884

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R1403010TM Improponible Renta 31 mar 2014

Un contribuyente interpuso un recurso de apelación ante el TAIIA contra resoluciones de la Dirección General de Tesorería que ordenaban la retención de parte de su salario para pagar el Impuesto sobre la Renta. El Tribunal declaró el recurso improponible, argumentando que, según su ley de creación, carece de competencia para conocer actos emitidos por la Dirección General de Tesorería, ya que su jurisdicción se limita a resoluciones de la DGII y la DGA.

Lección: Es fundamental verificar la competencia del órgano administrativo ante el cual se presenta un recurso. El TAIIA no es la instancia para apelar decisiones de la Dirección General de Tesorería; hacerlo resulta en la inadmisibilidad del recurso, consumiendo tiempo y arriesgando la prescripción de los plazos para acudir a la vía correcta, como la jurisdicción contencioso-administrativa.

1 arts. citados
A1207019TM Confirmatoria Aduana 28 mar 2014

Un contribuyente impugna un ajuste de la Dirección General de Aduanas por la incorrecta clasificación arancelaria de tres productos químicos, lo que generó el pago de menos impuestos (DAI e IVA) y una multa. El contribuyente alegó vicios de procedimiento (notificación tardía) y de fondo (errónea clasificación). El Tribunal desestimó el vicio de procedimiento, confirmó la clasificación para dos productos, pero revocó la decisión para el tercero debido a que la autoridad aduanera no motivó adecuadamente su resolución, fallando en explicar técnica y legalmente su criterio de clasificación.

Lección: Es crucial realizar una correcta clasificación arancelaria basada en un profundo conocimiento técnico de los productos importados, diferenciando claramente entre mezclas químicas (generalmente Cap. 38) y compuestos de constitución química definida (generalmente Cap. 29). Además, este caso demuestra que la falta de una motivación clara, precisa y suficiente por parte de la autoridad fiscal en sus resoluciones puede ser un vicio que invalide sus determinaciones, constituyendo un argumento de defensa válido para el contribuyente.

$15,197
en disputa
2 arts. citados
A1302005OA Revocatoria Aduana 28 mar 2014

El contribuyente apeló una resolución anticipada de la Dirección General de Aduanas (DGA) que clasificaba el producto 'BASE' (para bebidas isotónicas) en el inciso arancelario 3824.90.99 (productos químicos). Durante el proceso de apelación, la DGA emitió nuevas resoluciones cambiando su criterio y aceptando la clasificación 2106.90.30 (preparaciones alimenticias) propuesta por el contribuyente. El Tribunal, al constatar que la propia DGA validó la posición del apelante, revocó la resolución original por inexistencia de agravio.

Lección: Es crucial presentar pruebas técnicas y antecedentes de clasificación sólidos para sustentar una posición arancelaria. Además, si la administración cambia su criterio a favor del contribuyente durante un proceso de apelación, es fundamental presentar esas nuevas resoluciones como prueba, ya que eliminan el perjuicio y son determinantes para ganar el caso.

1 arts. citados
R1301005TM Modificatoria Renta 21 mar 2014

El contribuyente apeló una determinación de Impuesto sobre la Renta y multas por gastos objetados de sueldos a familiares, honorarios y gastos financieros, además de sanciones por incumplimientos formales. El Tribunal modificó la resolución, aceptando la deducción de sueldos y parte de los honorarios al considerar probada su necesidad y realización, pero confirmó la objeción a gastos financieros por falta de documentación idónea y las multas por registros contables e inventarios incompletos.

Lección: Para asegurar la deducibilidad de un gasto, es fundamental no solo su registro contable, sino también contar con el documento de respaldo legalmente idóneo (Factura, CCF, etc.) y pruebas adicionales que demuestren fehacientemente la necesidad del gasto para la generación de renta y la efectiva prestación del servicio, especialmente en transacciones con partes relacionadas, ya que la carga de la prueba recae sobre el contribuyente.

$20,189
en disputa
24 arts. citados
R1204017TM Revocatoria Renta 21 mar 2014

La DGII determinó una omisión de ingresos por $1.6 millones en concepto de cánones de arrendamiento, argumentando que los contratos de cesión de derechos que el contribuyente firmó no eran oponibles al Fisco. El contribuyente alegó que los derechos fueron legalmente cedidos a un banco, quien fue el que obtuvo, declaró y pagó el impuesto sobre dicha renta. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión de la DGII, validando la cesión de derechos y concluyendo que el contribuyente no obtuvo la renta, por lo que no era el sujeto pasivo del impuesto.

Lección: Una cesión de derechos personales (como el derecho a cobrar cánones de arrendamiento) que se realiza cumpliendo todas las formalidades legales, transfiere efectivamente la titularidad del ingreso al cesionario. Por lo tanto, es el cesionario quien debe declarar y pagar el Impuesto sobre la Renta correspondiente. La Administración Tributaria no puede desconocer estos actos jurídicos para atribuir la renta al cedente, especialmente si se comprueba que el impuesto fue pagado por el nuevo titular, evitando así un enriquecimiento ilícito para el Fisco por doble tributación.

$615,393
en disputa
21 arts. citados
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